Prohíben la venta de dos aceites de oliva

Prohíben la venta de dos aceites de oliva

 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), retiró del mercado argentino dos marcas de aceites de oliva por presentar graves faltas administrativas, falta de registros oficiales y posibles riesgos para la salud. Las marcas afectadas son “Mito Andino” y “SOMA”, que fueron calificadas como ilegales tras detectarse inconsistencias en su documentación y en los datos de sus etiquetas.

Las disposiciones se dictaron a fines de julio de 2025 y fueron publicadas oficialmente por el organismo. La decisión se tomó luego de investigaciones impulsadas por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), con intervención de autoridades sanitarias de Mendoza y Córdoba.

En ambos casos, se comprobó que los productos no contaban con los registros exigidos por la legislación vigente, lo que impidió garantizar su trazabilidad, seguridad y adecuadas condiciones de elaboración.

Cabe destacar, que este miércoles, la ANMAT inició una investigación que comenzó luego de que un consumidor denunciara haber sufrido quemaduras en las manos al utilizar un “Detergente Eco. 5 lts. Química Spegazzini”, el cual prohibió su elaboración y venta.

Aceite de oliva “Mito andino”

El caso más destacado es el del “Aceite de oliva virgen extra primera prensada” de la marca Mito Andino, que fue retirado del mercado al comprobarse que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Producto Alimenticio (RNPA), que figuran en su etiqueta no existen en los sistemas oficiales.

Según la Disposición 5434/2025, el producto fue considerado ilegal bajo la Ley de Alimentos por carecer de respaldo legal, lo que impide verificar su origen y condiciones de elaboración. La investigación se inició tras una consulta del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que detectó inconsistencias en la documentación.

Posteriormente, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos solicitó información a la autoridad competente de Mendoza, que confirmó que los registros indicados no estaban habilitados ni figuraban en su base de datos.

Ante este escenario, la ANMAT decidió extender la prohibición a cualquier otro producto que utilice los mismos RNE 13005521 y RNPA 02513032729, considerados inválidos. El organismo advirtió que este tipo de infracciones comprometen la salud pública, ya que impiden verificar si el producto fue elaborado bajo condiciones adecuadas de higiene y seguridad.

Aceite de la marca SOMA

Una situación similar se detectó con el aceite de oliva de la marca SOMA, de origen cordobés, cuya comercialización también fue prohibida mediante la Disposición 5433/2025. En este caso, las sospechas surgieron por irregularidades en los datos del etiquetado, las cuales fueron confirmadas tras una verificación a través del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria y el Sistema Federal de Gestión del Control de Alimentos (SiFeGA).

Si bien inicialmente la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba había validado los registros, una investigación posterior reveló que los documentos eran inválidos y los rótulos, adulterados. La ANMAT resolvió entonces la prohibición de la venta del producto en todo el país, al no poder determinar su origen ni certificar que fue elaborado en establecimientos habilitados.

Ambas disposiciones se enmarcan en las competencias establecidas por los decretos 1490/92 y 94/2023, y por el Código Alimentario Argentino, y refuerzan la labor de fiscalización del organismo ante la circulación de productos sin trazabilidad ni respaldo normativo.

Desde el organismo nacional instaron a las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a intensificar los controles y garantizar que se retire de circulación cualquier lote de aceite vinculado a los registros irregulares. También se pidió a la población evitar el consumo de estos productos y denunciar su presencia en góndolas físicas o plataformas digitales.

Como parte de su mensaje final, la ANMAT recordó a los consumidores la importancia de verificar siempre los datos de origen y registro en los productos alimenticios que adquieren, y reportar cualquier irregularidad para prevenir intoxicaciones o el consumo de alimentos no aptos para la salud.

Qué es la ANMAT y cuáles son sus roles

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), es el organismo encargado de garantizar que los productos vinculados a la salud humana cumplan con los estándares de calidad, seguridad e inocuidad establecidos por la normativa argentina. Funciona bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Nación y tiene competencia en todo el territorio nacional.

Creada en 1992, la ANMAT tiene como misión controlar, autorizar y fiscalizar una amplia gama de productos: desde medicamentos, alimentos y dispositivos médicos, hasta cosméticos, suplementos dietarios y otros insumos sanitarios. También supervisa los procesos tecnológicos y de producción relacionados con estos bienes, con el fin de resguardar la salud de la población.

Entre sus funciones clave se destacan el registro de productos, la inspección de establecimientos, la evaluación de riesgos sanitarios y la emisión de disposiciones frente a irregularidades. A través de estas acciones, la ANMAT actúa como un pilar fundamental en la política sanitaria nacional, promoviendo el acceso a productos seguros, confiables y de calidad.

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