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LA FESHRARI ES MÍA, MÍA, MÍA.

Sucede algo no tan extraño con las personas que basan su carrera laboral ocupando cargos ejecutivos y legislativos en nuestro país. Hay bastante literatura sobre el tema y algunos historiadores están reinventando la manera de contarla, hasta en distintos formatos y soportes.

Distintas personas que ejercieron cargos ejecutivos en sus años de gestión nos fueron dando pistas que ya tenía puesta una capa de oro (una especie de sangre azul es la democracia del lobby y los abogados) y que podían adueñarse de los bienes del Estado como mandatarios en ejercicio. Ellos inventaron frases como “La ferrari es mía, mía, mía”, creyendo que un sujeto podía quedarse con un automóvil “Testarrosa 348 tb” que fue un obsequio a un Jefe de Estado y no a la persona que ocupaba el cargo. Una interpretación libre sobre ética, protocolo y leyes digna de Argentina en el año 1991.

Uno puede ser generoso y opinar que a veces los políticos confunden el rol de Estado con lo propio. Y que ese es el estado de las instituciones en nuestra comunidad, que construyen diariamente los organismos del Estado que nos regulan. Será que la “Rebeldía” del gaucho que alimenta una parte del ser argentino es un poco exagerada?.

En nuestra provincia hay varios ejemplos sobre esta “confusión” de clase, pero la atracción la sienten con seguir ocupando el mismo cargo, elegido en votaciones libres cada cuatro años. Sobre todo la gran atracción de seguir ocupando la silla del Gobernador de la Provincia.

Para este cometido generalmente utilizan dos tipos de estrategias:

La primera es con la aplicación cotidiana que generan ocupando el cargo. El “Rol” de Estado que ejercen aplicando políticas públicas, que bien administradas, le generarían una chance válida de someter su cargo a elecciones. Las áreas del Estado que administran son: Áreas sociales (generalmente las más clientelares), obras públicas, estado de la administración, capacidad de gestión y saber construir y transmitir un proyecto colectivo reconocible por y para todos nosotros. (En este último están muy flojos en general).

La segunda estrategia es modificar las reglas que están establecidas. Corriendo el riesgo de que una persona ocupe un cargo ejecutivo, un rol de gobierno, durante 12 años continuos. La constitución prevé que tenga que rotar cada 8 años como máximo, según la reforma convencional desde del año 1988.

En casos como el del municipio de Los Menucos este año se termina el gobierno de 20 años de la intendenta Mabel Yahuar por que modificaron su carta orgánica incluyendo que las presentaciones al cargo no puedan ser indefinidas.

Existen tres casos en nuestra provincia de mandatarios que pretendieron modificar la interpretación del artículo 175 que existe desde la creación de la constitución provincial desde 1957.

El Primero es Bautista Mendioroz que siendo vicegobernador de Pablo Verani por dos períodos consecutivos pretendía renovar su cargo por un período más, luego de ser reelecto en el año 1999. Esta instancia llegó a la justicia y todos los actores políticos se expidieron sobre el artículo 175 eliminando esta posibilidad.

Luego fue el intento de Carlos Saiz, que en el año 2010 no pudo hacer prosperar una presentación a un tercer mandato desde una interna abierta entre sectores muy polarizados dentro del radicalismo y definió la candidatura de su línea interna por uno de sus Ministros.

El tercer caso es de su actual Gobernador, que fue elegido una vez como Vice Gobernador y luego Gobernador en el mandato del período siguiente. Si bien en el año 1999 rechazó los argumentos del Vice Gobernador radical, hoy construye una re interpretación del artículo 175 contraria a su 1er opinión. (Recuerda la frase de Groucho Marx sobre la abundancia de convicciones que tienen los políticos)

Río Negro hoy tiene un debate importante, y la ausencia de expresiones independientes se hace sentir diariamente. Habría que pensar sobre la falta de cuadros políticos interesantes en boca de la comunidad que está replegada de la participación política y genera este tipo de vacíos por falta e interés o por las pocas ganas de codearse en el barro de la política partidaria.

Quizá para períodos como estos es que las leyes existen y deben prevalecer. Para poder proteger al ciudadano común y limitar una hipótesis de abuso que da el acceso al poder de manera continua en los cargos principales de conducción de las provincias. Por lo menos hoy la definición la tiene la justicia.

Texto: Esteban Vazquez 
Intervención de Portada: Germán Busin
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    Sin embargo, Villarruel decretó la autorización «ad referéndum del Senado» para que la senadora «pueda participar de manera remota o virtual, con voz y voto, mientras subsista la restricción médica acreditada mediante el certificado obrante en el expediente». Es decir, la habilitación de la Vice deberá ser sometida a consideración de todos los bloques en recinto, aunque se supone que no debería ser rechazada.

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    Mayra salió a defender a Sagasti, pero no tuvo éxito: «decile que renuncie, vale la pena»

    Además, la jugada le da a Villarruel una dosis de fortaleza en medio de los ataques de Patricia Bullrich y Diego Santilli, que pidieron su renuncia por la resistencia de la Vicepresidenta a votar la ley de tierras tras el partido de Argentina contra Inglaterra en el Mundial y hacerse eco por Twitter de comentarios que cuestionan la salud mental de Javier Milei, respectivamente.

    El antecedente más parecido al de Fernández Sagasti es el caso de la diputada Blanca Osuna, quien votó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en diciembre de 2020, desde una sala de internación en la que atravesaba cuidados médicos por el COVID19.

    La jugada le da a Villarruel una dosis de fortaleza en medio de los ataques de Patricia Bullrich y Diego Santilli, que pidieron su renuncia por la resistencia de la Vicepresidenta a votar la ley de tierras tras el partido de Argentina contra Inglaterra en el Mundial y hacerse eco por Twitter de comentarios que cuestionan la salud mental de Javier Milei.

    De hecho, Villarruel apeló como argumento al fallo de la Corte Suprema ante el pedido de Cristina Kirchner a los jueces de una «acción declarativa de certeza», también durante la pandemia y para el funcionamiento de la Cámara Alta por medios virtuales. Allí los magistrados entendieron que «ninguna cláusula constitucional veta la posibilidad de que las cámaras se reúnan, deliberen y voten de forma remota» y que «el Senado cuenta con todas las atribuciones para interpretar su reglamento en cuanto al modo remoto o virtual de sesionar, en ejercicio de la autonomía normativa que le confiere el artículo 66 de la Constitución».

    La Vicepresidenta también consideró en su disposición que la senadora mendocina «no pretende interrumpir ni dejar de ejercer sus funciones sino continuar desempeñándolas».

    Desde el peronismo, aclararon que la aprobación de la participación de Fernández Sagasti de forma remota «no necesita sumarse al temario, como las renuncias de senadores o licencias» y explicaron que «la mayoría que hace falta es de la mitad más uno».

     

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