covid-19:-medidas-vigentes-en-la-ciudad-hasta-el-9-de-julio

COVID-19: medidas vigentes en la ciudad hasta el 9 de julio

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 4770 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 9 de julio inclusive.

CIRCULACIÓN

La restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

– Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas.

– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– La actividad de discotecas.

HABILITACIONES ESPECIALES

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo, sin público.

– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, sin asistencia de público.

– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.

– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.

– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.

– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

– La actividad de casinos y bingos, durante el horario de circulación permitido, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.

Difunde esta nota

Publicaciones Similares

  • |

    Milei reglamentó por decreto la ley de emergencia en discapacidad tras la presión judicial

     

    Después de meses de dilaciones, excusas presupuestarias y reclamos de organizaciones, el Gobierno finalmente reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. Lo hizo mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial y con anexos clave, pero no por voluntad política: fue empujado por la Justicia.

    Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI

    El Decreto publicado este martes reglamenta por fin la Ley de Emergencia en Discapacidad, una norma que había sido sancionada por el Congreso y ratificada tras el rechazo al veto presidencial, pero que permanecía virtualmente congelada por decisión del Ejecutivo. La reglamentación llega tarde y bajo presión, luego de una orden judicial que obligó al Gobierno a cumplir con la ley vigente.

    Una ley vigente que el Gobierno se negaba a aplicar

    La ley de emergencia en discapacidad se encuentra plenamente vigente desde el año pasado. Sin embargo, el Gobierno había optado por no reglamentarla, argumentando supuestas dificultades fiscales y administrativas. Esa omisión tuvo consecuencias concretas: prestaciones demoradas, pensiones paralizadas y miles de personas con discapacidad sin respuestas del Estado.

    La falta de reglamentación derivó en acciones judiciales impulsadas por organizaciones y familias, hasta que un juzgado federal ordenó al Ejecutivo reglamentar la ley en un plazo perentorio. Recién entonces el Gobierno avanzó con el decreto.

    Qué establece el decreto reglamentario

    El decreto reglamenta la ley mediante dos anexos centrales que definen la estructura operativa del sistema. Entre los puntos más relevantes, se dispone:

    • La puesta en marcha del régimen de emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional.
    • La reorganización del sistema de pensiones no contributivas por discapacidad, bajo la denominación de pensiones para la protección social.
    • La intervención de la Agencia Nacional de Discapacidad, que queda a cargo de la aplicación, fiscalización y dictado de normas complementarias.

    Además, se instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad, con participación de las provincias, para coordinar criterios y políticas comunes.

    Auditorías y controles: el eje del enfoque oficial

    Uno de los aspectos centrales del decreto es la insistencia en auditorías, controles y evaluaciones socioeconómicas. El texto establece que se deberán implementar mecanismos periódicos de revisión sobre las prestaciones otorgadas.

    Si bien el control estatal es una obligación, organizaciones del sector advierten que el énfasis casi exclusivo en auditorías genera preocupación, especialmente en un contexto donde ya se denunciaron recortes encubiertos, demoras administrativas y obstáculos para acceder a derechos adquiridos.

    Reglamentación tardía y sin debate presupuestario

    El decreto reglamenta la ley, pero no resuelve el problema de fondo: el financiamiento. El Gobierno sigue sin detallar cómo se garantizarán los recursos necesarios para sostener las prestaciones en un contexto de ajuste generalizado.

    La emergencia en discapacidad implica mayor presencia del Estado, algo que choca con la lógica de recorte que impulsa Milei desde el inicio de su gestión. Por eso, la reglamentación aparece más como una respuesta obligada que como una decisión política genuina.

    Un avance formal que no despeja las dudas

    La reglamentación representa un paso necesario para que la ley pueda empezar a aplicarse. Sin embargo, el verdadero desafío será su implementación real, sin recortes encubiertos ni trabas administrativas que vacíen de contenido la norma.

    Después de meses de incumplimiento, el Gobierno reglamentó la ley porque no le quedó otra. Ahora, la atención está puesta en si garantizará efectivamente los derechos de las personas con discapacidad o si la emergencia quedará, una vez más, solo en el papel.

     

    Difunde esta nota
  • Municipio y Provincia trabajarán en políticas públicas con perspectiva de género

    El Intendente Marcelo Orazi y la responsable del Área Mujer y Diversidad Fabiola Parra participaron esta mañana de la presentación del programa provincial ‘Consolidarnos’ que busca fortalecer las áreas de género y diversidad municipales, a través de capacitación, asistencia técnica y financiamiento. El acto fue encabezado por la Gobernadora Arabela Carreras, acompañada por el Ministro…

    Difunde esta nota
  • |

    RIO NEGRO: MUJERES AL TOP

    En las elecciones de junio los rionegrinos elegiremos gobernador, vicegobernador y 46 legisladores provinciales. Nuestra provincia es pionera en materia legislativa de igualdad de género desde 2002 cuando votó la Ley de Paridad, algo que se evidencia en la conformación de la cámara actual con un 45% de mujeres (21). La conformación de listas intercaladas es una…

    Difunde esta nota
  • |

    PALABRAS Y PODER

    En realidad, todo tiene un poder. Todo esta compuesto por átomos y moléculas, y el poder de ellos es abismal. Por eso existe la energía atómica. Incluso las ondas tienen poder, se manifiestan y logran alterar su medio. Las palabras son ondas sonoras que se emanan, y logran alterar, si no está protegido el ambiente,…

    Difunde esta nota
  • CLÍTORIS Y 8M

    No creo en la violencia de género, creo que el género mismo es la violencia, que las normas de masculinidad y feminidad, tal y como las conocemos, producen violencia Paul B. Preciado El pasaje del escrúpulo al placer. Un placer misterioso que se encuentra antes del pensamiento. La sexualidad femenina ha sido tapada, y censurada…

    Difunde esta nota

Deja una respuesta