La primer compe del año fue para Leñakingos. El «Play-On» tuvo su primer torneo de verano y la familia acompañó, un excelente marco familiar disfrutó de la «Copa JM Estudio Jurídico».
El domingo 6 de febrero fue la fecha en que el «PLAY-ON» del río Negro abrió sus puertas, o mejor dicho tranqueras, para recibir a la familia del 3×3 que sigue creciendo en Villa Regina. Las reposeras y los mates acompañaron una jornada espectacular de deporte al aire libre.
En lo deportivo el primer torneo de verano la Copa JM Estudio Juridico fue para Leñakingos, un equipo fusionado entre dos conjuntos que participaron de casi todos los torneos organizados por 3x3basquetregina y todavía no habían podido gritar campeón, venían de un 3er puesto en la Copa TecnoSoluciones jugada en el polideportivo cumelen en el cierre del 2021.
En la final se impuso frente Onfair, sorpresa del torneo, que con un equipo que se armó antes de empezar llegó invicto a la final. El resultado fue 10-5 y las cosas estuvieron claras desde un comienzo, Leñakingos insistió con el ataqu en el poste bajo, y Onfair no supo como solucionarlo.
Por el 3er puesto jugaron Doble Ipa y Migachi, los últimos ganaron en un lindo partido por 13 a 7, imponiendo de algún modo un ritmo más vertiginoso de juego, motivo de un promedio de edad más bajo, por ende algo más de energía.
Cerraron el torneo Peppers frente a The Wall con un simple con el partido terminado, Agus Gonzalez no quiso suplementario y no falló. El partido terminó 9-8.
Torneo de Verano Copa JM Estudio Jurídico
Sin embargo, como siempre, lo deportivo termina siendo anecdótico, una excusa para juntarnos y disfrutar de la tarde haciendo lo que nos gusta, jugar al basquet y compartir con amigos, amigas y familiares. Agradecemos incansablemente la buena predisposición y el acompañamiento de todos y todas. Ya estamos trabajando en una nueva compe!!!
El Intendente Marcelo Orazi junto al presidente del Concejo Deliberante Edgardo Vega participaron el viernes de la presentación de la 50° edición de la Vuelta de la Manzana “Premio Gobierno de Río Negro”, la tradicional prueba de rally que se correrá entre el 22 y el 24 de octubre. También estuvieron presentes la Gobernadora Arabela…
La Dirección de Deportes de la Municipalidad de Villa Regina informa que el próximo domingo 25 se jugará la sexta fecha de la Liga de Fútbol Femenino según el siguiente cronograma: 13 horas: Las Kaitos-Regina 14 horas: Alto Valle-Las Inter 15 horas: Las Perlas-Santa Rita 16 horas: Las Botis-Fem Matadero Las Queens tienen fecha libre….
Querido Yo Real: Te escribo esta carta virtual para informarte que te extraño. Hubiera preferido enviarte un telegrama, pero el papel está muy caro. Por otro lado, quería contarte que estoy muy entusiasmado con mi huertita, la diseñé con mucho esfuerzo, y por suerte, Instagram me cedió el terreno gratuitamente. Está todo sembradito de imágenes,…
Una de las herramientas de Luis Caputo para contener la suba de precios acaba de recibir un revés judicial. El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad de la resolución que eliminó la obligación de informar en tiempo real los precios de los combustibles.
El fallo dejó sin efecto la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, mediante la cual Caputo derogó el sistema creado en 2016 que obligaba a las estaciones de servicio a informar cada modificación de precios dentro de las ocho horas. Ese esquema alimentaba una base pública, permitía comparar valores entre estaciones y habilitaba denuncias cuando el precio cobrado no coincidía con el informado.
Para el magistrado, la eliminación de ese mecanismo implicó un retroceso en el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y veraz. Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede limitarse a argumentar que los precios están publicados en los surtidores o en las aplicaciones de las petroleras porque esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.
Ramos Padilla también rechazó uno de los principales argumentos del Gobierno y de las empresas expendedoras. Señaló que, si los precios pasan a modificarse con mayor frecuencia mediante sistemas de «micropricing», la necesidad de contar con un mecanismo público, uniforme y actualizado resulta todavía mayor. En otras palabras, cuanto más dinámico es el mercado, más importante es que exista una ventana única que permita saber cuánto cuesta cargar combustible en cada estación.
Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede limitarse a argumentar que los precios están publicados en los surtidores o en las aplicaciones de las petroleras, porque esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.
La decisión judicial aparece en un contexto donde el precio de los combustibles ocupó un lugar central en la estrategia antiinflacionaria de Caputo. Durante buena parte de 2025 el Ministerio de Economía postergó o aplicó sólo parcialmente las actualizaciones del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del impuesto al dióxido de carbono. La consecuencia fue un atraso tributario que evitó trasladar todo el aumento previsto por la ley al surtidor y ayudó a contener el impacto sobre el IPC.
El juez federal Alejo Ramos Padilla.
Ese esquema convivió con otra herramienta. Cuando el petróleo se disparó por la escalada en Medio Oriente, YPF anunció aumentos cercanos al 23%, pero aclaró que absorbería parte del incremento internacional para evitar un traslado pleno al mercado interno. La petrolera actuó como un dique que amortiguó parte de la presión externa y volvió a consolidar el papel del combustible como una de las variables utilizadas para estabilizar los precios.
El problema apareció cuando el Brent inició el recorrido inverso. Con el barril bastante por debajo de aquellos máximos, las rebajas no llegaron al surtidor con la misma velocidad con la que habían sido absorbidas las subas. En un mercado donde además desapareció la obligación de informar cada modificación de precios en un sistema oficial, el seguimiento de esos movimientos quedó exclusivamente en manos de las empresas.
La demanda fue presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que sostuvo que la derogación debilitaba el control estatal y reducía la transparencia del mercado. El Gobierno respondió que la información seguía disponible mediante aplicaciones privadas y sitios web de las compañías, además de defender la medida como parte de la política general de desregulación impulsada por la administración de Milei.
El juez descartó esos argumentos. Recordó que la propia resolución de 2016 había considerado insuficiente el viejo sistema de información mensual y cuestionó que el Estado eliminara la herramienta sin explicar por qué aquello que antes juzgaba inadecuado ahora alcanzaría para proteger a los consumidores. También remarcó que la Constitución obliga a garantizar información pública, comparable y fácilmente accesible, no simplemente la existencia de datos dispersos.
20 personas disfrutaron del maravilloso cielo astral, de observar la luna en detalle y de la degustación de productos regionales durante el trekking bajo la luna llena, actividad organizada por la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Villa Regina. La propuesta se concretó el último viernes con un recorrido que tuvo su punto de…
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