La Legislatura de Rio Negro aprobó en primera vuelta con 42 votos a favor y solo 1 en contra, este jueves 25 de agosto el proyecto de ley presentado por el gobierno de Arabela Carreras y acompañado por todos los bloques que conforman la legislatura provincial, para modificar la Ley N° 3.308 (Ley de Hidrocarburos provincial) que data de 1999 con el objetivo de construir un oleoducto y una terminal desde la cual exportar petróleo de Vaca Muerta.
La ley denominada como “Ley Lasalle” debido al ex legislador radical Alfredo Lasalle en su Art 1 prohibe expresamente en el Golfo San Matías y en el mar territorial rionegrino las tareas de prospección, exploración y extracción petrolífera y gasífera, la instalación de oleoductos, gasoductos u otros ductos para el transporte de hidrocarburos y sus derivados y la construcción de terminales para la carga y descarga de buques que transporten esos productos. El artículo 15 del proyecto de ley modifica el artículo 1º de la Ley Nº 3308, que impide la instalación de oleoductos o gasoductos y de terminales para carga y descarga de buques.
Es bueno aclarar que si bien se recuerda a la ley con el nombre del legislador, dicha norma surge de la movilización y accionar de los pueblos costeros hace 27 años quienes juntaron más de 12 mil firmas con la campaña “NO al oleoducto” para decirle que no en 1995 al proyecto de YPF que instaba construir un oleoducto desde Puesto Hernández provincia de Neuquén, hasta 15 km al sur de Las Grutas. La actividad turística y pesquera, históricas fuentes de trabajo genuino y perdurable, no podían ponerse en riesgo dentro de un ambiente valioso y sensible, que apenas hacía dos años había sido declarado Área Natural Protegida con el nombre de Bahía de San Antonio. La inmediata reacción de los habitantes fue contundente.
La pesca, el turismo y el desarrollo sustentable son incompatibles con el proyecto de construcción del oleoducto de YPF desde vaca muerta hasta Punta Colorada. Sin embargo la lógica del partido provincialista que gobierna Rio Negro es que las actividades siempre son compatibles. Así quedó demostrado con las habilitaciones para que YPF perfore en Allen desde el 2013 entre medio de la producción frutícola. Allen, productora de peras por excelencia, hoy es una zona de sacrificio.
Video. Luciano Cutrera
UNA SESIÓN PARA EL OLVIDO
El miembro informante sobre el proyecto de Ley en la sesión del jueves 25 de agosto, fue el legislador por JSRN (Juntos Somos Rio Negro) Sebastián Caldiero (circuito Alto Valle Oeste) quien hizo hincapié en fundamentar la modificación de la ley para “poder sentarse en la mesa de discusión” ya que con la ley existente Rio Negro se encuentra sin siquiera la posibilidad de analizar proyectos y propuestas. Que si bien como afirmó Caldiero “hay un interés nacional en todo esto”, la idea es modificar, para poder analizar y discutir, basándose en el debate como principio de todo, en función de mejorar las condiciones de vida de los rionegrinos y rionegrinas.
No debió pasar mucho tiempo para que Luis Noale, legislador por el FdT, expresara que el proyecto no se debatió, y salió en primera vuelta con mucha rapidez, aunque todos los bloques acompañaron sin chistar. Y aclaró que mucho menos se escuchó a organizaciones ambientalistas, vecinos y vecinas, o bien a quienes viven de la pesca o el turismo en el mismo Golfo de San Matías. Más allá de la contradicción bien planteada por Noale, el legislador circuital por la costa atlántica también dio su voto positivo a la modificación dando de este modo la espalda a sus representados . El único voto negativo fue del legislador Pablo Barreno del bloque del FdT por el cicuito Valle Inferior.
Y como suele pasar en política tampoco se demoró mucho en que quedaran expuestas las verdaderas intenciones políticas del proyecto que por supuesto pisaron el discurso informativo del cipoleño Caldiero, cuando otros legisladores de diversos bloques hincaron el ojo específicamente en el ducto que proyecta realizar YPF con una inversión millonaria ya anunciada. Se olvidaron del debate, y se expresaron abiertamente a favor del proyecto como si ya estuviese definido.
