La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 4770 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 9 de julio inclusive.
CIRCULACIÓN
La restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente.
ACTIVIDADES SUSPENDIDAS
– Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas.
– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.
– La actividad de discotecas.
HABILITACIONES ESPECIALES
– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.
– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.
– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.
– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.
– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo, sin público.
– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, sin asistencia de público.
– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.
– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.
– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.
– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.
– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.
– La actividad de casinos y bingos, durante el horario de circulación permitido, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.
Es de público conocimiento que la chimenea Fioravanti, uno de los símbolos históricos de la colonia ítalo-argentina que fundó nuestra ciudad fue derribada. Desde 1932 se mantuvo erguida en un punto neural de la ciudad. Se construyó solo ocho años después del arribo de los primeros inmigrantes que llegaron a la región. Su esencia era,…
Los pozos de fracking se instalan en medio de las chacras y pegado a zonas urbanas. Los vecinos que conviven con esta actividad se quejan de: el ruido las 24 hs, vibraciones que rompen sus casas, problemas de salud, agua contaminada, gases en el ambiente, infertilidad del suelo. También cuentan de enfermedades que empezaron después de la llegada de las torres, como enfermedades en la piel, en el sistema digestivo y respiratorio.
Una nueva #reseñaliteraria del Profe Adrián Merino, en esta ocasión la novela corta de Philippe Claudel «La nieta del señor Linh». La nieta del señor Linh es una novela corta del escritor francés Philippe Claudel. Este texto posee las características de los libros que se leen de un tirón: capítulos cortos y la dosis justa…
En una carta abierta difundida este miércoles, Cristina Fernández de Kirchner afirmó que la inhabilitación para ejercer cargos públicos constituye la verdadera pena que enfrenta y advirtió que el fallo judicial que la condenó tiene consecuencias que exceden su situación personal. La exmandataria volvió a plantear que existe una disputa política detrás de su condena y llevó el conflicto al terreno de los derechos democráticos.
Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI
La carta de Cristina y la denuncia de una condena que trasciende la prisión
Cristina Fernández de Kirchner volvió a instalar en el centro de la discusión política el concepto de proscripción política. En una carta abierta publicada este miércoles, la expresidenta sostuvo que la consecuencia más profunda de la condena judicial en su contra no es la restricción de su libertad ambulatoria, sino la imposibilidad permanente de competir electoralmente y ejercer cargos públicos, una sanción que definió como una “pena principal” y que, según su planteo, afecta el derecho colectivo de millones de ciudadanos a elegir a sus representantes.
El planteo de Cristina se inscribe en una discusión que atraviesa a la política argentina desde la confirmación de la condena en la causa Vialidad. La Corte Suprema dejó firme la sentencia que estableció una pena de seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, una resolución que desde el peronismo fue interpretada como un mecanismo de exclusión política contra la principal dirigente opositora al gobierno de Javier Milei.
En su escrito, la exmandataria apuntó al funcionamiento del sistema judicial y sostuvo que una democracia no puede reducirse únicamente al acto electoral, sino que requiere instituciones capaces de garantizar la participación política y el respeto de los derechos fundamentales. La crítica apunta así a una cuestión más amplia: qué ocurre cuando una decisión judicial tiene efectos directos sobre la competencia política y sobre la representación de un sector social determinado.
Una disputa que excede el caso Vialidad
El conflicto judicial alrededor de Cristina Kirchner se convirtió en uno de los principales ejes de la disputa política argentina. Para sus seguidores, la condena representa una forma moderna de persecución política mediante herramientas judiciales; para sus críticos, se trata de una consecuencia institucional derivada de una causa penal por corrupción que atravesó todas las instancias judiciales.
La causa Vialidad, que investigó irregularidades en la adjudicación de obra pública en Santa Cruz, terminó con una condena que no sólo afectó a la expresidenta sino que modificó el escenario político nacional al impedirle presentarse a elecciones. La inhabilitación perpetua se convirtió así en el punto central del debate, incluso por encima de la pena económica o de la modalidad de cumplimiento de la condena.
Desde el kirchnerismo sostienen que la exclusión electoral de Cristina tiene un impacto institucional porque se trata de una dirigente que conserva un peso político significativo dentro del peronismo y que, aun fuera de un cargo formal, continúa funcionando como una referencia para una parte importante del electorado. La discusión ya no pasa solamente por la culpabilidad o inocencia en una causa judicial, sino por los límites entre la Justicia penal y la competencia democrática.
