convocatoria-publica-para-cubrir-el-cargo-de-director-del-coplade

Convocatoria pública para cubrir el cargo de Director del COPLADE

El Concejo Deliberante de Villa Regina aprobó el llamado a convocatoria pública para cubrir el cargo de Director del Consejo de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPLADE).

Los interesados podrán inscribirse a partir de este lunes 19 de abril y hasta el viernes 21 de mayo de 2021 y para ello deberán completar el formulario de inscripción que podrán descargar haciendo click en el link: convocatoria COPLADE

En este link podrán encontrar también las bases y condiciones de la convocatoria y el formulario del plan de gestión.

Para información o consultas pueden contactarse a través del mail: [email protected]

Las responsabilidades del Director del COPLADE, son, entre otras: analizar las políticas, planes, programas y proyectos de los diferentes organismos nacionales e internacionales, regionales, provinciales y locales; asesorar al Concejo Deliberante de Villa Regina en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo y proponer programas de desarrollo de interés para la población local en articulación con los planes, programas y proyectos nacionales, provinciales y locales.

Difunde esta nota

Te puede interesar

  • La Justicia declaró inconstitucional la decisión de Caputo de dejar de informar los precios de los combustibles

     

     Una de las herramientas de Luis Caputo para contener la suba de precios acaba de recibir un revés judicial. El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad de la resolución que eliminó la obligación de informar en tiempo real los precios de los combustibles. 

    El fallo dejó sin efecto la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, mediante la cual Caputo derogó el sistema creado en 2016 que obligaba a las estaciones de servicio a informar cada modificación de precios dentro de las ocho horas. Ese esquema alimentaba una base pública, permitía comparar valores entre estaciones y habilitaba denuncias cuando el precio cobrado no coincidía con el informado.

    Para el magistrado, la eliminación de ese mecanismo implicó un retroceso en el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y veraz. Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede limitarse a argumentar que los precios están publicados en los surtidores o en las aplicaciones de las petroleras porque esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.

    Caputo pisa los pagos del Plan Gas y usa la plata de las empresas para financiar la suba de subsidios a la energía

    Ramos Padilla también rechazó uno de los principales argumentos del Gobierno y de las empresas expendedoras. Señaló que, si los precios pasan a modificarse con mayor frecuencia mediante sistemas de «micropricing», la necesidad de contar con un mecanismo público, uniforme y actualizado resulta todavía mayor. En otras palabras, cuanto más dinámico es el mercado, más importante es que exista una ventana única que permita saber cuánto cuesta cargar combustible en cada estación.

    Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede limitarse a argumentar que los precios están publicados en los surtidores o en las aplicaciones de las petroleras, porque esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.

    La decisión judicial aparece en un contexto donde el precio de los combustibles ocupó un lugar central en la estrategia antiinflacionaria de Caputo. Durante buena parte de 2025 el Ministerio de Economía postergó o aplicó sólo parcialmente las actualizaciones del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del impuesto al dióxido de carbono. La consecuencia fue un atraso tributario que evitó trasladar todo el aumento previsto por la ley al surtidor y ayudó a contener el impacto sobre el IPC.

    El juez federal Alejo Ramos Padilla.

    Ese esquema convivió con otra herramienta. Cuando el petróleo se disparó por la escalada en Medio Oriente, YPF anunció aumentos cercanos al 23%, pero aclaró que absorbería parte del incremento internacional para evitar un traslado pleno al mercado interno. La petrolera actuó como un dique que amortiguó parte de la presión externa y volvió a consolidar el papel del combustible como una de las variables utilizadas para estabilizar los precios.

    El problema apareció cuando el Brent inició el recorrido inverso. Con el barril bastante por debajo de aquellos máximos, las rebajas no llegaron al surtidor con la misma velocidad con la que habían sido absorbidas las subas. En un mercado donde además desapareció la obligación de informar cada modificación de precios en un sistema oficial, el seguimiento de esos movimientos quedó exclusivamente en manos de las empresas.

    La demanda fue presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que sostuvo que la derogación debilitaba el control estatal y reducía la transparencia del mercado. El Gobierno respondió que la información seguía disponible mediante aplicaciones privadas y sitios web de las compañías, además de defender la medida como parte de la política general de desregulación impulsada por la administración de Milei.

    El juez descartó esos argumentos. Recordó que la propia resolución de 2016 había considerado insuficiente el viejo sistema de información mensual y cuestionó que el Estado eliminara la herramienta sin explicar por qué aquello que antes juzgaba inadecuado ahora alcanzaría para proteger a los consumidores. También remarcó que la Constitución obliga a garantizar información pública, comparable y fácilmente accesible, no simplemente la existencia de datos dispersos.

