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LA MUJER

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En la semana del inmigrante compartimos relatos de nuestra historia narrados por protagonistas. En este fragmento «La Mujer».

  • Antonia Marcó de Liberatti
  • Juan Basilio Benedetti
  • Francisco Galetta

Entrevistas: Magalí Catriquir (Museóloga)
Realización: Alencastre-Saldaña

Producción realizada para el 90° aniversario de Villa Regina.

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  • Kicillof va a la Corte contra un fallo que ordena a la Provincia a pagar 5.500 millones a Nación por dos locomotoras

     

    El gobierno de Axel Kicillof recurrió a la Corte Suprema reclamando anular un fallo que le ordena a la Provincia a pagar USD 3.895.000 a la Nación por una multa que, a la fecha de su liquidación, representa $ 5.511.425.000.

    Es a raíz de un extenso proceso judicial derivado del incumplimiento de un contrato efectuado en agosto de 1999 por el que la Nación le cedía en préstamo por un año a la Provincia dos locomotoras General Motors de trocha media.

    Al cumplirse el año, en agosto de 2000, el gobierno de Carlos Ruckauf no solo no abonó el canon mensual sino que tampoco devolvió las locomotoras. Por eso, comenzó a correr una multa de USD 1.000 por día.

    En diciembre de 2017, cuando el gobierno de María Eugenia Vidal cerró Ferrobaires, esas locomotoras fueron devueltas a Nación. Pero en el reciente fallo de la Cámara, esa restitución no contó a la hora de aplicar el mecanismo de conversión monetaria.

    Mientras, el gobierno de Javier Milei ya presentó la intimación para que la Provincia pague lo adeudado «bajo apercibimiento de ejecución».

    La Provincia acusa una «contradicción» manifiesta del tribunal, ya que éste reconoció la restitución de las locomotoras en 2017 pero, simultáneamente, mantuvo un mecanismo de conversión monetaria de la multa bajo el supuesto de que nunca fueron restituídas

    Es en ese marco que la Provincia se presentó ante la Corte pidiendo que se deje sin efecto lo que definió como una «escandalosa multa» impuesta en etapa liquidataria, en febrero último.

    Los abogados del Estado bonaerense cuestionaron que, en el fallo de Cámara, el criterio de conversión monetaria de la multa se haya fijado sobre la base de que las locomotoras nunca se restituyeron, algo que sucedió en 2017.

    En la presentación realizada días atrás a la que tuvo acceso LPO (ver abajo), el planteo de la Provincia habla de una «contradicción» manifiesta del tribunal, ya que éste reconoció la restitución de las locomotoras y fijó el corte temporal de la multa al 27 de diciembre de 2017.

    «Pero, simultáneamente, mantuvo un mecanismo de conversión monetaria construido sobre el presupuesto fáctico contrario, o sea, la inexistencia de restitución hasta la fecha de liquidación». Es así que el tipo de cambio tomado no fue el de diciembre de 2017, sino el de febrero de 2026, con el dólar a $1.415.

    «Tal escisión entre presupuesto fáctico y consecuencia jurídica configuró una solución arbitraria», acusaron los representantes del Estado bonaerense.

    Así, la Provincia le pidió a la Corte que haga lugar a la cautelar solicitada, suspenda la ejecución y los plazos procesales ligados al cumplimiento de la sentencia. Además, solicitó que declaren la nulidad parcial de las resoluciones liquidatorias cuestionadas.

     Los abogados del Estado bonaerense plantean que la sentencia «desconoce normas federales como la Ley 25.561, que dispuso la pesificación de obligaciones de contratos administrativos a la relación 1 peso = 1 dólar», por lo que advierten que se incurre «en arbitrariedad de sentencia». 

    En caso de no hacer lugar, pide la «morigeración judicial de la cláusula penal, por resultar manifiestamente exorbitante, irrazonable y contraria a la buena fe».

    Desde la primera demanda en 2004, el proceso judicial por estas dos locomotoras tuvo un extenso derrotero.

    En 2021, llegó la sentencia de primera instancia del Juzgado Contencioso Administrativo 11, que hizo lugar al planteo de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF) pero no fijó monto de condena.

    En 2022, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó una nueva liquidación. En 2023, con la etapa de liquidación, la Provincia planteó la pesificación de las obligaciones pero el juez lo rechazó.

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    Es ahí donde los abogados del Estado bonaerense plantean que la sentencia «desconoce normas federales como la Ley 25.561, que dispuso la pesificación de obligaciones de contratos administrativos a la relación 1 peso = 1 dólar», por lo que advierten que se incurre «en arbitrariedad de sentencia».

    «Se llega a una condena exorbitante que excede incluso el valor real de las locomotoras que fueron entregadas a la provincia originariamente en locación pero luego afectadas al régimen de concesión de Nación a Provincia», advirtieron.

