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COVID-19: medidas vigentes en la ciudad hasta el 9 de julio

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 4770 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 9 de julio inclusive.

CIRCULACIÓN

La restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

– Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas.

– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– La actividad de discotecas.

HABILITACIONES ESPECIALES

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo, sin público.

– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, sin asistencia de público.

– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.

– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.

– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.

– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

– La actividad de casinos y bingos, durante el horario de circulación permitido, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.

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  • La Corte de Brasil le prohibió a Milei visitar a Bolsonaro en su prisión domiciliaria

     

     El juez del Supremo Tribunal Federal de Brasil, Alexandre de Moraes, rechazó el pedido de Milei para visitar a su amigo Jair Bolsonaro durante el viaje que el presidente argentino tenía previsto realizar la próxima semana.

    La autorización había sido solicitada por la defensa del ex mandatario brasileño para el sábado 25 de julio, señalaron fuentes de Cancillería brasileña. La comitiva argentina estaría integrada además por el ministro de Relaciones Exteriores, Pablo Quirno y la hermana presidencial Karina Milei.

    Sin embargo, Moraes rechazó el planteo al recordar que Bolsonaro tiene suspendidas todas las visitas por un plazo de 30 días, con excepción de médicos, fisioterapeutas y abogados. «Salvo las visitas permanentes médicas, fisioterapéuticas y de los abogados, las demás visitas permanecen suspendidas por el plazo de 30 días», argumentó el magistrado.

    Bolsonaro impulsa la candidatura de su hijo Flavio

    La decisión llegó 24 horas después de que el juez endureciera las restricciones impuestas al ex presidente por considerar que incumplió las medidas cautelares que le prohíben utilizar las redes sociales, incluso a través de terceros.

    Según Moraes, Bolsonaro violó esa prohibición al escribir una carta de respaldo a la precandidatura presidencial de su hijo quien luego difundió el mensaje en un video publicado en internet. Para el magistrado, el ex mandatario utilizó las redes sociales de un tercero para comunicarse con sus seguidores.  

     Bolsonaro violó esa prohibición al escribir una carta de respaldo a la precandidatura presidencial de su hijo quien luego difundió el mensaje en un video publicado en internet. 

    Como consecuencia de ese episodio, además de suspender las visitas generales por un mes, el juez también prohibió durante 90 días las visitas de Flávio Bolsonaro a su padre.

    Por su parte, los abogados del ex presidente sostuvieron que la visita de Milei debía autorizarse porque las razones médicas que habían motivado originalmente las limitaciones de visitas tenían un carácter transitorio pero el planteo fue rechazado.

    Bolsonaro cumple una condena de 27 años y tres meses de prisión por el intento de golpe de Estado y otros delitos vinculados al ataque contra las instituciones democráticas. Aunque permanece bajo prisión domiciliaria, Moraes mantuvo las medidas cautelares, entre ellas la prohibición de utilizar redes sociales.

     

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