El escenario internacional y el reclamo por las garantías judiciales
La carta también volvió a colocar la mirada sobre los organismos internacionales de derechos humanos. Cristina Fernández de Kirchner sostiene que su situación debe ser analizada bajo el marco de las garantías previstas en tratados internacionales, argumentando que el derecho a elegir y ser elegido forma parte de los derechos políticos fundamentales.
La estrategia jurídica y política de la exmandataria apunta a transformar la discusión desde una cuestión estrictamente penal hacia un debate sobre la calidad democrática. La tesis que plantea es que una condena judicial puede tener consecuencias que exceden a la persona involucrada cuando implica impedir que una dirigente pueda competir por el voto popular.
Desde sectores opositores al kirchnerismo rechazan esa interpretación y sostienen que no existe una proscripción sino una consecuencia legal derivada de una sentencia firme. Allí se encuentra uno de los grandes puntos de tensión del debate argentino actual: si una condena judicial que impide ejercer cargos públicos debe ser considerada una aplicación legítima de la ley o si, por sus efectos políticos, constituye una limitación excepcional al principio democrático de representación.
La pelea por el futuro político del peronismo
Más allá del expediente judicial, la situación de Cristina Kirchner impacta directamente sobre la reorganización del peronismo. La imposibilidad de competir electoralmente modificó los equilibrios internos del espacio y abrió una discusión sobre liderazgo, renovación y estrategia frente al gobierno de Javier Milei.
La exmandataria busca mantener vigente la idea de que su exclusión no es solamente un problema individual, sino una disputa por el rumbo político del país. En esa lectura, la condena judicial forma parte de una batalla más amplia por definir quiénes pueden participar plenamente del sistema democrático.
La discusión sobre Cristina Kirchner, entonces, continúa ubicada en una zona donde se cruzan justicia, política y democracia. Mientras sus adversarios sostienen que las instituciones actuaron dentro de sus atribuciones, sus seguidores denuncian que una decisión judicial terminó produciendo un efecto político irreversible: sacar de la competencia electoral a una dirigente que, durante dos décadas, ocupó un lugar central en la vida pública argentina.
Después de 30 años terminó la concesión privada de las represas hidroeléctricas de Tucumán. Milei abrió una transición y crecen las incógnitas sobre su futuro.
Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI
Treinta años después de haber sido entregadas en concesión durante la ola privatizadora del menemismo, las represas hidroeléctricas de Tucumán llegaron al final del contrato que las mantenía bajo administración privada. La decisión del Gobierno de Javier Milei de establecer un período de transición, en lugar de renovar automáticamente la concesión o anunciar una nueva licitación, abre un escenario de incertidumbre sobre el destino de un conjunto de activos estratégicos para la generación eléctrica y para el manejo del recurso hídrico de la provincia.
El final de una concesión nacida al calor del modelo privatizador de los años 90
La resolución de la Secretaría de Energía que puso en marcha la transición de las centrales El Cadillal, Escaba y Pueblo Viejo marca un nuevo capítulo en la larga historia de las privatizaciones argentinas, un proceso que comenzó a principios de la década del noventa y que transformó profundamente la relación entre el Estado y los servicios considerados estratégicos.
Durante el gobierno de Carlos Menem, y luego de la sanción de la Ley de Reforma del Estado en 1989, la Argentina ingresó en una etapa de transferencia al sector privado de empresas y activos que durante décadas habían sido administrados por organismos estatales. Bajo la promesa de mejorar la eficiencia, atraer inversiones y reducir la participación estatal en la economía, el Gobierno nacional avanzó sobre sectores como telecomunicaciones, transporte, energía y servicios públicos.
En ese contexto, la generación hidroeléctrica también fue alcanzada por el proceso privatizador. Muchas de las obras construidas durante décadas con financiamiento público fueron entregadas bajo esquemas de concesión a empresas privadas, que pasaron a administrar la explotación comercial de centrales que seguían teniendo una importancia estratégica para el sistema energético nacional.
Así nació Hidroeléctrica Tucumán S.A., la empresa que recibió la concesión de los complejos hidroeléctricos El Cadillal, Escaba y Pueblo Viejo, tres instalaciones fundamentales para la provincia. El contrato firmado en 1996 estableció un plazo de explotación privada de 30 años, período que comenzó formalmente el 30 de julio de ese año y llegó a su vencimiento en julio de 2026.
La fecha de finalización no fue una sorpresa ni una decisión política tomada de manera repentina: estaba contemplada desde el inicio del contrato. Sin embargo, su llegada obliga ahora al Estado a definir qué hacer con un patrimonio energético que vuelve a quedar bajo su órbita después de tres décadas.
