Con vistas al inicio del torneo de la Liga Municipal de Fútbol Infantil (LIMUFI) previsto para abril, la Municipalidad de Villa Regina lleva adelante tareas para acondicionar el predio del Club Banco Nación.
En ese sentido, días atrás se rubricó el convenio entre el Municipio y la institución que permitirá que el torneo se dispute en ese lugar.
Por ello desde la Dirección de Deportes trabaja en la parte organizativa de la competencia además de las mejoras que se realizan en el predio.
De acuerdo a los datos del Monitor Público de Vacunación, fueron distribuidas 15.272.890 vacunas, de las cuales 12.257.297 ya fueron aplicadas: 9.476.406 personas recibieron la primera dosis y 2.780.891 ambas. El Ministerio de Salud informó este lunes que durante el último fin de semana la aplicación de vacunas contra el Covid-19 «fue récord», con 156.463…
Siguiendo con el plan de recambio de luminarias, iniciado el 7 de diciembre por la Dirección de Obras Públicas, esta vez fue el turno de la Calle Pioneros desde Avenida Cipolletti hasta la Ruta 22, y sobre la Calle Florencio Sánchez desde la Avenida Cipolletti hasta Pioneros. En total se hizo un recambio de 35…
La Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Regina informa que están abiertas las inscripciones para participar de las clases de reggaetón a cargo de los profesores Diego Álvarez y Dai Quiroga. Los interesados pueden anotarse en la Escuela Municipal de Arte ubicada en Brasil 91. Para consultas pueden comunicarse al celular 2984650817. Las…
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El Gobierno nacional modificó por Decreto de Necesidad y Urgencia la Ley de Migraciones e incorporó nuevas causales para impedir el ingreso, cancelar residencias y expulsar extranjeros del país. Bajo el argumento de combatir los «mensajes de odio» contra los argentinos y proteger los símbolos patrios, el DNU 681/2026 introduce conceptos amplios cuya interpretación queda en manos del Estado, abriendo interrogantes sobre sus alcances y el impacto que podría tener sobre la libertad de expresión y los derechos de la población migrante.
Por Ignacio Álvez Alcorta para NLI
El Gobierno amplía las causales para impedir el ingreso y expulsar extranjeros
Con el DNU 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Milei volvió a modificar la Ley de Migraciones Nº 25.871 mediante un decreto de necesidad y urgencia, profundizando el endurecimiento de la política migratoria iniciado meses atrás. La norma incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la ley, que establece las causales para impedir el ingreso al país, y otro al artículo 62, referido a la cancelación de residencias ya otorgadas. A partir de ahora, podrán rechazarse solicitudes de ingreso o dejar sin efecto residencias cuando el Estado considere que un extranjero incurrió en determinadas conductas vinculadas con discursos de odio o actos contra los símbolos nacionales.
El nuevo texto establece que no podrán ingresar ni permanecer en la Argentina quienes hayan dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, quienes inciten a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano argentino por motivos de nacionalidad, quienes participen en actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales o quienes inciten a cometer cualquiera de esas acciones. Paralelamente, el decreto modifica el artículo 63 para establecer que la cancelación de la residencia por estas nuevas causales podrá derivar en la obligación de abandonar el país o directamente en la expulsión, según determine la autoridad migratoria.
Conceptos abiertos que dejan amplios márgenes de interpretación
Aunque el decreto incorpora una cláusula que aclara que no podrán considerarse comprendidas las expresiones de disenso ideológico ni la crítica política, académica o ciudadana, la redacción deja numerosos interrogantes abiertos que probablemente terminarán siendo objeto de discusión judicial.
El primero de ellos es que la norma no define qué constituye exactamente un «mensaje de odio». No se establecen parámetros objetivos ni se remite a una tipificación penal específica. Tampoco se determina qué características debe reunir una manifestación para ser considerada incitación a la violencia contra los argentinos. Esa ausencia de definiciones deja un margen de interpretación muy amplio para la Dirección Nacional de Migraciones y, eventualmente, para los tribunales.
Otro aspecto que permanece en una verdadera nebulosa jurídica es el concepto de «ultraje a los símbolos patrios». El decreto no enumera conductas concretas ni explica si el ultraje debe encontrarse previamente acreditado mediante una sentencia judicial o si bastará con una valoración administrativa. No queda claro, por ejemplo, si una intervención artística, una protesta pública, una performance, la quema de una bandera o una publicación en redes sociales podrían ser consideradas comprendidas dentro de esa figura, ya que el texto evita cualquier precisión.