     En caso de no hacer lugar la Corte al planteo, la Provincia pide la «morigeración judicial de la cláusula penal, por resultar manifiestamente exorbitante, irrazonable y contraria a la buena fe». 

    En ese punto, agregaron: «Mientras la deuda principal e intereses reconocidos ascienden a poco más de 3.3 millones de pesos, la cláusula penal mediante el mecanismo cuestionado supera los 5.500 millones de pesos. La magnitud de la diferencia evidencia por sí sola la pérdida absoluta de razonabilidad».

    En un informe de marzo pasado, la subsecretaría de Hacienda provincial advirtió que, en virtud de la magnitud de los montos reclamados en esta causa, «no se cuenta con disponibilidad de recursos en la partida presupuestaria específica para afrontar dicho gasto en lo inmediato». 

     

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  • La ley de zonas frías limpia el balance de las elécticas y podría dispararse la acción de Edenor y Edesur

     

    La votación sobre el régimen de Zona Fría incluyó un articulado que busca compensa las deudas que las compañías eléctricas arrastran con la mayorista Cammesa, desde la época en la que las tarifas estaban congeladas. El avance de este mecanismo podría disparar las cotizaciones de Edenor y Edesur, las dos eléctricas que cotizan en la Bolsa.

    La compensación es una idea de la secretaria de Energía, Martía Tettamanti, que entiende que los años de tarifas congeladas son un «activo regulatorio» de las distribuidoras que no tenían otra alternativa que dejar de pagarle a Cammesa, para no quebrar. «Las eléctricas no iba a pagar esa deuda y el Gobiero no se la iba a pagar, pero hacer esta compensación es importante porque le mejora el balance en los libros y ahora las compañías valen mucho más, si algún grupo las quiere comprar», explicó a LPO un directivo del sector.

    El corazón de la discusión está en el artículo 4 del proyecto 03/PE-2026 enviado por Javier Milei bajo el título «Autosuficiencia económico financiera del Mercado Eléctrico Mayorista». Detrás del lenguaje técnico, la iniciativa habilita al Estado a reconocerles a las distribuidoras eléctricas «ingresos no percibidos» durante los años de congelamiento tarifario entre 2002 y 2015.

    La idea es sencilla pero su implementación no tanto. La idea es que el Estado calculará cuánto dinero habrían dejado de ganar las empresas durante los años de tarifas pisadas y luego utilizaría ese monto para compensar las deudas que mantienen con Cammesa por compra de energía. Pero todavía no hay acuerdo sobre las cifras.

    El gobierno le quiere perdonar USD 1.842 millones de deuda con Cammesa a las eléctricas

    Según los balances de las propias compañías, Edenor mantiene una deuda con Cammesa de 395.698 millones de pesos al 31 de marzo de 2026. Pero la empresa reclama un «activo regulatorio» de 3,65 billones de pesos a valores de septiembre de 2024, presentado en la Revisión Quinquenal Tarifaria 2025. Es decir: el reclamo empresario supera más de diez veces la deuda que mantiene con Cammesa.

    Para el mercado esto es potencialmente enorme. Si el Estado reconoce aunque sea parte de esos activos regulatorios, Edenor y eventualmente Edesur mejoran fuertemente patrimonio y resultados. Eso después se traduce en valuación bursátil.

    Por eso, durante el tratamiento de la ley la oposición cuestionó que el articulado deja abierta una zona gris: qué ocurre con el excedente entre el «activo regulatorio» y la deuda con Cammesa. En efecto, el texto establece que el eventual crédito se utilizará «hasta el límite» de las obligaciones con Cammesa. Pero no aclara qué pasa con el saldo restante.

    Como sea, un operador del mercado que sigue de cerca a las energéticas explicó a LPO que la lectura en la City es muy clara: «Si el Gobierno termina validando la compensación, las distribuidoras podrían mostrar una mejora patrimonial muy importante en sus balances y esto debería empujar las acciones», afirmó.

    La secretaria de Energía, María Tettamanti.

    «Para el mercado esto es potencialmente enorme. Si el Estado reconoce aunque sea parte de esos activos regulatorios, Edenor y eventualmente Edesur mejoran fuertemente patrimonio y resultados», explicó.

    «El mercado interpreta que el Gobierno está dispuesto a ordenarles los balances a las distribuidoras y eso normalmente termina impactando en la cotización de las acciones», agregó.

    El proyecto también establece que las sumas resultantes quedarían exentas del Impuesto a las Ganancias para las distribuidoras y transportistas eléctricas de jurisdicción federal.

    Por eso, los críticos sostienen que el Gobierno está construyendo un privilegio fiscal y regulatorio para las distribuidoras, pero lo cierto es que en la City entienden que la combinación de reorganización tarifaria y compensación de deudas,  no sólo limpia el balance de las empresas, si no que además las deja en condiciones objetivas para que mejore de manera importante su cotización bursátil.

     

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