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Medidas sanitarias vigentes hasta el 17 de septiembre

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 6526 del Ministerio de Salud de Río Negro que extiende las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 17 de septiembre.

Circulación

La restricción a la circulación de las personas será entre las 2:00 de domingo a jueves, y la 3:00 los días viernes, sábado y vísperas de feriado, hasta las 6:00 del día siguiente.

Habilitaciones

*Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas.

*Las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 200 personas.

*Los locales gastronómicos podrán funcionar durante el horario de circulación habilitado. En todos los casos se permite un máximo del 70% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

*Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

*Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

*La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

*La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 70% del aforo.

*La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse con público asistente hasta un 50% del aforo máximo, evitando toda aglomeración de personas.

*La realización de eventos religiosos en lugares cerrados, en los que deberá observarse, como máximo, un 70% de aforo.

*Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos según protocolo y con un aforo máximo del 70% del espacio donde se realizan.

*La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 70% de su capacidad.

*La realización de actividades en cines, teatros, museos, salas de espectáculos de centros culturales o salones de eventos a los efectos del desarrollo de artes escénicas o actividades culturales, durante el horario de circulación habilitado. En todos los casos se permite un 70% de aforo. Los empleados y las personas que se encontraren en dichos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante tickets de acceso al espectáculo.

*La actividad de casinos y bingos podrá funcionar de acuerdo al horario de circulación habilitado, con un aforo máximo del 70% del espacio disponible. Los empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

*La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 70% del espacio disponible, o un máximo de 200 personas, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

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    Un informe del Centro de Estudios de la UIA expuso un fuerte desplome de la actividad industrial en noviembre, del orden de los 6 puntos, dato que va en línea con la contracción del consumo de energía de grandes usuarios (fábricas), que fue del 5,8%.

    Uno de los sectores más golpeados sigue siendo el de la construcción. Los despachos de cemento registraron una merma del 7,7%,, con bajas por encima del 20% respecto a 2022 y 2023. «La demanda interna aún está debilitada», alertaron en la entidad presidida por Martín Rappallini.

    Otro rubro afectado fue el de la producción automotriz, que cayó un 22% a raíz de la baja de ventas en el mercado interno que, como contó LPO, generó el freno de la producción por más de un mes en plantas como la de Peugeot-Citroen. Asimismo, la producción del complejo metalmecánico tuvo una baja del 0,5%

    «La actividad industrial aún se encuentra estancada», señalaron en la UIA, al argumentar que los números están en los mismos niveles del cuarto trimestre 2024 y en torno a un 10% por debajo de 2022 y2023).

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    Por otro lado, a partir de datos del informe de coyuntura de la Fundación Observatorio PyME, se expuso una «situación crítica» para las pymes durante el tercer trimestre de 2025, en donde persiste la contracción de la actividad con una caída acumulada de la producción de 4,1% y del empleo de4,6%.

    Entre las principales dificultades, el 81% de las pymes acusaron una fuerte presión de costos y el 37% expuso una pérdida de participación en el mercado interno ante una competencia importada principalmente de productos de origen chino.

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    Frente a ese cuadro, más de la mitad de las empresas (un 52%) reportó retrasos en los pagos de clientes y un 35% admitió tener problemas para cumplir sus compromisos financieros.

    Ya en octubre, a nivel sectorial cayeron 11 de los 16 sectores que componen el índice en términos interanuales. El sector con mayor baja de producción es el textil, con un derrumbe interanual del 24%. 

     

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     La caída del juicio abreviado contra el financista Luis Herrera y sus dos hijos provoca una crisis que tiene impacto institucional. El defensor de los acusados de estafar a un centenar de ahorristas declaró que el fiscal regional de Rosario los metió en una trampa a sus clientes. Primero al avalar ante él mismo y los fiscales del caso la celebración de un acuerdo en el que sus defendidos aceptaron los delitos. Pero luego al quitarle su respaldo de manera repentina y con argumentos endebles.

    El fiscal regional de Rosario Matías Merlo rechazó este lunes que la Unidad Fiscal de Delitos Económicos cierre un juicio abreviado hacia Luis Herrera al que los fiscales Miguel Moreno y Sebastián Narvaja le acordaron una pena de cinco años de cárcel y una pena condicional para sus hijos que con ella quedarían en libertad. Los Herrera están acusados por administración fraudulenta y lavado de activos por un perjuicio de entre 30 y 60 millones de dólares contra unas 150 víctimas.

