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EL 3X3 SE ABRE ESPACIO EN LA ISLA 58

La primer compe del año se va a llevar a cabo en el «Play-On» ubicado en un predio dentro de la Isla 58 de Villa Regina. Este domingo a partir de las 17:30hs.

Nos tomamos enero para poder reactivar un espacio al aire libre en uno de los lugares más naturales y dados para la recreación que hay en Regina, y febrero lo arrancamos con todo. Lo que llamamos el «Play-On», es una canchita de basquet al aire libre emplazada en la Isla 58, a pocos metros del río Negro.

Activación del Pay-On en la Isla 58

El playón está ubicado dentro de un predio que queda pasando lo que sería el «Avistaje de aves», cuenta con proveeduría y es un hermoso espacio al aire libre para pasar la tarde. Reacondicionamos y limpiamos el espacio que no contaba con las líneas reglamentarias, y el aro no se encontraba en condiciones y estaba en total desuso.

Lo pusimos a punto y lo dejamos listo. Mañana promete ser una linda compe para ir a ver y una linda tarde para disfrutar en familia. Traete el mate y la reposera.

Mañana domingo a partir de las 1700hs comienza el primer 3×3 del año, la «Copa JM Estudio Jurídico» que cuenta con 6 equipos: The LeñaKingos (unificación de dos equipos que siempre participán: Leñadors y Vikingos), Doble Ipa, The Wall, Onfair, Peppers (en su 2da participación) y cierra MiGachi.

En la 4ta competencia que organiza @3x3basquetregina, el formato de disputa será de dos zonas de 3 equipos, en las cuales los 3ros jugarán ente sí para definir 5to y 6to lugar, y los primeros cruzarán con los segundos para jugar semifinales.

CÓMO LLEGAR??
Agradecemos a quienes nos auspician
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    El gobierno de Javier Milei lleva hasta las últimas instancias su pelea con el gobierno de Axel Kicillof por el cobro de impuestos provinciales en oficinas que dependen de Nación y este martes acudió a la Corte Suprema.

    La disputa es por el cobro de los Impuestos provinciales a los Automotores y de Sellos en dependencias del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, algo que se realiza desde hace más de 30 años a partir de un convenio que data de 1991.

    Con la excusa desregulatoria, el Ministerio de Justicia de la Nación comunicó en agosto de 2024 la caducidad del aquel convenio del 91. Tras eso, la Agencia de Recaudación bonaerense, Arba, sacó una resolución donde dispuso que los registros debía seguir actuando como agentes de percepción de esos impuestos.

    El gobierno libertario judicializó esa resolución al denunciar un «desbordamiento de competencias provinciales en detrimento del esquema federal».

    Un juez de primera instancia hizo lugar a la cautelar solicitada por Nación pero, en septiembre pasado, la Cámara Federal de La Plata revocó ese fallo y restituyó la potestad de la Provincia de poder cobrar esos impuestos en las ventanillas del Registro Automotor.

    El gobierno de Kicillof denunció que Milei le debe a la Provincia $12,1 billones 

    Ahora, el Ministerio de Justicia presentó un recurso de queja que tramita en la Secretaría Judicial N° 4 del Máximo Tribunal pidiendo que la Corte revoque la decisión de la Cámara del martes pasado, que declaró inadmisible el recurso extraordinario que había interpuesto en rechazo al fallo de segunda instancia.

    «No existe lugar a dudas que la convalidación de la inconstitucionalidad e ilegitimidad de la Resolución N° 26/2024, configura un supuesto de gravedad institucional que habilita la revisión por parte del máximo tribunal», señalan los apoderados del Ministerio de Justicia nacional en la presentación de este martes a la Corte a la que tuvo acceso LPO.

    En el fallo de Cámara señaló que las cuestiones de fondo deben resolverse en una sentencia definitiva y no en una cautelar, además de marcar que las oficinas del Registro Automotor funcionaron como agentes de recaudación durante 34 años sin afectar el servicio registral.

     La disputa es por el cobro de los Impuestos provinciales a los Automotores y de Sellos en dependencias del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, algo que se realiza desde hace más de 30 años a partir de un convenio que data de 1991. 

    Lo que está en juego con esta disputa es la cobrabilidad inmediata de esos tributos. Una interrupción intempestiva del cobro de esos impuestos en las oficinas donde se vienen pagando hace más de tres décadas, podría impactar directamente en la percepción de tales tributos y, por ende, de la recaudación provincial.

    En Arba habían celebrado el fallo de la Cámara al señalar que «ratifica las potestades tributarias de las provincias y, en particular, su facultad para administrar tributos directos como el de este caso». 

     

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