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Capacitación sobre protocolos COVID-19 para deliverys

La Municipalidad de Villa Regina invita a participar de la capacitación sobre ‘Buenas prácticas de manipulación de alimentos y protocolos de COVID-19 para deliverys’ organizada por la Universidad Nacional de Río Negro.

La misma está destinada a personas que desarrollan la actividad en el Alto Valle y Valle Medio de la provincia. Contará de cuatro encuentros que se llevarán a cabo los días 18, 19, 25 y 26 de marzo de 9 a 11 horas mediante la plataforma Zoom.

Los interesados podrán inscribirse a través del siguiente link: https://bit.ly/3bVR5vL

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  • Pullaro logró el fallo que esperaba para dar un mensaje clave de su política hacia la policía

     

     A la hora de asumir como gobernador Maximiliano Pullaro dijo que buscaría que se revisara el caso de un policía, Maximiliano Nocelli, que estaba condenado a 25 años de prisión por matar a dos asaltantes en un robo, para revertir esa sentencia. Finalmente eso pasó veintidós meses después, esta semana, cuando un nuevo tribunal analizó el trámite y por unanimidad absolvió al uniformado.

    El caso es de auténtica complejidad porque está acreditado que hubo un enfrentamiento donde el policía intervino en una acción de robo y luego hubo valoraciones diferentes sobre si al disparar actuó de manera legítima o produjo un doble homicidio agravado. Eso es lo que se saldó este miércoles con un fallo del nuevo tribunal que entiende que el policía fue condenado con arbitrariedad.

    Pero hay un planteo que excede el debate jurídico y escala a la política. Ocurre que la presión que ejerció el Poder Ejecutivo de Santa Fe para llegar a este resultado ha sido manifiesta. No tiene que ver con la racionalidad del debate ni del fallo. Sino más bien con el caso donde un gobernador con supremacía legislativa le indica lo que tiene que hacer el Poder Judicial. Y el Poder Judicial lo sigue cuando había dos fallos previos en los que dos tribunales colegiados -seis jueces en total en doble instancia-habían llegado a una condena por unanimidad.

    Es un hecho de análisis nada apto para simplificaciones ni miradas binarias. Un policía que actúa en una escena donde le dispararon a un camarada, que responde en un momento de altísima adrenalina mientras los agresores están en el piso con lo que hay dificultades para observarlos. Contra esto los fiscales exhiben lo que se vio claramente: una ejecución filmada. Y un policía que estaba con Nocelli que dice al tribunal no entender por qué su colega mató a la mujer que acompañó al asaltante cuando ya no mediaba peligro.

    El procurador avala el plan de Pullaro para empoderar a la Policía

    El día que juró en la Legislatura Pullaro señaló a la policía de Santa Fe que en un contexto de violencia feroz le daría un respaldo manifiesto. Remarcó que un uniformado tenía un arma en la cintura para usarla y que impulsaría el juicio por jurados para que fueran ciudadanos comunes los que definieran la suerte de efectivos juzgados. También dijo que buscaría la revisión del caso Nocelli.

    La inseguridad de la que hablaba Pullaro tenía que ver con una desbocada suba de homicidios pero no de casos de enfrentamientos entre policías y delincuentes y tampoco por casos de robo. El caso de Nocelli sí lo había sido. Si había sido gatillo fácil no era de ninguna manera un caso típico. Porque lo que se advirtió históricamente en los Tribunales de Rosario fue que los casos de ejecuciones sumarias eran, mayormente, hechos donde no había enfrentamiento, sino abuso extremo de armas de uniformados contra civiles desarmados.

    En mayo de 2019 Luciano Nocelli, policía del Comando Radioeléctrico de Rosario, les disparó a Jimena Gramajo y Maximiliano Rosasco tras un intento de robo a una mujer a metros de un parque. Las defensas señalaron que Nocelli intervino en el transcurso de un delito en el que incluso uno de los delincuentes atacó a balazos a otro policía, lo que fue probado. La fiscalía sostuvo que la acción de Nocelli fue a quemarropa y cuando los asaltantes ya estaban neutralizados, lo que la convertía en un doble homicidio agravado.