Las asambleas del Currú Leufe, representante de las Asambleas socio-ambientales de la provincia de Río Negro se expresaron, “la gobernadora de Río Negro, legisladores provinciales y el intendente del Municipio de San Antonio Oeste desconociendo la legislación provincial y la voluntad popular, se expresaron públicamente a favor de la exportación de gas por el Puerto San Antonio Este. Incluso el intendente Casadei decretó esta intención de interés municipal (decreto N°1847/21).”
Agregaron también que “es un paso más en la profundización del extractivismo. La ciudadanía rionegrina ya ha dado sobradas cuentas de conocimiento de sus derechos, es clara al momento de posicionarse frente a proyectos que acuñan peligro de contaminación de nuestras zonas frágiles y productivas” y suman “El modelo de desarrollo propuesto por el gobierno da continuidad a las políticas de saqueo que han sido ininterrumpidas y acordadas por todos los gobiernos, nacional y provinciales. Todo esto en connivencia con el empresariado y el poder judicial, quienes vienen trabajando para romper todas y cada una de las matrices productivas históricas de nuestra provincia y no cesan en promover proyectos que privilegian a los grandes empresarios del país, que sólo dejarán destrucción en nuestros territorios”.
Para finalizar “Estamos convencidxs que en su defensa seremos muchxs e incansables. Instamos a todos los vecinos y vecinas de nuestro territorio a construir un espacio que unifique la lucha ambiental con la social y la económica, a partir de otras formas de desarrollo”.
En el comunicado emitido por el colectivo Multisectorial Golfo San Matias–Defendamos nuestro golfo se informó que “la modificación viola principios básicos de jurisprudencia ratificados por el país y asentados en el Acuerdo Regional de Escazú, el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe”, también aportaron que “el principio de no regresión dice que la normativa ambiental no puede alterarse para vulnerar derechos ambientales ya adquiridos. También se violenta el principio de progresividad de la Ley General de Ambiente, la cual establece que se debe ir hacia una mayor protección ambiental, nunca retroceder”.
Hay tiempo hasta la segunda vuelta en la legislatura el 9 de septiembre para poder frenar la modificación de la ley 3.808. Habrá actividades durante la semana y el mismo día de la sesión frente a la legislatura provincial.
Defendamos el Golfo Azul. NO a la modificación de la ley 3.808.
En enero de 1945, mientras la Segunda Guerra Mundial entraba en su tramo final y el régimen de Edelmiro Farrell todavía no había declarado la guerra a Alemania y Japón, el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública enviaba a las escuelas argentinas una circular que recomendaba a las alumnas utilizar zapatos con tacos de no más de cuatro centímetros. Detrás de una medida aparentemente trivial había un extenso expediente médico y administrativo sobre el cuerpo femenino: anatomía, postura, maternidad, trabajo, disciplina, moral y hasta la idea de “mejoramiento de la raza”. La historia de aquellos cuatro centímetros permite asomarse a una época en la que el Estado pretendía conocer, clasificar y modelar los cuerpos juveniles en nombre de la ciencia y de la nación.
Por Guillermo Carlos Delgado Jordan para NLI
Hay documentos que, vistos desde el presente, parecen demasiado pequeños para contener una época. Una disposición sobre el largo de un taco puede parecer uno de ellos. Sin embargo, cuando se la lee completa, cuando se reconstruyen los funcionarios que participaron de su elaboración y cuando se la coloca dentro del universo intelectual de la educación física argentina de los años treinta y cuarenta, aquellos cuatro centímetros adquieren otra dimensión. El 29 de enero de 1945, la Dirección General de Educación Física remitió a los establecimientos de enseñanza para mujeres la Circular N.º 3, firmada por su director, César S. Vásquez, transcribiendo las actuaciones que habían conducido a la Resolución Ministerial N.º 1980, del 21 de diciembre de 1944. La resolución no prohibía legalmente los tacos altos para todas las mujeres: recomendaba a las escuelas que aconsejaran a sus alumnas utilizar calzado cuyo taco no excediera los cuatro centímetros, por considerarlo beneficioso “desde el punto de vista higiénico y sanitario”.
