Un juez dictó prisión preventiva a Facundo Jones Huala por 90 días

Un juez dictó prisión preventiva a Facundo Jones Huala por 90 días

 

El juez federal subrogante, Ezequiel Andreani, dictó este miércoles prisión preventiva por 90 días a Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), tras una audiencia virtual de formalización de cargos. Además, estableció un plazo de 180 días para continuar con la investigación en su contra.

Jones Huala, de 38 años, fue detenido el domingo por la noche en El Bolsón mientras descendía de un colectivo proveniente de Bariloche, en un operativo a cargo de la Policía Federal. En ese momento, no existía una orden formal de detención, aunque luego la fiscal Ángela Pagano Mata solicitó que se librara, y el juez Andreani la aceptó. La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, anticipó públicamente la detención, lo que generó cuestionamientos por parte de la defensa que denunció irregularidades en el procedimiento.

El líder mapuche fue imputado por los fiscales federales Ángela Pagano Mata y Fernando Arrigo por apología del crimen, asociación ilícita agravada e intimidación pública. La causa se basa principalmente en declaraciones realizadas por Jones Huala durante la presentación de su libro Entre Rejas, Antipoesía Incendiaria, en febrero pasado, donde defendió actos de sabotaje y atentados incendiarios como formas de lucha contra el «sistema capitalista, las transnacionales y los terratenientes».

Estas manifestaciones motivaron denuncias del Ministerio de Seguridad de la Nación y del Gobierno de Chubut, que lo acusaron de promover la violencia y el temor. En ese marco, el juez Andreani admitió la investigación por una posible violación del artículo 213 bis del Código Penal, que establece penas de tres a ocho años para quienes integran organizaciones que intentan imponer ideas mediante la fuerza o la intimidación.

Asimismo, la fiscalía busca ampliar los cargos con los artículos 210 y 210 bis del Código Penal, que contemplan penas más severas —entre cinco y veinte años— para quienes forman parte de asociaciones destinadas a cometer delitos que pongan en riesgo el orden constitucional.

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