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SOMOS LA BASURA QUE PRODUCIMOS

La basura es un hecho cultural que nos concierne a todos, a todos los sectores de la sociedad sin distinción alguna. Todos somos asociados responsables del daño ambiental que genera nuestra basura. Una de las actividades humanas más inadvertidas es la producción de deshechos. Somos la basura que producimos, y como la tratamos habla de nuestro compromiso con las demás personas y el medio ambiente.

Pasada la fiesta de la vendimia el predio ferial quedó en condiciones deplorables. Bolsas y botellas de plástico (entre otras cosas) inundaron la zona. El rápido accionar de los agentes municipales favoreció inmediatamente el estado del predio, que ayer lunes, se asemejaba al centro de transferencia ubicado en zona de bardas. Si tuviéramos en cuenta el párrafo inicial podríamos decir muchísimo de quienes ocuparon un espacio en el predio durante el fin de semana. Ya que existe una narrativa directa de nosotros mismos que descansa en como tratamos nuestra basura.

Todos los miembros de una familia producen residuos, desde los recién nacidos hasta los abuelos, incluyendo las mascotas. Una de las maneras de saber cómo funciona una sociedad es conocer qué hace con su basura. No somos conscientes de la basura que producimos porque no generamos ningún vínculo con ella. Hasta nos causa placer tirarla, sacarla de nuestro camino, dejarla huérfana, como si no nos perteneciera, y una vez que está afuera de nuestro entorno ni siquiera nos sentimos responsables de haberla creado. Ya es el problema de otro.

Es importante la forma en qué manejamos la basura, estamos acostumbrados a pensar que la misma da olor y eso en realidad sucede porque está mal gestionada. La basura no da olor, eso es el metano que se produce por la descomposición de la materia orgánica que sucede por la falta de oxigeno, cuando nosotros embolsamos todo y lo cerramos aceleramos la descomposición.

Separar la basura hace darnos cuenta que los deshechos no son algo asqueroso, sino que pueden convertirse en un recurso muy valioso.  Ese es el primer gran cambio. Lo notable de esta transformación en la conciencia del tratado de los deshechos es que te va modificando en otros aspectos de tu vida. Es un proceso de aprendizaje complejo, pero es posible, hay que experimentar en este cambio de hábito y educar sobre el mismo.

Es importante lograr un nivel alto de concientización en la sociedad con respecto al tratamiento de la basura, para luego desarrollarlo como parte de nuestra cultura y llevarlo a cabo todos los días como una actividad internalizada y procesada sistematicamente.


¿QUÉ HACEMOS CON LOS RESIDUOS EN ARGENTINA?

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    El Gobierno reescribe el Código Aduanero por decreto y acelera las reglas del comercio exterior

     

    Mediante el DNU 41/2026, Milei modificó artículos clave del Código Aduanero para redefinir quién decide y cómo las reglas antes de importar o exportar. Bajo el argumento de cumplir con compromisos de la OMC, el decreto limita la discrecionalidad estatal, fija plazos máximos y habilita avanzar con operaciones aun cuando el Estado no responda.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    El Poder Ejecutivo avanzó con una nueva modificación estructural del andamiaje normativo del comercio exterior argentino. A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 41/2026, el Gobierno sustituyó los artículos 226 y 323 del Código Aduanero, reorganizando el sistema de resoluciones anticipadas tanto para importaciones como para exportaciones.

    La medida se inscribe en la misma lógica que atraviesa toda la política económica de Milei: menor margen de intervención estatal, mayor previsibilidad para los operadores privados y alineamiento explícito con los estándares de la Organización Mundial del Comercio (OMC). No es casual que el decreto invoque como razón central la urgencia de cumplir con el Acuerdo de Facilitación del Comercio.

    Qué son las resoluciones anticipadas y por qué importan

    Las resoluciones anticipadas son decisiones administrativas que los importadores o exportadores pueden solicitar antes de realizar una operación, para saber con antelación cómo será tratado un producto por el Estado. Incluyen cuestiones clave como clasificación arancelaria, valoración de la mercadería y origen.

    En la práctica, funcionan como un blindaje jurídico: una vez emitidas, la Aduana no puede cambiar el criterio después, salvo que cambie la ley o los hechos. Para las grandes empresas del comercio exterior, esto implica reducir riesgos, costos y conflictos posteriores.

    El reparto de poder entre Aduana y Economía

    El decreto introduce una división tajante de competencias. Por un lado, el servicio aduanero conserva la potestad de dictar resoluciones anticipadas sobre clasificación arancelaria, valoración y otros aspectos técnicos tributarios, tanto en importación como en exportación.

    Por otro lado, las resoluciones anticipadas sobre origen de la mercadería dejan de estar bajo la órbita aduanera y pasan a manos de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que incluso puede delegar esa facultad en funcionarios de rango inferior. Este corrimiento no es menor: el origen determina aranceles, preferencias comerciales y la aplicación de acuerdos internacionales.

    Plazos cortos y silencio que juega a favor del privado

    Uno de los puntos más sensibles del DNU es la fijación de un plazo máximo de 30 días para que el Estado emita la resolución anticipada. Si ese plazo se cumple y no hay respuesta, el importador o exportador puede avanzar igual con la operación, en los términos que propuso originalmente.

    El decreto habilita a la Aduana a exigir una garantía, pero le quita la posibilidad de frenar la operatoria por falta de definición. Se trata, en los hechos, de un silencio administrativo favorable, una figura históricamente resistida por el Estado y celebrada por los grandes actores del comercio exterior.

    Un DNU con destinatarios claros

    El Gobierno justifica el uso del DNU en la urgencia de cumplir los plazos otorgados por la OMC, que vencían el 23 de enero de 2026. Sin embargo, el trasfondo político es evidente: consolidar un esquema pro-mercado, reducir instancias de control y trasladar el riesgo desde el privado hacia el Estado.

    Lejos de beneficiar a pymes o economías regionales, el nuevo régimen favorece principalmente a grandes importadores y exportadores, con capacidad técnica y jurídica para anticipar escenarios y litigar si es necesario. Mientras tanto, el Congreso vuelve a quedar relegado a un rol meramente revisor, a través de la Comisión Bicameral.

    En nombre de la “facilitación del comercio”, Milei vuelve a gobernar por decreto y a redefinir reglas estructurales sin debate legislativo. Una vez más, la urgencia invocada funciona como atajo para reconfigurar el Estado en favor de los intereses concentrados del comercio internacional.

     

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