     

    Difunde esta nota
  • Tras 5 años, familias recibieron las actas de toma de posesión de sus terrenos

    El Intendente Marcelo Orazi encabezó la entrega de las actas de toma de posesión de los terrenos a cuatro familias que hace más de 5 años habían sido evacuadas por riesgo de derrumbe de un sector de la barda norte. Los lotes están ubicados en el barrio ARA San Juan, sector que cuenta con los…

    Difunde esta nota
  • | |

    GastroArte en Chacra Arana

    ¡GastroArte llega con su propuesta para el feriado!  Para el próximo lunes, las Direcciones de Cultura y Turismo proponen ‘GastroArte’ y así disfrutar de un feriado con la música y la gastronomía locales. Esta vez será al mediodía en Chacra Arana con un menú que consiste en pizzas del valle con pera y queso azul,…

    Difunde esta nota
  • Casal apoyó al Gobierno en la disputa con los intendentes por el cobro de tasas en boletas de luz

     

    La Procuración General de la Nación dictaminó a favor de la medida del gobierno de Javier Milei que prohibe a los municipios cobrar tasas municipales en las boletas de luz, resolución que está judicializada por varios intendentes desde 2024, cuando fue promovida por Toto Caputo.

    Con múltiples disputas judiciales abiertas y fallos a favor de las comunas, la polémica escaló a la Corte Suprema, que pasó vista al organismo a cargo de Eduardo Casal.

    Ahí, la Procuración sostuvo que la medida del Gobierno no ataca las autonomías municipales y advirtió que las comunas pueden cobrar las tasas por otra vía. Eso, a pesar de admitir que puede existir un impacto con esta modificación.

    Intendentes le advierten a Caputo que no podrán pagar el alumbrado público si no cobran las tasas en las boletas

    «En el caso no se ha demostrado que el actuar estatal cuestionado adolezca de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta», dice el dictamen de la Procuración firmado por Laura Monti, al que tuvo acceso LPO.

    Ese dictamen refiere al expediente donde tramita la demanda de la Municipalidad de José C. Paz contra el Ministerio de Economía pero también la Procutación los aplicó a las demandas presentadas por los municipios de Hurlingham, San Martín, Pilar e Ituzaingó.

    Como contó LPO, desde que Caputo dio a conocer esta prohibición los intendentes salieron en bloque con presentaciones judiciales, alertando sobre el impacto de la medida en la recaudación del tributo por Alumbrado Público, que en los distritos del conurbano mayoritariamente está integrado a la boleta de energía eléctrica para garantizarse una mayor cobrabilidad.

    Si la Corte sigue la línea de la Procuración, en varios municipios advierten que está en riesgo el alumbrado publico.

    «En los municipios primero vamos a pagar los remedios, segundo la guardia de los médicos, tercero los sueldos, cuarto el alimento que entrega Desarrollo Social y quinto el combustible. Lo último será la factura del alumbrado público. Hay prioridades. ¿Qué van a hacer las empresas? ¿Cortar la luz en las ciudades?», dijo un intendente a LPO apenas se disparó la polémica.

    Intendente aliado de Milei desafía a Caputo y quiere cobrar el alumbrado en las boletas de luz

    Además del caso de José C. Paz, la Procuración sacó un dictamen de similar tenor en el expediente donde tramite la demanda del municipio de Río Grande.

    Ahí, sostuvo que la Secretaría de Industria y Comercio estaba habilitada para establecer reglas generales sobre la facturación de los servicios públicos en el marco de las relaciones de consumo y descartó una afectación de la autonomía municipal.

    En el caso de los municipios del Conurbano, la Procuración advirtió que existe legislación que establece que la factura de energía eléctrica «no podrá incluir tributos de orden local o cargos ajenos a los bienes y servicios facturados». 

     

    Difunde esta nota
  • HACER TRIPAS CORAZÓN

    Podríamos intentar aplicar la lucha de clases a la zoología mientras el gato persigue al ratón y el perro al gato. Pero, ¿quién persigue al perro? ¿Otro perro? Quizás tengamos que adentrarnos en el silogismo ondulatorio de un delfín mientras los plásticos se transforman en inertes peces flotando a la deriva, y el surfista escala…

    Difunde esta nota

Un comentario

  1. Son claros y revisable los conceptos de olvido .Me desestructuran y hacen revisar. LO DE LA CONFIANA NACIONAL creí qe era mayor

Deja una respuesta