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COVID-19: medidas vigentes en la ciudad hasta el 9 de julio

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 4770 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso extender las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 9 de julio inclusive.

CIRCULACIÓN

La restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

– Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de DIEZ (10) personas.

– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– La actividad de discotecas.

HABILITACIONES ESPECIALES

– Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24 horas, con un máximo del 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

– La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo, sin público.

– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, sin asistencia de público.

– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse sin público asistente, evitando toda aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. No se permite la apertura de bufets, cantinas u otros espacios similares.

– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.

– La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 50% de su capacidad.

– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

– La actividad de casinos y bingos, durante el horario de circulación permitido, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.

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    A pesar de la foto donde simularon buena onda días, la hermana presidencial está furiosa con Patricia. Y por eso decidió dejarla afuera de la inauguración.

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  • Un informe de las navieras destroza la desregulación de Sturzenegger: «Afecta la industria, la recaudación y el empleo»

     

    Las empresas navieras difundieron un informe en el que rechazan la intención de desregulación del gobierno en el cabotaje a través de las políticas que llevan a cabo el ministro Federico Sturzenegger.  

    De esta manera, el documento titulado «Cabotaje Marítimo y Fluvial en Argentina-Análisis de Desregulación» sostiene que una eventual apertura del transporte marítimo y fluvial de cabotaje a operadores extranjeros podría generar impactos significativos sobre la recaudación fiscal, el empleo, la industria naval y la capacidad estratégica del Estado argentino. 

    El documento recuerda que el régimen vigente, sustentado en la Ley de Navegación y en el Decreto-Ley 19.492/72, establece la reserva del cabotaje para buques de bandera argentina, un esquema que los autores comparan con la denominada Jones Act de Estados Unidos. 

    Según el análisis, este sistema responde no sólo a criterios económicos sino también a razones vinculadas con la seguridad nacional y el desarrollo industrial. Uno de los principales argumentos del informe es que la incorporación de operadores extranjeros bajo banderas de conveniencia podría reducir significativamente la recaudación tributaria.

    Los autores sostienen que las empresas nacionales tributan impuestos, contribuciones patronales y diversas tasas vinculadas a la actividad marítima, mientras que compañías extranjeras podrían beneficiarse de regímenes de no residencia fiscal o convenios internacionales que disminuyan su carga impositiva.

    Sturzenegger eliminó los prácticos de los buques para beneficiar a las cerealeras extranjeras y desató una guerra con la Armada

    El estudio estima que la diferencia tributaria podría superar el 40% de los costos operativos totales. El documento también advierte sobre posibles consecuencias laborales. Según el análisis, la apertura del cabotaje permitiría el ingreso de embarcaciones con tripulaciones extranjeras, lo que podría desplazar a trabajadores argentinos de la marina mercante. 

    El documento titulado «Cabotaje Marítimo y Fluvial en Argentina-Análisis de Desregulación» sostiene que una eventual apertura del transporte marítimo y fluvial de cabotaje a operadores extranjeros podría generar impactos significativos sobre la recaudación fiscal, el empleo, la industria naval y la capacidad estratégica del Estado argentino.

    Entre los efectos señalados figuran la pérdida de empleo formal, una reducción de aportes previsionales y un debilitamiento de los sistemas de formación y renovación de personal marítimo. Además, sostiene que cada empleo directo en el sector genera entre tres y cinco puestos indirectos en actividades vinculadas, como logística portuaria, talleres navales, seguros y servicios especializados, por lo que el impacto se extendería a numerosas economías regionales. 

    Carlos Presti.

    El informe afirma que las compañías argentinas enfrentan costos laborales, financieros y regulatorios superiores a los de operadores internacionales. En ese contexto, una competencia abierta podría derivar en la pérdida de mercado, dificultades para renovar flotas y, eventualmente, en la desaparición de armadores nacionales, reproduciendo fenómenos observados durante la década de 1990. 

    El estudio estima que la diferencia tributaria podría superar el 40% de los costos operativos totales. El documento también advierte sobre posibles consecuencias laborales. Según el análisis, la apertura del cabotaje permitiría el ingreso de embarcaciones con tripulaciones extranjeras, lo que podría desplazar a trabajadores argentinos de la marina mercante.

    Otro de los ejes centrales del trabajo es la relevancia estratégica del Atlántico Sur. El documento destaca la posición argentina respecto del estrecho de Magallanes y el pasaje de Drake, considerados corredores alternativos ante eventuales interrupciones de los canales de Panamá o Suez. Desde esta perspectiva, la preservación de una marina mercante nacional es presentada como un componente de soberanía y presencia estatal en la región. 

    Los autores también plantean que una mayor presencia de operadores extranjeros podría incrementar la dependencia logística del país y reducir la capacidad de control sobre rutas, puertos e infraestructura estratégica. Asimismo, vinculan esta discusión con la cuestión de las Islas Malvinas y la proyección argentina en el Atlántico Sur. Industria naval y seguridad El estudio sostiene que una reducción de la flota nacional impactaría directamente sobre los astilleros argentinos, las escuelas de formación marítima y la cadena de proveedores vinculada al sector. 

    También advierte sobre posibles desafíos para los controles de seguridad, ambientales y aduaneros ante un aumento de embarcaciones bajo múltiples pabellones extranjeros. 

    Fuentes militares explicaron a LPO que «ka Cámara Naviera Argentina y otros armadores han cambiado radicalmente su postura respecto a un nuevo decreto/ley, que ahora es opuesto al decreto 340 que ayudaron a redactar». 

    Esta fuente detalla que «el cambio se debe a la advertencia de que la empresa china Cosco planea posicionar buques con bandera china de forma permanente en Argentina para operar en cabotaje, utilizando tripulaciones chinas y tarifas de dumping.
    Inicialmente, buscaban evitar el desguace de la flota argentina y el uso de banderas de conveniencia, pero el nuevo escenario con Cosco los lleva a preferir negociar con sindicatos argentinos». 

    «La preocupación es que, si bien se busca sacar a los chinos de las 200 millas, la nueva política podría permitirles entrar en el cabotaje portuario.
    Varias organizaciones marítimas intentarán reunirse con Lamela para explicar que las políticas de Sturzenegger van en contra de la política hemisférica», remarca. 

    Furia de los empresarios con Sturzenegger por el decreto que elimina el practicaje en los buques

    Entre las propuestas finales, el informe recomienda mantener la reserva de cabotaje para buques de bandera argentina, revisar los mecanismos de habilitación de embarcaciones extranjeras, promover programas de financiamiento para la renovación de flota nacional y fortalecer los controles de la Prefectura Naval Argentina. 

    Según las conclusiones del trabajo, una desregulación sin salvaguardas podría provocar pérdidas fiscales, destrucción de empleo calificado, debilitamiento de la industria naval y una menor capacidad estratégica del país en el Atlántico Sur.

     

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