¡gracias-amuchen!

¡Gracias Amuchen!

En la mañana de este viernes, el Intendente Marcelo Orazi y el Secretario de Coordinación Ariel Oliveros recibieron presentes de parte de Amuchen, representada en esta oportunidad por la Directora Natalia Fioretti.

Se trata de dos cuadros que fueron pintados por dos de los chicos que concurren a la institución: Florencia Clementis y Cristian Mungai.

En la oportunidad, Fioretti transmitió el agradecimiento de parte de la familia de Amuchen por el acompañamiento del Municipio a sus actividades y proyectos. Por su parte, el Intendente Orazi ratificó el compromiso de continuar colaborando con la institución que cumple una importante labor social y de contención en la comunidad.

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  • «Kicillof tenía razón»

     

    Sebastián Soler condujo el equipo legal que inicialmente intervino en Nueva York para defender la legalidad de la expropiación de YPF como subprocurador del Tesoro en el gobierno de Alberto Fernández. Rosarino por adopción, graduado en Derecho en la UNR tiene una maestría en Harvard y durante mucho tiempo litigó en Wall Street. Sobre el fallo que dio la razón a la posición argentina sobre la recuperación de YPF tiene mucho que decir, y lo hace. 

    De elegir dos conclusiones la primera sería, afirma, que se expropió correctamente. La segunda es que hoy deberíamos celebrar todos. «Incluso los que festejan per diciendo que se actuó mal deberían leer el fallo. La Cámara de Nueva York dice que Argentina actuó de acuerdo a su derecho».

    -¿Cuál le parece el punto central por la que la posición argentina se impuso en el fallo conocido hoy?

    -Son en realidad los argumentos de defensa que se promovieron durante la gestión del gobierno anterior y que afortunadamente fueron reiterados por la gestión del gobierno actual. Ha habido una continuidad y eso rindió sus frutos hoy. En resumidas cuentas, la Cámara de Nueva York lo que dice primero es que quizás este juicio debió realizarse en la Argentina, pero reconoce que la jueza Preska tiene amplia discreción para decidir sobre su competencia y, por lo tanto, más allá de un parecer distinto, no revierte la decisión de la jueza, no la revoca, de haberse quedado con el juicio y haber resuelto en primera instancia como resolvió. Paso seguido, la Cámara dice que, por lo tanto, como el juicio está en Nueva York, hay que revisar la decisión de Preska, de novo, que es la expresión en latín que quiere decir como si viéramos estos temas como primera vez. Y lo que dice es que todas las cuestiones en discusión, en este caso, son de derecho argentino, no son de derecho estadounidense, y por lo tanto tenemos que interpretarlas desde ese punto de vista. 

    El paso siguiente es afirmar que es cierto que el Estatuto de YPF decía que Argentina, si adquiría el 49% más de las acciones de YPF en algún momento, por ejemplo, mediante expropiación, debía ofrecerle comprar sus acciones a los demás accionistas minoritarios, y es cierto también que no lo hizo. Pero, dice la Cámara, bajo el derecho argentino, que es el derecho aplicable, deben considerarse dos cosas. El Estatuto de una Sociedad privada no es un contrato bilateral, y, por lo tanto, bajo el derecho argentino, uno de los accionistas no puede demandar por daños a otro de los accionistas –el otro accionista en este caso sería la República Argentina– por el supuesto incumplimiento de una obligación del Estado, y en eso Preska se equivocó. 

    Y segundo, dice la Cámara, bajo el derecho argentino, no la ley específica de la expropiación de YPF, sino la ley general de expropiaciones, no puede una acción de un privado, en este caso la demanda que intenta imponerle a la Argentina la obligación de indemnizar por no haber hecho la oferta de compra, no puede una acción de un privado restringir la potestad expropiatoria amplia que tiene la República Argentina. Recordemos que la facultad expropiatoria es una facultad reconocida por la Constitución Nacional, que sólo impone tres requisitos: que se apruebe por ley, que se declare por utilidad pública, y que se indemniza al dueño efectivamente expropiado, cosa que en este caso se hizo. Por tanto, la Cámara dice: revocamos el fallo de Preska, Argentina tiene razón, ganamos el juicio.