    Antes de asumir dijimos que uno de nuestros compromisos era respaldar y conducir a la Policía que todos los días protege a los santafesinos.Hoy se confirmó la absolución de Luciano Nocelli. Nunca más un agente va a ser condenado por cumplir con su deber.En Santa Fe, el que… pic.twitter.com/W2bNbdkwbL

    — Maximiliano Pullaro (@maxipullaro) October 8, 2025

    Dos tribunales de jueces concluyeron en largos procesos que se había tratado de asesinato intencional. Se probó en juicio que el asaltante había intentado robar el bolso a una mujer que resistió y fue golpeada. La mujer esperaba a su cómplice en moto. Allí intervinieron Nocelli y un colega que patrullaban la zona. Allí hubo un cambio de disparos en una secuencia de 14 segundos que terminó con Rosasco y Gramajo muertos.

    Lo que se estableció para la condena fue que cuando Jimena Gramajo fue baleada mortalmente ya había terminado la situación de peligro y que Nocelli siguió tirando. Esto fue lo puesto en discusión por Pullaro explícitamente lo que coincidía, también, con la posición de la defensa del policía. A partir del planteo del gobernador, el procurador de la Corte dictaminó por revisar el fallo, la Corte Suprema lo aceptó y se integró la nueva sala que ahora, por unanimidad, absolvió al policía.

    A todas las posiciones que cambian la vieja resolución no les falta lógica. El procurador Jorge Barraguirre indicó que Nocelli accionó mientras habían baleado a su compañero y que se encontraba en el piso en una perspectiva distinta a la cámara de vigilancia que registró la acción a tres metros de altura y que fue determinannte para las condenas. «Este no es el caso Chocobar, donde el agresor se iba y es baleado de espaldas. Acá el policía reacciona desde el piso en una secuencia muy rápida cuando no puede saber si los que tiraban, aunque hubieran cesado, seguirían tirando», le dijo en su momento Barraguirre a LPO.

    Después la Corte Suprema de Santa Fe ordenó por unanimidad de cinco miembros revisar el caso excluyendo el doble homicidio armado y bajo dos opciones diferentes y residuales: homicidio justificado por cumplimiento del deber y exceso en el cumplimiento del deber. La Cámara Penal lo hizo ahora con tres nuevos jueces. La decisiva es Gabriela Sansó para quien sus colegas valoraron deficientemente al condenarlo el factor subjetivo. Sansó se enfoca en «la reacción del agente en un contexto de violencia, el temor experimentado, la percepción del peligro concreto» lo que hizo que no tuvieran en cuenta factores relevantes. También tuvo en cuenta indicios unívocos de algo que siempre dijo el policía: que no sabía si su compañero Leone estaba vivo o muerto cuando lo vio tendido y creyó que la situación de riesgo no estaba terminada.

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    Dos tribunales de jueces concluyeron en largos procesos que se había tratado de asesinato intencional. Se probó en juicio que el asaltante había intentado robar el bolso a una mujer que resistió y fue golpeada. La mujer esperaba a su cómplice en moto. Allí intervinieron Nocelli y un colega que patrullaban la zona. Allí hubo un cambio de disparos en una secuencia de 14 segundos que terminó con Rosasco y Gramajo muertos.

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    A todas las posiciones que cambian la vieja resolución no les falta lógica. El procurador Jorge Barraguirre indicó que Nocelli accionó mientras habían baleado a su compañero y que se encontraba en el piso en una perspectiva distinta a la cámara de vigilancia que registró la acción a tres metros de altura y que fue determinannte para las condenas. «Este no es el caso Chocobar, donde el agresor se iba y es baleado de espaldas. Acá el policía reacciona desde el piso en una secuencia muy rápida cuando no puede saber si los que tiraban, aunque hubieran cesado, seguirían tirando», le dijo en su momento Barraguirre a LPO.