    Una situación que añade perplejidad es que hace tres días a pedido de la misma fiscalía actuante, con el abreviado cuestionado, a los tres imputados les prorrogaron la prisión preventiva hasta el 14 de abril. Cuando el acuerdo firmado a dos de ellos les aseguraba irse en libertad.

    Cuando trascendió que el abreviado estaba en marcha un grupo de damnificados cuestionó por muchos motivos que se eligiera este tipo de cierre al caso. Sobre todo porque se trataba de delitos de gran conmoción pública que merecían ventilarse en un juicio oral y público, y no en un acuerdo de partes de limitada publicidad.

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    Pero lo que afirma el defensor de los imputados, Gustavo Franceschetti, es que el fiscal regional Matías Merlo los colocó en una posición de efectos irreversibles en cuanto al derecho de defenderse. «Mis representados fueron conducidos a una trampa en la que se han quedado sin un juicio justo y sin un tribunal imparcial. El Ministerio Público de la Acusación (MPA) les hizo una propuesta de abreviado a Luis Herrera y sus hijos que era difícil de rechazar. Y una vez que la aceptaron, se echaron hacia atrás, lo hicieron público y ahora no hay juez en toda la provincia que no se haya enterado», le dijo a LPO.

    ¿Qué quiere decir esto último? Que ahora los Herrera serán juzgados en forma oral y pública, dice Franceschetti, por jueces que ya saben que ellos aceptaron declararse culpables. Y que esa circunstancia tiene un peso demoledor en la futura sentencia.

    Dos discusiones

    Este es un debate que es trascendental en términos de los procedimientos con que se juzgan a las personas en Santa Fe. Es algo que corre por otro andarivel de los hechos que se le atribuyen a los tres imputados y de la prueba que hay contra ellos a la que este medio se refirió reiteradamente. El problema institucional, dice el defensor, es que el fiscal regional de Rosario comprometió que el abreviado avanzara y finalmente volvió sobre su propia decisión, cuando los imputados ya tenían firmado el acuerdo.

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    Este viernes LPO le consultó a Merlo sobre su decisión. «Antes de avalar cualquier abreviado tenemos que tener la conformidad de las víctimas. Más en los casos de multiplicidad de víctimas. Debemos constatar que la respuesta sea ajustada a derecho y después se toma decisión. En este caso no se cumplía esa circunstancia y no había una reparación a las víctimas», sostuvo Merlo.

    «No se advierte una concreta voluntad de resarcimiento. Los bienes cautelados se hallan sujetos al proceso concursal y no podrían ser objeto de disposición, lo que vuelve ilusoria cualquier compensación penal anticipada», escribió Merlo en los fundamentos del rechazo.

    El defensor de los Herrera es un abogado que es docente de la Facultad de Derecho de la UNR y fue dos períodos jefe de la Defensa Pública de Rosario entre 2011 y 2023. El remarca con contundencia que Merlo había convalidado ante los fiscales Moreno y Narvaja la salida del juicio abreviado en una reunión en la que él estuvo presente.

    «No pueden titubear»

    «Las autoridades del MPA tienen la facultad de ir a juicio o de ofrecer una propuesta alternativa. Lo que no puede hacer es titubear, faltar a la palabra. Esas marchas y contramarchas generan expectativas y daños irreversibles. Las razones que dio la Fiscalía Regional para no avalar el acuerdo, estaban presentes desde el minuto uno, no eran desconocidas», remarcó Franceschetti.

    «Solo un 25 por ciento de los querellantes manifestó disconformidad con el acuerdo del abreviado y se sabe que para que sea viable tiene que haber una mayoría de aceptación. En un caso con casi 200 querellantes, donde era seguro que no todos iban a estar de acuerdo, es obvio que se obtienen avales previos y supongo que no caerán en la bajeza de negarlo», enfatizó el defensor.