    -Hay un ánimo celebratorio en todos lados, pero argumentos diferentes. Por ejemplo, el expresidente Macri habla de que en YPF hubo una expropiación ilegal

    -Es lo contrario a lo que dice la Cámara, es lo contrario a lo que dicen los escritos de defensa presentados por el Gobierno actual y es lo contrario a los presentados por nuestra gestión durante el Gobierno de Alberto Fernández. Falso. Literalmente es tratar una vez alguien de inmiscuirse y ganar un crédito por algo en lo que no tiene nada que ver. El Gobierno actual puede correctamente decir parte del mérito es nuestro porque efectivamente ellos tomaron tres decisiones atinadas, más allá de las declaraciones desagradables e inoportunas del presidente de la nación de hoy. Las decisiones técnicas que tomó su gobierno fueron atinadas y fueron tres. La primera es que no bien llegaron, ratificaron la designación de Sullivan&Cromwell, el estudio internacional que habíamos elegido nosotros en diciembre de 2019 para que nos defendiera del caso. O sea, el mismo estudio que trabajó en la defensa entre 2019 y 2013, es el que trabajó en la apelación. 

    Segundo, confirmaron al frente de la Dirección de Internacionales de la Procuración del Tesoro a las dos funcionarias de carrera brillantes académicas de Derecho Internacional Público, la doctora Mariana Loza, la doctora Alejandra Echegorri, para que continuaran prestando ese servicio como funcionarias de carrera en la apelación. Ellas así se desempeñaron y son las mismas que nosotros habíamos designado en esos cargos en nuestra gestión. Y la tercera y más importante es que eligieron continuar los argumentos de defensa planteados por la gestión anterior. Esos son los argumentos de defensa que la Cámara acogió y que nos permitieron ganar el juicio.

    -¿Por qué en gobiernos muy diferentes se mantuvo la misma estrategia legal?

    -Primero hay un hay un requisito del derecho procesal estadounidense que no le permite al apelante, en este caso, la República Argentina ya bajo la gestión del gobierno de Milei, plantear argumentos nuevos que no haya planteado en su defensa en la primera instancia, o sea, que había una un impedimento legal. Y segundo, me imagino, porque hablaron con Sullivan&Cromwell, hablaron con las funcionarias de carrera que habían llevado la defensa durante los cuatro años anteriores, y confío que tras una conversación sensata concluyeron correctamente que debían seguir por el mismo camino.

    Axel Kicillof

    -¿Por qué el gobierno de Estados Unidos tuvo coincidencias con la posición argentina?

    -Hay que entender que Estados Unidos no estuvo en contra del fallo de fondo de la jueza Preska. Efectivamente sí el gobierno de Estados Unidos presentó dos escritos muy importantes, apoyando la postura de la defensa argentina. Uno bajo el gobierno de Biden y otro bajo el gobierno de Trump. Fue en dos cuestiones puntuales. 

    La primera, oponiéndose a la pretensión de Burford, acogida por una orden de Preska, de tratar de forzar el pago de esa sentencia ordenándole a la Argentina entregar acciones de YPF. Y la segunda, apoyando la petición de la defensa argentina de suspender el proceso de Discovery, es decir, de adecuación de información, hasta tanto se resolviera el fondo del asunto, que es lo que sucedió hoy. Es decir, el gobierno estadounidense apoyó la defensa argentina, pero en cuestiones colaterales al tema de fondo.

    -¿Y por qué interpreta que hizo eso?

    -Quiero creer que porque está de acuerdo con la postura de la defensa técnica de la defensa argentina, porque cree, en el caso de la orden de entregar las acciones de YPF, que excede las potestades de los jueces de Nueva York, que fija la ley de inmunidad soberana de Estados Unidos, que dice que los bienes de un estado extranjero solamente son embargables si están dentro del territorio de Estados Unidos, y las acciones de YPF, que están registradas en el registro que lleva la Comisión Nacional de Valores de Argentina, no están en el territorio de Estados Unidos. Y en el del caso de Discovery, porque el Discovery había llegado a límites francamente indefendibles en cuanto a cuánto se entrometían en cuestiones internas de la Argentina, la clase de información que pretendían. Pero, sobre todo, porque parecía un despropósito pretender que la Argentina, en el primer caso, pagara la sentencia y, en el segundo, siguiera entregando información cuando el fallo todavía no estaba firme.