La diferencia no es menor. El Estado no dictaba una ley nacional sobre la moda femenina. Construía algo más sutil: una recomendación administrativa dirigida a las instituciones educativas, acompañada por un voluminoso expediente médico destinado a persuadir a autoridades, familias y alumnas de que determinado modo de utilizar el cuerpo era saludable y otro resultaba perjudicial. Y ese expediente había comenzado varios meses antes, el 19 de julio de 1944, cuando la Dirección General de Educación Física decidió consultar a su Servicio Médico sobre los efectos del taco alto en las estudiantes.
Un médico frente al cuerpo femenino
El encargado de responder fue el doctor Luis La Madrid, jefe del Servicio Médico de la Dirección General de Educación Física, quien elaboró su informe con la colaboración de los médicos David Orlando y Domingo Ortiz. La Madrid no era un profesional convocado ocasionalmente para resolver una cuestión de calzado. Para entonces llevaba varios años trabajando en la medicalización de la educación física y había participado de la Primera Conferencia de Profesores de Educación Física, realizada en Buenos Aires en diciembre de 1942. Allí había presentado un trabajo sobre la importancia del examen físico y había intervenido en una sección donde se discutieron precisamente las fichas, los tests, las mediciones y la clasificación corporal. Un estudio histórico de Pablo Ariel Scharagrodsky sobre la Primera Conferencia de Profesores de Educación Física de 1942 reconstruye el universo de saberes que atravesaba aquel campo y registra la presencia de conceptos como la antropometría, la biotipología, la degeneración, la clasificación entre ‘aptos’ e ‘inaptos’, los llamados paramorfismos y el examen físico-funcional.
El propio programa aprobado en aquella conferencia resulta revelador. Se sostuvo que el examen físico debía constituir una guía para orientar científicamente la práctica de las actividades físicas, que debía ser obligatorio para quienes practicaran actividad física en instituciones oficiales o particulares y que los alumnos debían agruparse para gimnasia y deportes sobre la base de “características biológicas homogéneas”. También se reclamó que el médico vigilara la evolución de los practicantes y que la ficha de educación física expresara sintéticamente su estado de salud y aptitud integral.
No se trataba, por lo tanto, simplemente de hacer que los jóvenes corrieran o hicieran gimnasia. Se estaba construyendo una ciencia estatal del cuerpo juvenil. Había que examinarlo, medirlo, clasificarlo, conocer sus defectos, determinar sus aptitudes y establecer qué ejercicios convenían a cada organismo. Una investigación dedicada específicamente a la recepción de la eugenesia y la biotipología en la educación física argentina ha señalado que esas prácticas produjeron procesos de “medición, clasificación y jerarquización” de los estudiantes, y que durante el período estudiado existieron conexiones entre esas ideas y las políticas impulsadas por César Vásquez al frente de la Dirección General de Educación Física.
Es dentro de ese mundo donde debe leerse el informe de La Madrid sobre los tacos.
El médico comienza explicando minuciosamente la anatomía del pie, la función del astrágalo, las bóvedas plantares y la distribución del peso corporal. Incluso ofrece un cálculo: sobre una carga de 80 kilogramos aplicada sobre el astrágalo, sostiene que aproximadamente 45 kilos son dirigidos hacia atrás y 35 hacia adelante. Una elevación moderada del talón, explica, puede contribuir al equilibrio, y por eso admite que un taco de uno o dos centímetros puede resultar adecuado. El problema aparecería cuando la elevación es mayor.
Según su razonamiento, el taco alto produce el denominado “equinismo”, desplaza hacia adelante la mayor parte de las fuerzas y concentra el peso sobre las cabezas de los metatarsianos. De allí se desencadenaría el aplanamiento de la bóveda plantar y una serie de compensaciones sucesivas que alcanzarían la rodilla, la pelvis y la columna. El informe habla de lordosis lumbar, cifosis dorsal, hipotonía muscular, alteraciones de la marcha, fatiga, torceduras, fracturas, artrosis y deformaciones.
