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Más de $ 2 millones para el funcionamiento de los CDI

El Intendente Marcelo Orazi recibió el martes a la titular de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de Río Negro, Roxana Méndez, quien le confirmó que la Municipalidad recibirá $2.860.800 para el funcionamiento de los tres Centros de Desarrollo Infantil de la ciudad.

Este aporte fue gestionado ante el gobierno nacional y beneficiará directamente a alrededor de 106 niñas y niños que asisten a los CDI de los barrios Matadero, El Sauce y 25 de Mayo.

“Corresponden a un subsidio inicial y subsidio mensual”, le manifestó Méndez al Intendente.

El trabajo articulado entre el Municipio y la SENAF ha permitido, además de este aporte, la futura construcción de un nuevo CDI a través del Programa de Ampliación y Refacción Edilicia  y la refacción en la infraestructura de otros dos espacios.

Orazi, quien estuvo acompañado por la Secretaria de Desarrollo Social Luisa Ibarra, expresó su satisfacción por los “resultados positivos fruto de las gestiones y del trabajo conjunto” y agradeció a Méndez y su equipo técnico por el acompañamiento.

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    Tasers en la Ciudad: un nuevo instructivo refuerza el uso policial sin sumar controles reales

     

    La Ciudad aprobó un nuevo instructivo para el uso de armas eléctricas D.E.I.M., derogando la versión de 2023. El texto incluye pautas internas para la Policía de la Ciudad, pero mantiene amplias zonas de discrecionalidad, sin controles externos ni límites técnicos definidos. La normativa se apoya en criterios de organismos internacionales, aunque omite las advertencias más fuertes sobre riesgos y abusos documentados en el mundo.

    Por Roque Pérez para NLI

    Un instructivo que promete precisión, pero deja amplios márgenes de decisión policial

    La Resolución 1546/MSEGC/25 publicada hoy en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires deroga la normativa anterior y aprueba una nueva guía para el uso de los Dispositivos Electrónicos de Inmovilización Momentánea, las conocidas “Tasers”. El Ministerio de Seguridad afirma que el instructivo busca garantizar legalidad, proporcionalidad, gradualidad y rendición de cuentas, alineándose —al menos en el discurso— con los principios que mencionan las leyes 5.688 y 6.684.

    Sin embargo, el texto no fija límites técnicos concretos sobre:

    • duración máxima de descargas,
    • cantidad de aplicaciones permitidas,
    • distancia recomendada para minimizar lesiones,
    • parámetros para personas en estado de vulnerabilidad fisiológica.

    Son aspectos que otros países sí incorporaron. En Reino Unido, por ejemplo, hay reglas operativas que establecen tiempos máximos de impulso eléctrico y prohíben múltiples descargas consecutivas salvo casos excepcionales. En Canadá, muchas jurisdicciones exigen reportes públicos trimestrales con datos desagregados de cada uso.

    En contraste, el instructivo porteño deja estos puntos enteramente a criterio del operador, dentro de fórmulas generales como “riesgo cierto e inminente”.


    La capacitación obligatoria es un avance, pero sin auditoría independiente

    La resolución encomienda al Instituto Superior de Seguridad Pública la formación de instructores y operadores, algo que sí aparece como un punto positivo frente a otras provincias donde estas armas se incorporaron sin entrenamiento previo obligatorio.

    Pero el esquema de capacitación queda cerrado hacia adentro, sin participación de organismos de derechos humanos ni de instituciones externas, un aspecto que la ONU recomienda explícitamente en sus orientaciones de 2021.

    El Alto Comisionado de las Naciones Unidas —citado incluso por la propia resolución— también advierte que las armas eléctricas pueden generar lesiones graves, especialmente en:

    • personas con afecciones cardíacas,
    • personas reducidas en el piso,
    • personas expuestas previamente a otros métodos de control,
    • situaciones de estrés intenso o consumo de sustancias.

    El instructivo porteño menciona la necesidad de brindar atención médica inmediata, pero no establece cómo se verificará, quién lo controlará ni si se difundirá información pública sobre estos procedimientos. Sin ese componente, la posibilidad de opacidad se mantiene intacta.


    Baja letalidad no es sinónimo de bajo riesgo

    En la región, ciudades como Bogotá o Montevideo solo permiten estos dispositivos bajo estrictas reglas de disparo, y en muchos casos obligan a activar mecanismos de supervisión civil para cada incidente. Algunas incluso prohíben completamente su uso en contextos de protesta social.

    El instructivo del gobierno de Jorge Macri no incorpora estos resguardos. Tampoco establece la obligación de publicar reportes periódicos sobre cada uso, lo que impide conocer cuántos disparos se realizan, en qué contextos y con qué consecuencias. Sin datos públicos, la ciudadanía queda sin herramientas para evaluar el impacto real.

    El propio ACNUDH remarca que la “baja letalidad” solo es efectiva cuando existe supervisión externa, transparencia y límites verificables. En ausencia de esos elementos, estas armas tienden a expandirse hacia situaciones donde no existe peligro grave, especialmente en controles rutinarios y detenciones selectivas.


    Una regulación que ordena la herramienta, pero no soluciona el riesgo estructural

    El nuevo instructivo aporta organización interna para la Policía de la Ciudad, pero no resuelve el problema de fondo: la falta de controles públicos, límites precisos y garantías para prevenir abusos.

    Sin mecanismos independientes de auditoría, sin datos públicos y sin participación civil, la regulación aprobada corre el riesgo de consolidar un uso más extendido y discrecional de las armas eléctricas, bajo un marco que formalmente habla de proporcionalidad pero que no incorpora los resguardos que sí aplican otras ciudades del mundo.

    La verdadera modernización no llega con equipamiento, sino con transparencia, controles externos y responsabilidad estatal. Nada de eso aparece con claridad en el instructivo porteño.

     

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