    -Alguien sin formación legal ve que Burford adquirió el derecho de ir a juicio por unos 15 millones de euros y que una jueza con eso le aseguró un resarcimiento de más de 16 mil millones ¿Son principios jurídicos los que permiten eso?

    -Burford compra en 15 millones de euros más el compromiso de entregarle a la quiebra de las empresas Peterson en España el 30% de lo que lograra cobrar y se hace cargo de todos los gastos del juicio, incluyendo honorarios de abogados. Efectivamente el 70 por ciento se lo quedaba. La razón por la que Preska decide concederle a Burford 16.000 millones de indemnización más los intereses de 2012 es porque concluye, equivocadamente, ahora lo sabemos por la decisión de la Cámara, que Argentina debió ofrecer comprar las acciones de, en este caso, las empresas Peterson de la familia Esquenazi cuando expropió a Repsol. Y el precio que debió pagar por esas acciones, de acuerdo a la fórmula que establece el estatuto de YPF adoptado por la Argentina en la década del 90 cuando se privatizó, era un precio, según Preska y según Burford, no el que se le pagó a Repsol, no el precio de mercado de las acciones en ese momento, sino el precio más alto que surgía de una fórmula que había puesto Menem, el gobierno de Menem, en el estatuto de YPF, justamente para ser virtualmente imposible expropiar YPF. Esto queda hoy sin efecto. Terminado acá a favor de la Argentina. No hay más condena.

    -¿Cuáles son sus conclusiones sobre lo que dice y lo que formula el fallo conocido hoy?

    -Lo primero, que se expropió YPF correctamente. Para decirlo en términos políticos, Axel tenía razón. Es decir, el gobierno hizo lo correcto en aquel entonces cuando se formuló esta pregunta: ¿Me alcanza con expropiar el 51 por ciento, porque quiero asegurarme que recupero el control estratégico de las políticas de YPF, pero, al mismo tiempo, mantengo su capital abierto cotizando en bolsa y nombro un gerenciamiento profesional? Se acuerda que vino Miguel Galluccio por aquel entonces. Eso se concibió de modo de que la empresa esté al servicio del posible interés Argentina, por ejemplo, reinvirtiendo sus utilidades, haciendo crecer Vaca Muerta. Pero, al mismo tiempo, sin que nadie dude de que el gerenciamiento era profesional, que tiene en cuenta el interés de la empresa también. Esa decisión fue correcta, y la manera de hacer eso era no ofrecer comprar el resto de las acciones, porque, si no, nos quedábamos con el cien y pagábamos una fortuna. Esa es la primera lección del fallo de Cámara de hoy, que dice, que la Argentina actuó de acuerdo a su derecho

    Y la segunda lección, que me parece importante, pero que no se entiende del todo, es que en días como hoy deberíamos celebrar todos. Y nadie debería tratar de hacer de esto una ganancia política. El gobierno actual en vez de derivarse en otras

    cosas

    en una cadena nacional podría decir: «Ganamos porque esto fue una política de Estado que todos suscribimos». Yo desafío a cualquiera que lea los escritos que presentó este Gobierno en la apelación y no va a encontrar una sola frase que diga que Argentina expropió mal.

    -Es arbitrario o torcido decir que porque Argentina expropió hoy tenemos Vaca Muerta?

    -No lo es. Me parece que nadie duda a esta altura que ha sido beneficioso para el país recuperar YPF. Ya ni siquiera pueden decir que se expropió mal. Al menos desde el punto de vista del derecho argentino.

     

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  • Kicillof ganó la interna del PJ en 10 de los 16 distritos que compitieron

     

    El saldo de la interna del Partido Justicialista para Axel Kicillof fue positiva. De los 16 distritos que disputaron la interna, el Movimiento Derecho al Futuro logró imponerse en 10. 

    Entre las mas destacadas aparecen el triunfo de Claudio Román, candidato de Lucas Ghi en Morón contra la lista apoyada por Martín Sabbatella. De todas formas, el sabbatellismo logró la minoría en una disputa que seguirá en 2027. 