La cadena llega incluso al abdomen. La Madrid sostiene que la inclinación de la pelvis puede producir una alteración que denomina “visceroptosis”, porque las vísceras abdominales quedarían sometidas a nuevas condiciones mecánicas. En el pie, mientras tanto, aparecen la hiperqueratosis, los dolores metatarso-digitales y el “hallux valgus”, el juanete.
Todo esto desemboca en una conclusión categórica: “Las alteraciones funcionales y orgánicas que se originan por el uso habitual del taco alto, obligan a considerarlo pernicioso para la salud y peligroso para la integridad física”. Pero la frase más significativa llega después: dado que los huesos y ligamentos del adolescente poseen menor solidez que los del adulto, el taco alto debía ser, para las alumnas de enseñanza media, “definitivamente proscripto”. La Madrid recomendaba punta ancha, suela mediana o gruesa y taco de entre tres y cuatro centímetros.
La cuestión médica, sin embargo, no terminaba en la medicina.
Del consultorio a la disciplina y la moral
El expediente pasó por distintas instancias de la burocracia educativa. El subsecretario de Instrucción Pública Antonio J. Benítez pidió considerar la posibilidad de establecer el límite de cuatro centímetros. La Inspección General de Enseñanza intervino después y allí aparece otro protagonista: el inspector doctor José A. Belfiore.
Belfiore no era un funcionario menor. La documentación ministerial lo muestra participando en distintas tareas de la Inspección General: integró comisiones oficiales, intervino en concursos y actuaciones sobre establecimientos educativos y tuvo funciones de inspección territorial. En 1944, además, aparece vinculado a la evaluación de materiales audiovisuales destinados a la enseñanza, incluidos contenidos de carácter sanitario. La documentación posterior confirma su continuidad como inspector, entre otros destinos, en el Colegio Nacional N.º 6.
Su intervención en el expediente resulta decisiva porque agrega una dimensión que el informe médico no había colocado en primer plano. Belfiore sostuvo que la medida no sólo podía adoptarse sino que sería “altamente beneficiosa” y agregó que, a las razones técnicas expuestas por La Madrid, correspondía sumar “las de orden disciplinario y moral”.
La frase es pequeña, pero históricamente enorme.
Belfiore comparó la recomendación sobre los zapatos con las disposiciones existentes sobre “el uso del guardapolvo, sobre peinados y pinturas”. De ese modo, el taco alto quedó incorporado a un universo mucho más amplio: el de las normas destinadas a determinar cómo debía presentarse una alumna dentro de la institución escolar.
El expediente muestra así dos lenguajes complementarios. La medicina decía qué cuerpo era saludable; la inspección educativa intervenía para establecer qué comportamiento era disciplinado y moralmente aceptable. La resolución ministerial podía entonces presentarse como una recomendación sanitaria, pero detrás de ella había también una concepción de la apariencia femenina adecuada para la escuela.
La Inspección General, de hecho, fue todavía más prudente que La Madrid. El 11 de septiembre de 1944 recomendó aprobar la iniciativa, pero sugirió que las autoridades escolares procuraran persuadir “a los padres o tutores de la conveniencia” del calzado recomendado. Finalmente, el ministro Rómulo Etcheverry Boneo convirtió aquella cadena de informes en la Resolución N.º 1980, del 21 de diciembre, que ordenó recomendar el taco de hasta cuatro centímetros y enviar una circular a los establecimientos para mujeres.
No hubo una policía de los tacos. Hubo algo mucho más característico de la administración educativa de aquel tiempo: medicina, inspección, autoridad escolar y familia articuladas para producir una determinada conducta corporal.
El cuerpo en tiempos de guerra
El contexto histórico vuelve el expediente todavía más significativo.
La Circular N.º 3 llegó a las escuelas el 29 de enero de 1945, cuando la Segunda Guerra Mundial todavía estaba en curso y la Alemania nazi aún resistía. Edelmiro Farrell ejercía la Presidencia de facto desde febrero de 1944, luego del desplazamiento de Pedro Pablo Ramírez. El gobierno argentino recién declararía el estado de guerra con Alemania y Japón el 27 de marzo de 1945, dos meses después de aquella circular. La propia Presidencia de la Nación registra el carácter de facto del gobierno de Farrell entre febrero de 1944 y junio de 1946.
