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Concurso de precios 09/2021

La Municipalidad de Villa Regina puso en marcha el concurso de precios N° 09/2021 para la provisión de hormigón elaborado en mixer H 17 para la obra de veredas en la plaza del barrio Belgrano.

El presupuesto oficial es de $2 millones. La fecha de apertura será el 10 de septiembre a las 11 horas. Las ofertas se reciben hasta la fecha y hora de apertura en Mesa de Entradas de la Municipalidad.

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  • Las sociedades rurales de la provincia rechazaron la desregulación de la vacunación contra la aftosa

     

    Crece el rechazo de entidades del campo a una resolución del Senasa apoyada por Federico Sturzenegger que desregula a partir del año que viene la vacunación contra la fiebre aftosa.

    Las 16 sociedades rurales del sudeste bonaerense nucleadas en Carbap se reunieron esta semana para tratar el tema y salieron con un duro comunicado en el que advierten que la medida del Gobierno «desarma el sistema sanitario que controló y erradicó la fiebre aftoso en el país».

    La resolución 201/2026 del Senasa, que permite desde 2027 la libre elección de veterinarios privados para la vacunación antiaftosa y antibrucélica, barriendo así con el control que en este esquema vienen manteniendo las fundaciones sanitarias.

    El campo rechazó el plan de Sturzenegger para desguazar el Instituto de la Carne

    Para las rurales del sudeste, con esto se desarma el sistema por el cual las campañas de vacunación son auditables por Senasa y atomiza de forma «incontrolable» su operatividad, impidiendo llevar un orden y control para su efectivo cumplimiento.

    Además, advirtieron que la nueva normativa «hará imposible auditar y garantizar la cadena de frío, condición fundamental para mantener la eficacia de las vacunas».

     En caso de entrar en vigencia la Resolución 201/2026, queremos deslindar todo tipo de responsabilidades ante cualquier fracaso sanitario futuro 

    La medida había sido fuertemente celebrada por Sturzenegger que, en un posteo en X sostuvo que esa decisión «revoluciona la aplicación de la vacuna aftosa en argentina, respondiendo a una demanda de años del sector ganadero».

    «La resolución también sube al ruedo a los veterinarios que podrán registrarse libremente para ellos también ofrecer el servicio, quizás comprando las vacunas a un distribuidor nacional, al ente o directamente a los laboratorios. Los entes seguirán, pero ahora estarán obligados a competir en un ecosistema mucho más diverso», dijo el ministro de Desregulación.

    La discusión por la potestad en el manejo de la vacunación anti aftosa se desató desde el arranque del gobierno de Javier Milei y genera tensiones internas en la Mesa de Enlace.

    Fuerte interna en la Mesa de Enlace por el fin del monopolio de la vacuna antiaftosa

    Ya en 2024, LPO contó que la Sociedad Rural Argentina (SRA) comenzó a impulsar la libre elección del productor al momento de vacunar.

    A 32 años del último foco de fiebre aftosa y libre el país de esa enfermedad, en la Rural hay quienes creen que el sistema de fundaciones se «desvirtuó» y plantean que los productores puedan vacunar si necesidad de pagarle a estos entes. Pero en CRA y Carbap salieron fuerte en defensa de las fundaciones.

    En esa línea fue el mensaje de las rurales del sudeste: «Esta nueva norma atenta contra el cumplimiento de las campañas establecidas por el SENASA, que deben realizarse en tiempo y forma para lograr una inmunidad en bloque», advirtieron.

    Reunión de las rurales del sudeste esta semana en Ayacucho, donde manifestaron un fuerte rechazo a la desregulación sanitaria.

    Frente a eso, le propusieron al Senasa «rever la medida dictada» y establecer un «sistema de control conjunto (Estado/privados) que permita monitorear, evaluar y eventualmente corregir costos, teniendo en cuenta que la fortaleza de este sistema se ha basado en el financiamiento y manejo de los recursos por parte de los propios interesados, que son los productores ganaderos».

    «En caso de entrar en vigencia la Resolución 201/2026, queremos deslindar todo tipo de responsabilidades ante cualquier fracaso sanitario futuro», señalaron en las rurales del sudeste. 

     

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  • El caso Fontevecchia complica la estrategia de Cristina para ser candidata

     

    La jugada de los abogados de Cristina Kirchner de apelar a la ONU para pedir una revisión de su condena para que pueda ser candidata en 2027 choca con la doctrina de la Corte Suprema que niega que exista una cuarta instancia internacional contra sus pronuciamientos. En 2017, la Corte Suprema estableció en el fallo Fontevecchia que los tribunales internacionales no tienen competencia para anular decisiones del máximo tribunal.

    El kirchnerismo lanzó un operativo clamor para que Cristina pueda competir por la presidencia en las elecciones del año próximo. Fue tras el anuncio de la integración de un nuevo equipo de abogados para asesorar a la ex presidenta en la búsqueda de un fallo internacional que revierta su condena actual que incluye la inhabilitación de por vida para presentarse en elecciones que disputen un cargo público.

    Javier Borrego, ex juez del Supremo Tribunal de España y el brasileño Rafael Valim, ex abogado de Lula y especialista en Lawfare, que se sumaron al penalista Carlos Beraldi, en la defensa de la expresidenta.

    Ese equipo anunció esta semana que recurriría a la ONU para exigir un pronunciamiento de su Comité de Derechos Humanos contra la condena de Cristina Kirchner y además presentarán un «amparo» ante el comité de expertos que asesora a ese comité, para que se le permita presentarse en las PASO.