    En el conurbano, el axelismo ganó también en San Miguel de la mano de Santiago Fidanza, hombre del Cuervo Andrés Larroque que enfrentó al actual presidente Juanjo Castro y al kirchnerista Hector Fernández, secretario general el Peronismo Militante. Fidanza sacó 53,7% contra 38,1% de Juanjo Castro y 7% de Héctor Fernández.

    Las listas de Axel también ganaron en los municipios de la segunda sección electoral donde se disputó la interna. En San Nicolás ganó Sebastián Vignoles frente a la camporista Cecilia Comerio, en San Antonio de Areco se impuso el kicillofista Matín Lobos frente a Ramiro Ramallo de La Cámpora y en Zarate, Leandro Matilla derrotó a la lista impulsada por Sergio  Berni y Agustina Propato.

    Molestia en el peronismo porque Kicillof demora la designación de los jueces de la Corte bonaerense 

    El listado de victoria de las listas de Kicillof hay que sumar Balcarce con Sergio Aranga, Lobería con José Orbaiceta, Coronel Suárez, Roque Pérez y Saladillo.

    Las listas de Axel también ganaron en los municipios de la segunda sección electoral donde se disputó la interna. En San Nicolás ganó Sebastián Vignoles frente a la camporista Cecilia Comerio, en San Antonio de Areco se impuso el kicillofista Matín Lobos frente a Ramiro Ramallo de La Cámpora y en Zarate, Leandro Matilla derrotó a la lista impulsada por Sergio Berni y Agustina Propato

    En el caso de La Campora, de las tres internas las mas resonantes son dos. En Mar del Plata, Fernanda Raverta ganó con comodidad la interna del Partido Justicialista en la ciudad de Mar del Plata. 

    Lucas Ghi, intendente de Morón.

    Su candidato, Daniel Di Bartolo derrotó a la dirigente de Sadop, Adriana Donzelli que contaba con el apoyo del Movimiento Derecho al Futuro, la CGT, las dos CTA, el Movimiento Evita, dirigentes históricos del peronismo local como Juan Garivoto y Daniel Rodríguez.  

    En el caso de La Campora, de las tres internas las mas resonantes son dos. En Mar del Plata, Fernanda Raverta ganó con comodidad la interna del Partido Justicialista en la ciudad de Mar del Plata

    A su vez, Juan Debandi se alzó con el triunfo en Tres de Febrero contra la lista el MDF liderada por el ex ministro de Salud, Alejandro Collia. 

    El distrito restante donde la agrupación de Máximo Kirchner derrotó al axelisimo fue en  Magdalena, que tuvo un ajustado triunfo de la camporista, Mirna Gurina. 

    Por último, hubo tres distritos donde no se produjo una interna entre las dos facciones principales del peronismo bonarense. En Junín ganó la lista de Fernando Burgos con una suerte de unidad que incluyó a La Cámpora, el Frente Renovador y un sector del MDF contra fuerzas locales. 

    En Lincoln donde se impuso el exintendente y actual presidente del PJ Jorge Fernández, frente al candidato del MDF, Nicolás Rosas y en Torquinst, ganó Alberto Musso, que responde a exintendente massista, Sergio Bordoni. 

     

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    ANSES bajo la motosierra: el gobierno lanzó un retiro “voluntario”

     

    La Resolución 68/2026 publicada este lunes creó un Régimen de Retiro de Voluntad Recíproca para trabajadores de planta permanente de ANSES. Aunque se presenta como una salida voluntaria con compensación económica, el anexo del programa revela condiciones duras: renunciar a reclamos laborales, abandonar cargos sindicales y aceptar la prohibición de volver al Estado durante cinco años. Para sindicatos y especialistas, el plan aparece como otro paso en el proceso de desmantelamiento del organismo previsional.

    Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI

    La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puso en marcha un nuevo programa de retiros laborales destinado a su personal de planta permanente. La medida fue oficializada mediante la Resolución 68/2026, publicada en el Boletín Oficial, y establece un Régimen de Retiro de Voluntad Recíproca (RVR) que estará abierto hasta el 5 de abril.

    En términos formales, el programa propone una salida “de mutuo acuerdo” entre el organismo y el trabajador. Sin embargo, el extenso anexo que acompaña la resolución deja claro que la decisión final queda en manos de ANSES, que puede aceptar o rechazar cada solicitud por “razones operativas o de servicio”.

