La discapacidad bajo ajuste: qué esconde el decreto 942/2025 de Milei
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La discapacidad bajo ajuste: qué esconde el decreto 942/2025 de Milei

 

Bajo el discurso de la “eficiencia”, la “transparencia” y el “orden administrativo”, el decreto 942/2025 firmado por Milei elimina la Agencia Nacional de Discapacidad y concentra todas las políticas del sector dentro del Ministerio de Salud. Detrás del lenguaje técnico, la medida implica más controles, más auditorías y un riesgo concreto de recorte de derechos para las personas con discapacidad.

Por Roque Pérez para NLI

La publicación del DNU 942/2025 pasó casi inadvertida en medio del cierre de año, pero su contenido es de enorme gravedad para uno de los sectores más vulnerables de la sociedad argentina. El decreto no solo prorroga la emergencia sanitaria, sino que desmantela la estructura institucional que durante años tuvo a su cargo la política pública en discapacidad.

La decisión central es clara: la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) deja de existir como organismo descentralizado y pasa a ser absorbida por el Ministerio de Salud bajo la figura de una Secretaría Nacional de Discapacidad. Lo que el texto presenta como una “reorganización” es, en los hechos, una fuerte centralización política y presupuestaria.

El fin de la ANDIS y la pérdida de autonomía

Hasta ahora, la ANDIS contaba con cierta autonomía funcional y administrativa. Eso le permitía tener un presupuesto propio, equipos técnicos especializados y un margen —limitado, pero real— para sostener políticas públicas específicas.

Con el decreto de Milei, la discapacidad deja de ser una política integral de derechos y pasa a ser un área subordinada a las prioridades sanitarias y fiscales del Ministerio de Salud. Esto no es neutro: implica que las decisiones sobre discapacidad quedarán atravesadas por criterios de ajuste, “racionalización del gasto” y metas presupuestarias.

En otras palabras, la discapacidad deja de ser un derecho humano garantizado y pasa a ser un costo a administrar.

Pensiones por invalidez: auditorías, revisiones y posibles bajas

Uno de los puntos más sensibles del decreto está en el nuevo inciso 39 del artículo 23 de la Ley de Ministerios. Allí se establece que el Ministerio de Salud tendrá a su cargo:

“el otorgamiento, control, revisión y auditoría de las pensiones por invalidez”.

La inclusión explícita de las palabras control, revisión y auditoría no es casual. El propio decreto justifica la medida hablando de “irregularidades”, “falencias” y “desorden administrativo”.

La experiencia histórica en la Argentina es clara: cuando se anuncian auditorías masivas sobre pensiones por invalidez, lo que sigue son suspensiones, demoras y bajas, muchas veces injustificadas. Personas con discapacidad que dependen de ese ingreso quedan meses sin cobrar o deben atravesar procesos humillantes para volver a demostrar una condición que ya fue certificada.

El decreto habilita legalmente ese escenario.

El Certificado Único de Discapacidad, bajo la lupa

El texto reconoce que existen problemas en la gestión del Certificado Único de Discapacidad (CUD): sistemas fragmentados, falta de interoperabilidad y demoras. Sin embargo, la solución que propone no es fortalecer el acceso, sino centralizar la información y endurecer los mecanismos de control.

Esto puede traducirse en:

  • Trámites más lentos
  • Mayor discrecionalidad administrativa
  • Nuevos obstáculos para renovar o acceder al CUD

Para miles de personas, sin CUD no hay prestaciones, transporte gratuito, medicamentos ni acompañamientos terapéuticos. Cualquier demora o restricción impacta directamente en su vida cotidiana.

Prestaciones en riesgo y prestadores ahogados

La Ley 24.901 garantiza un sistema de prestaciones básicas que incluye tratamientos, rehabilitación, transporte, apoyos y acompañantes terapéuticos. El decreto afirma que busca “transparentar contrataciones” y “optimizar el gasto”.

En la práctica, este tipo de procesos suele derivar en:

  • Retrasos en los pagos a prestadores
  • Revisión de convenios
  • Reducción de coberturas
  • Prestadores que dejan de atender porque el Estado no paga

No hace falta un recorte explícito: la asfixia administrativa también es una forma de ajuste.

Mucha Convención, poca participación real

El decreto cita reiteradamente la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pero no crea ningún mecanismo nuevo y concreto de participación de las organizaciones del sector. Todo queda concentrado en la estructura ministerial.

Esto contradice el espíritu mismo de la Convención, que exige la participación activa de las personas con discapacidad en el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas públicas que las afectan.