    Después la Corte Suprema de Santa Fe ordenó por unanimidad de cinco miembros revisar el caso excluyendo el doble homicidio armado y bajo dos opciones diferentes y residuales: homicidio justificado por cumplimiento del deber y exceso en el cumplimiento del deber. La Cámara Penal lo hizo ahora con tres nuevos jueces. La decisiva es Gabriela Sansó para quien sus colegas valoraron deficientemente al condenarlo el factor subjetivo. Sansó se enfoca en «la reacción del agente en un contexto de violencia, el temor experimentado, la percepción del peligro concreto» lo que hizo que no tuvieran en cuenta factores relevantes. También tuvo en cuenta indicios unívocos de algo que siempre dijo el policía: que no sabía si su compañero Leone estaba vivo o muerto cuando lo vio tendido y creyó que la situación de riesgo no estaba terminada.

    Lo que genera copiosos comentarios institucionales entre funcionarios judiciales es que el Poder Judicial hizo lo que Pullaro pidió explícitamente cuando había dos fallos unánimes previos que condenaban al policía de magistrados reconocidos por su probidad. Los jueces Román Lanzón, Mariano Aliau, Carlos Leiva, Bibiana Alonso, Carolina Hernández, Guillermo Llaudet son muchos de ellos magistrados con años de trayectoria y docentes universitarios. Todos dijeron que correspondía la pena y la justificaron.

    Pullaro desde una posición de poder político obtiene el fallo que pide. Desde el primer día como gobernador hizo cosas para modificar un Poder Judicial con notorias deficiencias, favoritismos políticos y arbitrariedades. Pero también Pullaro le da curso a sus preferencias y sin buscar disimularlo. Por ejemplo al designar una Cámara Penitenciaria que no existe en otros distritos para emitir resoluciones ligadas a las prisiones integrada por personas de su afinidad política, según dijo el mismo ministro de Seguridad y Justicia Pablo Cococcioni, para lo que se eliminó el orden de mérito en los concursos y se lo justificó. Impulsar una reforma procesal que tiene un fuerte antagonismo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Frente a este poder del que pide, ¿hay un Poder Judicial que produce el nuevo fallo por convicción o por sumisión debido al miedo de contrariar a alguien poderoso?

    Las preguntas acompañaron toda la revisión y resonaban tras el nuevo fallo ¿Hubo acá una intromisión inaceptable del Poder Ejecutivo más allá de lo razonable que puede ser rediscutir este caso? ¿Qué pasa si el día de mañana se impulsa lo mismo frente a un caso enteramente arbitrario? ¿Se forzó un fallo para dar un mensaje? Es muy difícil que frente a esa presión explícita la respuesta sea diferente a la que se dio.

    En la audiencia en la que le dieron la libertad a Nocelli en noviembre pasado, el propio ministro Cococcioni lo fue a buscar en persona al lugar donde estaba detenido para salir caminando con él. Y después su ministerio dijo que le darían cursos a los jueces para que supieran cómo resolver casos donde se produjeran enfrentamientos. Ahora Pullaro y Cococcioni celebraron por redes sociales la salida institucional afín a sus expectativas que tuvo el caso.

    Luciano Nocelli fue absuelto. Un policía que a las 10 de la noche se enfrentó a tiros con delincuentes y tuvo que decidir en 14 segundos como actuaba. Si protegía su vida, la de su compañero tirado en el suelo y los bienes de la víctima; o nada de eso. Hoy fue absuelto y como… pic.twitter.com/Z5AJvPfvAT

    — Pablo Cococcioni (@PabloCocoX) October 8, 2025

    Un argumento jurídico es que esta persona ahora favorecidos tuvo por motivos ideológicos y por una selectividad una alternativa excepcional que si el Derecho fuera igual para todos no se podría aplicar. Pullaro convirtió a este en un caso testigo de su política de respaldo a la fuerza de seguridad a partir de una desaprobación de sus primeros juzgadores en base a una visión en la que cree genuinamente pero que concedió como una excepción para dar un mensaje político.

    Un mensaje hacia una policía hecha de paradojas. Nocelli enfrentaba a los dos asaltantes de una mujer en moto en un delito común contra la propiedad. Pero la delincuencia que implicó el alza de los delitos graves casi nunca se enfrentó con la policía en el último decenio. En Rosario hasta fines de 2023 el 70 por ciento de los hechos de alta lesividad provinieron de actores de economías delictivas o grupos criminales. No había policías en enfrentamientos, por ejemplo, con personas que comercializaban drogas. Sí hubo, al revés, permanentes casos de complicidad llevados a juicio.

     

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