    La medida se inscribe en el marco de la política de reducción del Estado impulsada por el gobierno de Milei, que desde su llegada al poder viene aplicando recortes y reestructuraciones en numerosos organismos públicos.

    Un retiro con condiciones estrictas

    El plan alcanza a trabajadores de planta permanente con al menos dos años de antigüedad, bajo el Convenio Colectivo 395/98. Pero el anexo establece múltiples exclusiones y condiciones para quienes quieran adherir.

    Entre otras restricciones, no pueden participar quienes tengan causas judiciales contra ANSES, salvo que acepten desistir de ellas. Es decir, el trabajador que decida retirarse deberá renunciar a cualquier reclamo administrativo o judicial vinculado con su empleo.

    También quedan excluidos quienes estén en procesos disciplinarios, quienes hayan iniciado su trámite jubilatorio o quienes superen los 62 años.

    Además, el acuerdo implica la extinción definitiva del vínculo laboral, lo que en términos jurídicos se denomina “distracto laboral por mutuo consentimiento”.

    Renunciar al sindicato para poder irse

    Uno de los puntos más polémicos del anexo aparece en el artículo 4. Allí se establece que los trabajadores que tengan cargos sindicales deberán renunciar a ellos para poder adherir al retiro.

    La norma también exige que quienes se hayan postulado como candidatos a delegados gremiales abandonen esa condición y renuncien a la llamada tutela sindical, es decir, la protección especial que impide su despido.

    Para especialistas en derecho laboral, esta cláusula busca evitar conflictos legales con trabajadores protegidos por la legislación sindical, pero al mismo tiempo pone en evidencia el carácter condicionado del supuesto retiro voluntario.

    La compensación económica

    El incentivo económico consiste en una gratificación extraordinaria de egreso calculada en función de la antigüedad.

    El esquema prevé el pago del 90% de un salario por cada año trabajado en ANSES, con un límite máximo de 24 sueldos.

    En términos de dinero, el programa fija un tope de 80 millones de pesos para el pago en una sola cuota. Si el monto supera esa cifra, se abonará en dos cuotas mensuales.

    La base de cálculo se determina a partir de los conceptos salariales brutos habituales y permanentes del trabajador.

    Prohibido volver al Estado

    El anexo incluye además una cláusula que refuerza el carácter definitivo de la salida.

    Quienes acepten el retiro no podrán volver a trabajar en el Sector Público Nacional durante cinco años, ya sea mediante cargos políticos, contratos, asesorías o cualquier otro tipo de vínculo laboral.

    La prohibición abarca incluso proyectos financiados por organismos internacionales o multilaterales de crédito.

    Un plazo corto y control centralizado

    El período para adherir al programa es extremadamente breve: vence el 5 de abril de 2026, menos de tres semanas después de su publicación.

    El procedimiento también está completamente centralizado. Primero Recursos Humanos verifica los requisitos, luego las áreas jerárquicas evalúan si pueden prescindir del trabajador y finalmente se dicta la resolución aprobando o rechazando la solicitud.

    Una vez aprobado, el acuerdo debe ser homologado ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO).

    El trasfondo político: reducción del organismo previsional

    Más allá del lenguaje técnico de la resolución, el programa aparece como parte de un proceso más amplio de reconfiguración del sistema previsional y reducción de estructuras estatales.

    ANSES es uno de los organismos más grandes del Estado argentino, con miles de trabajadores distribuidos en todo el país y un rol central en la administración de jubilaciones, pensiones y programas sociales.

    En ese contexto, los programas de retiro voluntario suelen funcionar como la primera etapa de procesos de achicamiento institucional, permitiendo reducir personal sin recurrir a despidos masivos que podrían generar conflictos políticos o judiciales.

    Las condiciones fijadas en el anexo —renuncia a juicios, abandono de cargos sindicales y prohibición de volver al Estado— refuerzan la idea de que el objetivo no es solo facilitar retiros individuales, sino acelerar una reducción estructural del organismo previsional.

    Para muchos analistas, el plan se inscribe dentro de la lógica de “motosierra” que el propio Milei prometió durante su campaña y que ahora comienza a impactar también en una de las piezas centrales del sistema de seguridad social argentino.

     

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