Emergencia sanitaria prorrogada: más discrecionalidad

La prórroga de la emergencia sanitaria hasta diciembre de 2026 le otorga al Ejecutivo un margen extraordinario para tomar decisiones sin debate parlamentario. En ese marco, la política de discapacidad queda sujeta a resoluciones administrativas, reestructuraciones internas y cambios de criterio que pueden afectar derechos adquiridos.

Menos Congreso, menos control, menos garantías.


Un cambio de paradigma peligroso

El decreto 942/2025 marca un giro claro: la discapacidad deja de ser abordada desde una perspectiva de derechos y pasa a ser tratada como un problema de gestión y gasto público.

Detrás de palabras como “eficiencia”, “trazabilidad” y “orden”, se esconde un riesgo concreto de ajuste sobre quienes más necesitan del Estado. La eliminación de la ANDIS no es un hecho técnico: es una decisión política con consecuencias reales.

En tiempos donde el gobierno de Milei repite que “no hay plata”, la pregunta es inevitable: ¿el ajuste también va a caer sobre las personas con discapacidad?

 

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    El ajuste por debajo del radar: Adorni y una Resolución que le da vía libre al recorte silencioso

     

    Mientras el discurso oficial insiste con la “eficiencia” y la “modernización del Estado”, una resolución firmada en silencio por la Jefatura de Gabinete reorganiza el poder interno para acelerar despidos, recortes y sanciones al personal público, sin pasar por el máximo nivel político.

    Por Roque Pérez para NLI

    La Resolución 162/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de Manuel Adorni, no ocupará titulares ni abrirá debates parlamentarios. Sin embargo, su alcance es profundo: redistribuye facultades clave sobre el empleo público, habilitando un ajuste administrativo más rápido, fragmentado y menos visible. En otras palabras, el ajuste avanza, pero con firma delegada.

    Delegar para ajustar sin costo político

    El núcleo de la norma es claro: el Jefe de Gabinete se desprende de la mayoría de las decisiones sensibles vinculadas al personal y las traslada a secretarías, subsecretarías y áreas de Recursos Humanos. Designaciones transitorias, prórrogas, promociones, sanciones disciplinarias, licencias, comisiones de servicio y, sobre todo, rescisión de contratos, pasan a resolverse en niveles inferiores.

    Este esquema permite que las decisiones más conflictivas —no renovar contratos, mover empleados, sancionar o disciplinar— ya no requieran una firma central, diluyendo responsabilidades políticas y acelerando los tiempos del recorte.

    La motosierra administrativa, sin conferencia de prensa

    Lejos de la épica discursiva, esta resolución funciona como el engranaje técnico del ajuste. Al descentralizar las decisiones, se reduce el “ruido” político: no hay anuncios, no hay debates, no hay interpelaciones. Cada secretaría gestiona su propio achique.

    El resultado es una motosierra burocrática, más silenciosa pero igual de efectiva, que permite ejecutar el ajuste por goteo, expediente por expediente.

    Más poder para sancionar, menos control político

    Otro punto sensible es la delegación de facultades disciplinarias. Las secretarías ahora pueden aplicar sanciones previstas en la Ley de Empleo Público sin intervención directa del Jefe de Gabinete. Esto refuerza un clima de control interno y disciplinamiento laboral, en un contexto donde la estabilidad del empleo estatal está bajo constante amenaza.

    No se trata solo de eficiencia: se trata de control.

    Decisiones legales sin pasar por arriba

    La resolución también habilita a subsecretarías a autorizar allanamientos, desistimientos de juicios, conciliaciones y transacciones legales en causas donde la Jefatura de Gabinete tenga interés. Son decisiones de alto impacto jurídico y económico que, desde ahora, no requieren la validación política más alta.

    Un esquema que agiliza trámites, sí, pero que también reduce instancias de control y responsabilidad institucional.

    El ajuste que no se discute

    La norma deroga resoluciones anteriores y consolida un nuevo mapa de poder interno. No hay ahorro cuantificado ni evaluación pública del impacto social de estas medidas. Lo que hay es una arquitectura administrativa diseñada para ejecutar el ajuste sin debate, lejos del Congreso y del escrutinio público.

    Como ya viene advirtiendo NLI en sus coberturas sobre el vaciamiento del Estado, el ajuste no siempre llega con anuncios rimbombantes. A veces se cuela en resoluciones técnicas, firmadas al final del día, que reorganizan el poder para que la motosierra no se trabe.

     

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