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Censo Sin DNI

El 31 de agosto de 2021, se publicó la resolución 550/2021 del ministerio de economía en la que se autorizó el llamado a licitación pública para contratar la impresión de los cuestionarios del censo.

En el Anexo II de la Resolución, el Estado Nacional mostraba un primer modelo de acta censal. El ítem 23 incluía -charán, charán- la pregunta por el DNI.

Esto hizo que muchas personas y organizaciones manifestaran su preocupación: con el DNI en el censo corre riesgo la privacidad de nuestros datos y el secreto estadístico. Las autoridades públicas dieron respuestas dispares e incluso contradictorias:

Frente a esto, bajo el liderazgo de @FViaLibre y con el apoyo de @derechosdigital, se preparó una acción de amparo. En lenguaje técnico, se interpuso una acción de habeas data colectivo. En resumen, se pidió encarecidamente, que no pregunten por el DNI.

Finalmente hubo una respuesta cautelar. ¿Cuál fue la respuesta? “ausencia de caso” ¿Por qué? Porque en el cuestionario censal definitivo no se encuentra incorporada la pregunta por el DNI.

¿Entonces?

El DNI no va a estar en el censo. En el censo digital se usa solo para validar la identidad, por ejemplo para evitar que lo llenen robots sin alma. Pero no va a quedar asociado a tus respuestas. O al menos eso fue lo que prometieron. Una derrota con gusto a triunfo.

¿Nuestro Consejo?

No hagas el censo digital.

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