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COVID-19: medidas vigentes en la ciudad hasta el 9 de julio

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 4770 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 9 de julio inclusive.

CIRCULACIÓN

La restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

– Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas.

– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– La actividad de discotecas.

HABILITACIONES ESPECIALES

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo, sin público.

– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, sin asistencia de público.

– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.

– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.

– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.

– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

– La actividad de casinos y bingos, durante el horario de circulación permitido, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.

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    Ahora también Milei le pone precio a los estudios para trasplantes: el Gobierno oficializó un arancelamiento en el INCUCAI

     

    Una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial aprobó un cuadro tarifario para los estudios que realiza el Laboratorio Nacional de Inmunogenética del INCUCAI. Entre las prestaciones alcanzadas figuran análisis indispensables para pacientes en lista de espera de trasplantes de órganos y de médula ósea, con valores que llegan hasta los 979 mil pesos.

    Por Roque Pérez para NLI

    El Gobierno nacional profundizó este lunes su política de arancelamiento de prestaciones estatales con la publicación de una resolución del INCUCAI que establece, por primera vez, un nomenclador de costos para los estudios realizados por el Laboratorio Nacional de Inmunogenética. La medida quedó oficializada mediante la Resolución 146/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, y fija valores para una amplia gama de análisis indispensables en los procesos de donación y trasplante de órganos y de células progenitoras hematopoyéticas.

    Aunque la resolución no modifica el régimen legal de acceso a los trasplantes ni dispone que los pacientes deban pagar directamente estos montos, sí introduce formalmente un sistema de aranceles para prestaciones que hasta ahora eran absorbidas por el Estado nacional, trasladando el costo a los financiadores o a quienes deban afrontar esos estudios cuando no exista cobertura.

    Estudios imprescindibles que ahora tienen un precio

    El nuevo cuadro tarifario alcanza a algunos de los análisis más sensibles dentro del sistema de trasplantes. Entre ellos se encuentra la inscripción de un paciente en lista de espera para un trasplante de órgano sólido, cuyo costo fue fijado en 514.000 pesos. Ese procedimiento incluye la tipificación genética HLA y los estudios inmunológicos necesarios para determinar la compatibilidad del futuro receptor.

    También se establecieron valores para el denominado cross match, indispensable para verificar la compatibilidad entre donante y receptor antes de un trasplante, con un costo de 248.000 pesos, mientras que la tipificación HLA para donantes de órganos sólidos costará 251.000 pesos.

    Uno de los estudios de mayor complejidad, destinado a pacientes candidatos a trasplantes de células progenitoras hematopoyéticas —como los trasplantes de médula ósea—, tendrá un valor de 979.000 pesos, constituyéndose en la prestación más costosa del nomenclador aprobado.

    La resolución también fija aranceles para determinaciones de anticuerpos anti-HLA, estudios de quimerismo, cuantificación de células CD34+, detección de ADN libre circulante y otras prácticas altamente especializadas utilizadas para el seguimiento clínico de pacientes trasplantados.

    Un cambio que vuelve a poner el foco sobre el financiamiento sanitario

    Desde el punto de vista administrativo, el INCUCAI argumenta que resulta necesario contar con un esquema actualizado de recuperación de costos para las prestaciones brindadas por su laboratorio nacional de referencia.

    Sin embargo, la decisión vuelve a instalar el debate sobre el progresivo retiro del financiamiento estatal en áreas estratégicas de la salud pública, especialmente en procedimientos donde el tiempo, la disponibilidad de recursos y la realización de estudios especializados resultan determinantes para salvar vidas.

    Los análisis comprendidos en el nomenclador no constituyen estudios accesorios: son requisitos indispensables para determinar compatibilidades inmunológicas, ingresar a listas de espera, seleccionar donantes y controlar la evolución posterior de los trasplantes. Sin ellos, el sistema de procuración y trasplante simplemente no puede funcionar.

    En un contexto marcado por los recortes presupuestarios sobre organismos científicos, hospitales nacionales y programas sanitarios, la incorporación de estos aranceles aparece como un nuevo paso en la lógica de trasladar costos que históricamente eran absorbidos por el Estado, aun cuando se trate de prestaciones vinculadas con tratamientos de altísima complejidad y, muchas veces, de carácter vital para los pacientes.

     

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