No existe presunción documental de que la decisión sobre el calzado hubiera sido tomada por influencia directa de las políticas raciales alemanas entonces vigentes. La relación que puede establecerse es otra, más compleja y más interesante: la medida forma parte de un ambiente intelectual argentino en el que la medicina, la educación física, la higiene y la biotipología habían convertido al cuerpo en objeto de conocimiento, clasificación y administración estatal.
Una investigación histórica sobre el Departamento de Cultura Física de Pablo Kopelovich mostró que durante las décadas anteriores se habían incorporado y resignificado en Argentina conceptos provenientes de la eugenesia y la biotipología, produciendo prácticas de medición y clasificación de los estudiantes. Ese trabajo señala además que las políticas impulsadas por César Vásquez a nivel nacional compartieron parte de aquel universo de preocupaciones sobre el fortalecimiento físico y moral de la juventud.
En la mencionada Primera Conferencia de Profesores de Educación Física de 1942, Guillermo L. Canessa, secretario general de la misma, propuso personalmente una ponencia que reclamaba investigar el desarrollo físico y psíquico de los niños argentinos para conocer su ‘tipo medio normal’ y ‘propender al mejoramiento de la raza’. En la misma conferencia, cuya declaración de principios fue presentada por Canessa, la Educación Física era definida expresamente como de carácter ‘eugénico’.
En aquellos años, mientras el nazismo llevaba al extremo criminal las políticas de selección racial, esterilización, exclusión y exterminio, en diferentes países circulaban conceptos médicos que hablaban de normalidad, degeneración, aptitud, herencia, higiene racial, biotipos y mejoramiento de las poblaciones. La Argentina tenía una historia propia de eugenesia y biotipología anterior al nazismo y que sobrevivió a gobiernos de distintas orientaciones políticas. La dictadura de Farrell comenzó en febrero de 1944, pero la educación física argentina ya había incorporado discursos de este tipo durante las décadas anteriores. El Departamento de Cultura Física de la Universidad Nacional de La Plata, por ejemplo, funcionó entre 1929 y 1946, atravesando gobiernos radicales, conservadores, la llamada Década Infame, el golpe de 1943 y los primeros años del peronismo.
El estudio de Pablo Kopelovich sobre ese Departamento justamente muestra cómo eugenesia y biotipología fueron incorporadas a la cultura física universitaria durante un período político mucho más amplio que un solo gobierno.
Lo que sí puede observarse es una inquietante coincidencia de época: el cuerpo había dejado de ser exclusivamente un asunto privado.
El eugenismo, nacido a fines del siglo XIX a partir de las ideas del británico Francis Galton, proponía intervenir sobre la reproducción y las condiciones de vida de las poblaciones con el propósito de favorecer determinados rasgos considerados deseables y evitar aquellos juzgados como perjudiciales. En la Argentina, estas ideas comenzaron a adquirir presencia desde las primeras décadas del siglo XX y se entrelazaron con tradiciones locales como el higienismo, la medicina social, la antropometría y la biotipología, ingresando en ámbitos tan diversos como la medicina, la educación, la criminología y la educación física. No se trató de una simple importación de las doctrinas raciales del nazismo: existió un desarrollo argentino propio, anterior al ascenso de Hitler y atravesado por gobiernos de distintas orientaciones políticas, en el que conceptos como “normalidad”, “aptitud”, “degeneración”, clasificación de los cuerpos y mejoramiento de la población adquirieron legitimidad científica. En ese universo intelectual debe leerse la documentación que, pocos años después, llevaría a las autoridades educativas a intervenir incluso sobre la altura de los tacos utilizados por las alumnas.
La mujer que debía ser sana, fuerte y funcional
Hay otra pieza documental de La Madrid que resulta imprescindible para comprender el expediente. En abril de 1944, nueve meses antes de la circular sobre los tacos, el Boletín del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública publicó un artículo suyo titulado “La educación física y la mujer”. Allí aparece expresamente como jefe del Servicio Médico.