La misma incertidumbre aparece respecto de la prueba. El DNU no explica quién determinará que una persona emitió mensajes de odio ni cuál será el estándar probatorio exigido. Tampoco establece si será necesaria una condena penal previa, una resolución judicial, un expediente administrativo o simplemente informes elaborados por organismos estatales. En consecuencia, queda abierta la discusión sobre cuáles serán las garantías de defensa para los extranjeros alcanzados por la medida.
Entre la libertad de expresión y las facultades discrecionales del Estado
El propio decreto intenta anticiparse a esas objeciones al sostener que la medida no afecta la libertad de expresión, ya que excluye expresamente el disenso ideológico y la crítica política. Sin embargo, la delimitación entre una crítica protegida constitucionalmente y un supuesto mensaje de odio aparece como uno de los puntos más delicados de toda la reforma.
La dificultad radica en que la decisión sobre dónde termina una opinión política y dónde comienza una conducta que habilite la expulsión quedará inicialmente en manos de la administración pública. Esa amplitud interpretativa podría derivar en cuestionamientos sobre el alcance de las facultades discrecionales del Estado y sobre el respeto de los principios de legalidad y seguridad jurídica.
A ello se suma que la norma tampoco distingue si los hechos deben haber ocurrido dentro del territorio argentino o en el extranjero. La redacción permitiría, en principio, considerar publicaciones realizadas fuera del país o manifestaciones efectuadas años antes del ingreso, sin que el decreto establezca límites temporales ni criterios para valorar la gravedad de cada caso.
Una nueva vuelta de tuerca en la política migratoria de Milei
La modificación se inscribe dentro del endurecimiento de la política migratoria impulsada por la administración libertaria durante el último año. Desde la llegada de Milei a la Casa Rosada, el Ejecutivo avanzó mediante distintos decretos sobre el régimen migratorio, restringiendo derechos y ampliando las facultades de la Dirección Nacional de Migraciones, una estrategia que ya generó presentaciones judiciales y cuestionamientos por parte de organismos especializados en derechos humanos y asociaciones de migrantes.
Con el DNU 681/2026, el Gobierno vuelve a recurrir al mecanismo del decreto para introducir modificaciones en una ley sancionada por el Congreso. Más allá del argumento oficial de proteger a los argentinos frente a expresiones violentas o discriminatorias, la incorporación de conceptos jurídicos abiertos y la ausencia de precisiones sobre su aplicación concreta anticipan un escenario de fuerte debate constitucional. El verdadero alcance de estas nuevas facultades dependerá, probablemente, de cómo las aplique la autoridad migratoria y de las decisiones que adopten los tribunales cuando comiencen a llegar los primeros casos.
Gustavo Sáenz enfureció con Javier Milei y salió a cuestionar la decisión del gobierno libertario de permitir el ingreso de bananas de países que tienen plagas.
«Eso es una locura de algún funcionario nacional que desde un escritorio deroga de un plumazo con un decreto algo que viene protegiendo a la producción bananera a nivel fitosanitario», alertó el gobernador de Salta.
El mandatario se refiere a la resolución 114, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca que el lunes 20 de julio eliminó ocho normativas de regulación de diferentes actividades agropecuarias al considerarlas obsoletas o que ya han cumplido con el objetivo por los cuales habían sido dictadas.
El secretario de Agricultura es Sergio Iraeta y su área depende del ministerio de Economía de Luis Caputo. Sin embargo, trascendió que la resolución podría haber sido firmada por presión de Federico Sturzenegger.
Esta mañana, Sáenz recordó por radio Mitre que en su provincia tienen «3 mil hectáreas que producen bananas para todo el país» y explicó que si a esa zona llega la sigatoka, una enfermedad foliar generada por un hongo que afecta a bananos y plátanos, «la tierra se convierte en improductiva durante mas de 30 años».
«Hay que defender a los productores y a la tierra», sostuvo el mandatario. Y, en ese sentido, arremetió contra los funcionarios que buscan la desregulación estatal e impulsan las denominadas leyes hojarascas a que se interioricen de los temas con las autoridades y productores de las provincias.
«Hay que decirle a los que están en Buenos Aires que de una vez consulten» con las provincias. Esto fue una falta de respeto y un desconocimiento total de lo que es la Argentina y las necesidades que tiene la producción», dijo Sáenz.
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