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Concurso abierto para cubrir cargo de Juez de Falta Suplente

A través del Decreto 126/21, la Municipalidad de Villa Regina llama a concurso abierto de antecedentes para cubrir el cargo de Juez de Falta Suplente.

Los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:

*Poseer título de Abogado, con no menos de 2 años de ejercicio en la profesión. Deberán acompañar certificaciones del colegio de abogados y/o de los Poderes Judiciales, según cual fuere el organismo que tenga el gobierno de la matrícula, en el que consten:

a) Fecha de matriculación y de su baja

b) Motivo de la baja

c) Antecedentes disciplinarios durante el lapso de la habilitación para el ejercicio profesional

En caso de que existieren sanciones disciplinarias deberá acompañar copia certificada de la causa y de la resolución que se hubiera dictado.

*Nacionalidad argentina con 2 años de residencia en la ciudad de Villa Regina

*No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 15 incisos 2 al 8 inclusive de la Carta Orgánica del Pueblo de Villa Regina.

Los/as postulantes deberán realizar su inscripción mediante nota y acreditar el cumplimiento de los requisitos legales previstos para el cargo al que aspiran, con documentación original o copia certificada, y detallar sus antecedentes. Las mismas serán recepcionadas en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa Regina en horario de 8 a 13.

En todos los casos se deberá consignar:

1)            Datos personales:

a.            Apellido/s y nombre/s completos

b.            Tipo y número de documento de identidad

c.            Domicilio real actual y domicilios anteriores durante los últimos dos años

d.            Número de teléfono personal

e.            Domicilio electrónico o domicilio procesal situado en el radio urbano de la ciudad

f.             Fecha y lugar de nacimiento

2)            Cargo al que aspira

3)            Antecedentes profesionales:

a.            Copia del título de abogado/a legalizado por ante el Ministerio del Interior y Ministerio de Educación

b.            Empleos o funciones desempeñados de carácter público, honorario o rentado, por designación o elección. Se indicará su carácter (titular, suplente, interino, etc), ascensos, licencias extraordinarias concedidas en los últimos 5 años, sanciones disciplinarias aplicadas y causas de cesación. En caso de que el empleo corresponda a un Poder Judicial, deberá acompañar un resumen anual certificado de las estadísticas de la función correspondientes a los últimos tres años del organismo en el que se desempeña.

c.            Empleos o funciones de carácter privado, honorario o rentado por designación o elección. En caso del ejercicio de la profesión liberal, descripción de la jurisdicción/es en las que actúa o actuó, fueros, tipo y volumen de trabajo.

d.            Ejercicio de la docencia, designación, cargos desempeñados, carga horaria, horario específico del desempeño de la función y períodos.

e.            Instituciones comerciales y civiles de la que forma parte o en las que tuviera intereses.

f.             Todo otro dato objetivamente comprobable en el orden al desempeño profesional.

4)            Antecedentes Científicos y Técnicos:

a.            Estudios de Posgrados

b.            Trabajos publicados, con especificación de naturaleza, títulos, editorial, obra y lugar en que aparecieron

c.            Conferencias dictadas, con certificación de fecha, lugar e institución patrocinante

d.            Congresos, seminarios, jornadas o cualquier otro acto colectivo de carácter científico o técnico en que haya participado, indicando la representación investida, fecha en que tuvieron lugar, institución patrocinante, tema desarrollado, designaciones que hubiera recibido, trabajos presentados, distinciones académicas, menciones honoríficas, etc.

e.            Instituciones científicas o profesionales a las que pertenezca, con indicación de nombre, domicilio de su sede, carácter de la institución, calidad que inviste en ella, y cargos que hubiera desempeñado.

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    Manuel Adorni también solicitó su adhesión al régimen de «inocencia fiscal» para regularizar activos no declarados, en una maniobra que forma parte del armado de la declaración jurada que presentaría esta semana. Pero en la justicia advierten que eso no lo libera de la investigación penal por enriquecimiento ilícito.

    El jefe de Gabinete presentó la solicitud ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) este miércoles. Su esposa Bettina Angeletti lo había hecho el 31 de mayo la solicitud, según reveló en La Nación el periodista Hugo Alconada Mon. La norma permite declarar activos en negro sin sanciones penales y ya fue utilizada por otros acusados de corrupción como Lázaro Báez.

    La presentación de Adorni ante ARCA implica que estuvo evadiendo impuestos durante los dos años y medio que lleva como funcionario público, primero como vocero y ahora como jefe de Gabinete.

    La presentación de Adorni ante ARCA implica que estuvo evadiendo impuestos durante los dos años y medio que lleva como funcionario público, primero como vocero y ahora como jefe de Gabinete

    Más allá de lo escandaloso que resulte esa admisión, la adhesión al régimen de inocencia fiscal por parte de Adorni y su esposa solo implica un atenuante para la cuestión impositiva pero no los exime de la investigación por enriquecimiento ilícito. De hecho, la abrupta presentación de ambas solicitudes seguramente será un factor a tener en cuenta por los investigadores.

    La esposa de Adorni ingresó al régimen de inocencia fiscal y la comparan con Lázaro Báez

    Lo concreto es que el panorama para Adorni en Comodoro Py sigue siendo complicado. LPO reveló que el fiscal Gerardo Pollicita está dispuesto a ir a fondo y tiene mucha información sobre los gastos del jefe de gabinete. «Parece que Adorni está lleno de inconsistencias», dicen en tribunales.

    Pollicita aguarda la presentación de la declaración jurada de Adorni para cotejar esos datos con los requerimientos de justificación patrimonial que ya solicitó a través de la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI). En la justicia dicen que si los gastos no cierran respecto a los ingresos, Adorni la tendrá difícil más allá la contabilidad creativa.

    La «Ley de inocencia fiscal» probablemente sea una de las leyes que quede en la historia grande de nuestro país: aún no se toma la real dimensión de todo lo que implica.Dios bendiga a la República Argentina.Fin.

    — Manuel Adorni (@madorni) December 27, 2025

    La adhesión a la inocencia fiscal es el paso previo a la presentación de la declaración jurada de Adorni, que se supone se realizará esta semana, para que coincida con el comienzo del Mundial. En la Rosada creen que de esa forma los focos estarán puestos en el fútbol y pasará desapercibido, aunque otros integrantes del gobierno ya se preparan para un nuevo escándalo.

    El escándalo de Adorni estalló hace tres meses y hace 35 días, el 6 de mayo pasado, Milei anunció que era inminente que el jefe de Gabinete presentara su declaración jurada. Pablo Picasso tardó 34 días en pintar Guernica, desde el primer boceto hasta la finalización del impactante cuadro de 776,6 centímetros por 349,3 centímetros.

     

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