    «Cristina se podría presentar a las PASO», advierte el nuevo abogado de la ex presidenta

    Pero tres fuentes judiciales, incluso una cercana a la ex presidenta, afirmaron a LPO que la vía elegida no tiene posibilidades de éxito. El primer escollo es que el Comité de Derechos Humanos de la ONU emite dictámenes que no son vinculantes. Si bien una decisión favorable a Cristina podría generar una gran presión internacional, su aplicación dependerá de la justicia local. De hecho, Lula continuó preso a pesar de haber recibido un dictamen favorable. 

    Menos viable aún es que funcione el «amparo» ante el grupo de expertos que asesora al Comité de la ONU. «Se trata de abogados que emiten un documento de análisis, no es el dictámen del Comité de Derechos Humanos y mucho menos un fallo», afirmó a LPO una de las fuentes consultadas.

    En 2017, con el fallo Fontevecchia la Corte estableció que no hay una cuarta instancia internacional superior a los fallos del máximo tribunal argentino.

    Pero más allá de lo que defina el Comité de Derechos Humanos de la ONU y de las probabilidades inciertas de que lo haga antes de las elecciones del año que viene, en el Poder Judicial creen que la maniobra de Cristina tiene otros dos obstáculos insuperables.

    La primera es una barrera constitucional. La reforma de la Constitución de 1994 le dio rango constitucional a los tratados internacionales y como en ellos está incorporada la adhesión de la Argentina al tratado que dio nacimiento a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CNDH), abrió un largo debate jurídico sobre si había adquirido estatus constitucional una «cuarta instancia» de apelación o revisión de los fallos firmes de la justicia argentina. 

    Pero, según estableció la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos en 1997 para el caso Genie Lacayo vs Nicaragua, la CIDH puede señalar «las violaciones procesales de los derechos consagrados», pero «carecen de competencia» para subsanarlas.

    Rafael Valim y Javier Borrego, los nuevos abogados de Cristina. 

    La condena de Cristina en la Causa Vialidad está firme en todas las instancias judiciales de la Argentina: en junio de 2025, la Corte Suprema rechazó el último recurso de queja de la defensa y agotó las vías judiciales internas del país, lo que dejó la condena firme de manera definitiva.

    Y ahí aparece la segunda barrera a la nueva estrategia judicial de la ex presidenta: la jurisprudencia al respecto. En la Justicia recuerdan que esta misma Corte estableció que no existe cuarta instancia en la Argentina el caso de Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico contra el Estado argentino. En 1995, la revista Noticias publicó dos artículos que revelaban la existencia de un hijo no reconocido del entonces presidente Carlos Menem. El riojano le hizo una demanda civil al medio y consiguió que la Corte Suprema dejara firme en 2001 un fallo que obligaba a Fontevecchia a pagar una indemnización de 150 mil dólares por violación del derecho a la intimidad.

    La eventual revisión de la sentencia se llevaría a cabo mediante el procedimiento previsto por el ordenamiento jurídico argentino y sería resuelta por los órganos jurisdiccionales nacionales.

    El dueño de la Editorial Perfil acudió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el argumento de que la vida privada de un presidente es escrutada legítimamente si involucra el uso de fondos públicos o afecta su idoneidad para el cargo. Además pidieron que se revocara la penalización económica. La CIDH le dio la razón a Fontevecchia en 2011.

    La CIDH dispuso que el dueño de Perfil debía ser indemnizado y además recomendó que se anule el fallo de Corte de 2001.

    Seis años más tarde, en 2017, la Corte actual aceptó la exigencia de indemnizar a Fontevecchia, pero rechazó revocar o anular su propia sentencia de aquel año.

    Ese fallo estableció un límite histórico en la relación de Argentina con los tribunales internacionales. El máximo tribunal determinó que la CIDH no representa una «cuarta instancia» con facultades para anular fallos locales firmes.

    «La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha enfatizado estos principios al manifestar que la protección internacional que otorgan los órganos de supervisión de la Convención es de carácter subsidiario y que no puede hacer las veces de un tribunal de alzada para examinar supuestos errores de derecho o de hecho que puedan haber cometido los tribunales nacionales», argumentó la Corte en el fallo de 2017.

    Ante la consulta de LPO, Valim respondió que la condena a Cristina se inscribe en el ámbito penal y no en el civil, como el caso de Fontevecchia.

    El abogado explicó que ante un fallo favorable, «el Código Procesal Penal Federal prevé la revisión de la decisión interna por parte del propio poder judicial argentino para adecuarlo a las obligaciones internacionales obligatorias por la constitución argentina».

    Y agregó: «La eventual revisión de la sentencia se llevaría a cabo mediante el procedimiento previsto por el ordenamiento jurídico argentino y sería resuelta por los órganos jurisdiccionales nacionales».

    El antecedente de la CIDH le sirvió al kirchnerismo para no recurrir a es mismo tribunal por dos motivos: la posibilidad de no superar esa doctrina y evitar una demora de 16 años como la que padeció Fontevecchia. Acaso por eso recurrieron a la ONU, aunque el final asoma igual de desfavorable.

    Además, en la Justicia aseguraron a LPO que existe un acuerdo para avanzar con el decomiso de los bienes de la ex presidenta antes de que termine el año. La condena de la Causa Vialidad prevé la ejecución de bienes por 685 mil millones de pesos. Los abogados de Cristina aclararon que la cuestión del decomiso no tiene relación con la presentación que realizaron ante Naciones Unidas.

    Si esto se confirma, en la segunda mitad de este año la ex presidenta enfrentará una agenda judicial muy distinta al debate sobre su apelación a la ONU, sino sobre la venta de sus hoteles y otros bienes.

     

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