El artículo permite comprobar que su concepción del cuerpo femenino era mucho más amplia que una preocupación por los pies. La Madrid sostenía que la mujer necesitaba un “cuerpo fuerte y sano” y vinculaba esa salud tanto con su capacidad de trabajo como con su función reproductiva. La educación física aparecía así conectada con la maternidad, la fortaleza, la armonía corporal y la capacidad funcional.
El contraste con el expediente del taco resulta evidente. La Madrid podía admitir que el taco alto contribuía a aquello que la época denominaba “gracia femenina”. En el informe de 1944 reconoce expresamente que estiliza la pierna, el tobillo y el pie y que produce una cadencia particular en la marcha. Pero para él esa ventaja estética debía ceder frente a la salud. La estética verdadera, sostiene, debía encontrarse en la integridad del organismo.
La Madrid escribía desde una época en la que el cuerpo femenino era pensado simultáneamente como cuerpo individual, cuerpo productivo y cuerpo reproductivo. No es casual que la educación física apareciera como herramienta para fortalecerlo y disciplinarlo.
Y tampoco es casual que el zapato terminara en el expediente.
El taco modificaba la postura. La postura modificaba la marcha. La marcha afectaba el rendimiento. El rendimiento se relacionaba con el trabajo. La pelvis se vinculaba con la maternidad. La apariencia quedaba sometida a la disciplina escolar. Y la disciplina, finalmente, era presentada como parte de la formación de una juventud sana y moral.
La cadena es reveladora. Un simple zapato podía convertirse, dentro de aquella lógica, en una cuestión de salud pública y formación nacional.
La Dirección General de Educación Física había sido creada en 1938 y permaneció bajo la conducción de César Vásquez hasta 1947. Investigaciones recientes caracterizan su gestión por un fuerte conservadurismo y por la utilización de la educación física como instrumento de formación moral, ética y nacionalista. Incluso las grandes fiestas de educación física organizadas durante aquellos años fueron concebidas como rituales patrióticos donde el cuerpo, la disciplina y los valores nacionales aparecían estrechamente asociados. Por eso, aquellos cuatro centímetros no fueron una extravagancia burocrática aislada. Fueron una pequeña manifestación de una política mucho más amplia: la voluntad de construir un determinado tipo de cuerpo y, a través de él, un determinado tipo de ciudadano y de ciudadana.
La propia circular termina con una instrucción que hoy puede resultar casi pintoresca: César S. Vásquez solicita que se dé “amplia difusión” a la medida y, “en lo posible”, que se coloque en la cartelera del establecimiento.
El taco terminaba así expuesto públicamente.
Pero lo verdaderamente expuesto era otra cosa: la concepción del Estado sobre el cuerpo de sus jóvenes.
En enero de 1945, cuando las tropas soviéticas avanzaban sobre Europa oriental, cuando el Tercer Reich se acercaba a su derrumbe y cuando la Argentina todavía no había declarado formalmente la guerra a Alemania, una oficina del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública dedicaba páginas y páginas a explicar cómo debía apoyarse el pie de una adolescente, cómo debía caminar, qué postura debía adoptar, qué calzado debía llevar y qué apariencia era compatible con la disciplina escolar.
No hace falta convertir ese expediente en algo que no fue para comprender su importancia. No era una ley general contra los tacos. No era una simple anécdota de moda. Era un documento argentino de una época en la que la medicina había adquirido autoridad para definir el cuerpo normal, la escuela para disciplinarlo y el Estado para intervenir sobre él.
Y justamente por eso, cuatro centímetros alcanzan para abrir una ventana sobre una época entera.
Saludos, mi nombre es Vic Moss y los saludo nuevamente en este fabuloso viaje por Sud América, recorriendo este paisaje de colores y vida. Esta vez los saludos desde Santa Catarina, estado del sur de Brasil, conociendo sus sierras, encantadas, formadas de cañones de piedra, de formas variadas, de águilas, cóndores y guardianes de la…
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