Qué decidió el Gobierno de Milei y por qué no implica una estatización
La Resolución 168/2026 de la Secretaría de Energía publicada hoy en el Boletín Oficial, no dispuso una estatización de las represas ni anunció la creación de una nueva empresa pública para administrarlas. Lo que hizo fue activar el mecanismo previsto en el contrato de concesión para garantizar la continuidad operativa durante una etapa intermedia, evitando que el vencimiento del vínculo privado genere un vacío de gestión sobre instalaciones que requieren supervisión permanente.
El Gobierno estableció un período de transición hasta el 15 de diciembre de 2026, durante el cual Hidroeléctrica Tucumán S.A. continuará operando las centrales bajo un régimen especial, mientras la autoridad energética nacional supervisará el funcionamiento de los complejos.
Para esa tarea fue designada la Subsecretaría de Energía Eléctrica como veedor estatal, con la responsabilidad de controlar la operación, verificar el cumplimiento de las obligaciones técnicas y garantizar que las condiciones de seguridad de las represas permanezcan intactas. Además, se invitó a la Provincia de Tucumán a participar mediante la designación de un representante.
La medida responde a una cuestión central: una central hidroeléctrica no puede simplemente cambiar de manos de un día para otro. Se trata de infraestructura compleja, vinculada no sólo a la generación de electricidad sino también al manejo del agua, la seguridad de las poblaciones ubicadas aguas abajo y la planificación energética de largo plazo.
Por eso, aunque la concesión terminó formalmente, la operación continúa bajo un esquema transitorio mientras el Gobierno define el próximo paso.
Los bienes vuelven al Estado después de 30 años
Uno de los aspectos más relevantes del proceso es que el vencimiento de la concesión implica el retorno al Estado de los bienes afectados al servicio, tal como estaba establecido en el contrato original firmado durante la década del noventa.
No se trata de una expropiación ni de una compra. La lógica contractual establecía que, al finalizar el período de explotación privada, las instalaciones, equipamientos y activos vinculados al funcionamiento de las centrales debían quedar nuevamente bajo control estatal.
Ese punto resulta significativo porque muestra una diferencia entre el discurso político que acompañó las privatizaciones de los años 90 y la realidad jurídica de muchos de esos contratos: las concesiones privadas no implicaban una transferencia definitiva de la propiedad de los recursos estratégicos, sino un derecho temporal de explotación.
Ahora, tres décadas después, el Estado vuelve a estar frente a la responsabilidad de decidir cómo administrar esos activos.
La paradoja de un Gobierno que busca privatizar frente al vencimiento de una privatización
El caso tucumano presenta además una particular contradicción política para la administración de Javier Milei.
Desde su llegada al poder, el Gobierno libertario impulsó una agenda basada en la reducción del Estado, la apertura económica y la privatización de empresas públicas consideradas ineficientes. Sin embargo, en este caso específico, una concesión privada heredada de la década menemista llegó a su fin y obligó al Estado a asumir nuevamente un rol de supervisión directa.
La administración nacional tenía distintas alternativas frente al vencimiento: extender la concesión, avanzar rápidamente hacia una nueva licitación o establecer un esquema transitorio. Finalmente optó por esta última opción, dejando abierta la definición sobre el futuro de las centrales.
La resolución no determina si habrá una nueva privatización, si se buscará un esquema mixto con participación estatal y privada o si el Estado mantendrá algún tipo de control directo sobre las represas. Esa indefinición será uno de los puntos centrales del debate energético en los próximos meses.
Un recurso estratégico que vuelve al centro de la discusión
Más allá de la discusión contractual, las represas tucumanas representan un activo estratégico que excede la generación eléctrica. Los complejos de El Cadillal, Escaba y Pueblo Viejo cumplen funciones vinculadas al almacenamiento y regulación del agua, al desarrollo productivo regional y a la infraestructura energética de la provincia.
Por eso, la discusión sobre su futuro no es solamente empresarial: implica definir qué papel tendrá el Estado en la administración de recursos considerados esenciales y cuál será la relación entre la inversión privada y la planificación pública en áreas sensibles.
La resolución publicada por el Gobierno marca el cierre formal de una etapa iniciada durante el menemismo, cuando una parte importante del patrimonio energético argentino pasó a manos privadas mediante contratos de concesión de largo plazo. Ahora comienza una nueva fase, todavía abierta, en la que deberá definirse si el final de aquella privatización será simplemente el comienzo de otra concesión o si representará un cambio más profundo en la forma de administrar la energía hidroeléctrica tucumana.
La Unidad Procesal de Familia Nº 7 de Viedma, a través del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos de Río Negro, impulsa una convocatoria pública a personas de todo el país interesadas en conformar una familia adoptiva con dos hermanas de 13 y 9 años de edad. Si bien en el Registro…
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