    Merlo, que acaba de quedar por concurso como fiscal regional tras haber estado interino en el mismo cargo, le dijo a LPO lo contrario de Franceschetti. «Uno está tranquilo con lo que resuelve. No había esa mayoría. La respuesta no era la más justa por el daño ocasionado», afirmó.

    Según plantea Merlo 33 querellantes aceptaron el abreviado, mientras que 27 se opusieron formalmente. El resto de las víctimas, unas 350 en total, no estaban constituidas como querellantes o no expresaron postura alguna. Eso para la fiscalía es fundamental para el rechazo al abreviado. Franceschetti dice que la ley es taxativa respecto que no expresar posición no puede tomarse como rechazo.

    Franceschetti interviene en un caso donde hay sustanciosa prueba contra sus clientes. Pero sostuvo que no siempre la aceptación de un abreviado tiene que ver con reconocerse como culpable sino con optar por la situación menos opresiva. «Luis Herrera y sus hijos están en prisión preventiva hace un año. Según los tiempos de la Justicia rosarina, el juicio recién se podría hacer en dos años más. Entonces les ofrecen asumir responsabilidad a cambio de que obtengan la libertad los hijos, o bien soportar dos años de prisión. Es algo difícil de rechazar. Luis acepta declararse culpable para que sus hijos sean excarcelados. Ellos no se reconocen culpables pero es muy duro soportar tres años de prisión para tener la oportunidad de demostrar la inocencia en juicio».

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    El abogado de los Herrera califica como un bochorno institucional la actuación de la Fiscalía Regional de Rosario en esto. «Es escandaloso. El MPA le ha agregado una razón más a la habitual crítica a los acuerdos abreviados. Las personas encarceladas no deciden libremente, quedan contra la espada y la pared, máxime cuando el sistema les ofrece un juicio recién a dos o tres años del encarcelamiento. En estas condiciones, el sistema todo el tiempo se está arriesgando a condenar a inocentes o imponer sanciones más graves de las que corresponden en Derecho. Esto va en contra la naturaleza misma del proceso penal que debe ser una garantía contra estas situaciones. Si además se hace público un acuerdo fracasado, ese riesgo aumenta mucho más», declaró.

    Esto lo dice porque partes de la resolución del fiscal regional Merlo que rechaza el abreviado, y con eso mismo reconoce su existencia, fue publicada en diversos medios periodísticos. «Cuando hay un proceso con 140 querellantes uno solo puede haberlo filtrado», dice justamente uno de los querellantes que habló con LPO por este asunto. «Pero por eso es muy complicado para la Fiscalía volver atrás de su compromiso inicial. Es difícil pensar que la fiscalía lo filtró, pero que se haya filtrado revela la ambigüedad de la fiscalía, y además los fiscales intervinientes quedan desautorizados», subrayó el abogado.

    Que se escurra el texto de una negociación secreta entre partes es un problema y además un descrédito a futuro para el MPA. «Cualquier juez al que le toque en el futuro este caso sabe que hay tres imputados en juicio que se declararon culpables. Ellos lo hicieron midiendo conveniencias. Pero el efecto es uno solo y es que se asumieron culpables. Acá está el escándalo», dijo Franceschetti.

    Esto además es diferente a cuando un tribunal de jueces no homologa un abreviado por defectos legales, como pasa rutinariamente, o como pasó en el caso del abreviado de miembros de la banda de Los Monos. En este caso, remarca la defensa, la Fiscalía primero impulsó el abreviado autorizando a sus fiscales actuantes a firmar el acuerdo. Y después lo rechazó.

    «La solución propuesta resulta contradictoria y no se ha demostrado, a la luz de los hechos investigados, una actitud de reconocimiento del daño o arrepentimiento genuino por parte de los imputados hacia las víctimas», indica la resolución del fiscal regional Merlo. Que sobrevino a una reunión en la que participó el mismo Merlo, querellantes y el representante de los imputados. Pocos días después de esa reunión, donde hubo objeciones al acuerdo de algunos querellantes, la fiscalía regional lo rechazó.

    «Es un papelón. Indujeron a mis representados a firmar primero, expusieron públicamente que firmaron lo que la fiscalía les propuso, y rechazaron ellos mismos lo que propusieron», dijo Franceschetti. «Este proceder institucional no es sin consecuencias».

     

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