“El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel es una crítica al accionar punitivo del estado”

“El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel es una crítica al accionar punitivo del estado”

 

A comienzos de junio la Cámara Federal de Casación Penal convalidó la sentencia dictada en diciembre de 2023 a instancias del Tribunal Oral Federal de General Roca por la cual fueron condenados cinco integrantes del Grupo Albatros de la Prefectura Naval por el homicidio de Rafael Nahuel. El joven mapuche de 22 años fue asesinado por la espalda mientras escapaba, junto a otros manifestantes, de una persecución brutal en la zona del Lago Mascardi, en Bariloche. En diálogo con ANDAR, el abogado Guillermo Torremare, miembro de la CPM y vicepresidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), afirmó que “la justicia vuelve a ratificar que los imputados nunca debieron haber utilizado sus armas de fuego en aquellas circunstancias”.

Si bien no se logró el cambio de calificación legal que pretendían las querellas y que hubiera permitido condenas mayores al desestimar la figura de “exceso en la legítima defensa”, lo resuelto por el máximo tribunal penal del país ratifica lo que organizaciones sociales y de derechos humanos vienen denunciando desde hace años: los desalojos de comunidades originarias se realizan con exceso en el uso de la fuerza del estado y provocan daños irreversibles en quienes se manifiestan y reclaman por sus derechos.

Así ocurrió con el brutal operativo que provocó la muerte de Rafael Nahuel, el joven de 22 años asesinado por una bala de la Prefectura Naval Argentina (PNA) en 2017 mientras la comunidad Lafken Winkul Mapu intentaba preservar sus tierras.

Cabe recordar que el hecho fue juzgado en debate oral y público realizado a instancias del Tribunal Oral Federal de General Roca –con la integración de los magistrados Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava- durante los últimos meses de 2023, cuando cinco integrantes de la PNA resultaron condenados por el delito de homicidio agravado por el uso de arma y en exceso de legítima defensa. Cuatro de ellos, como partícipes necesarios y el quinto, como autor del disparo letal.

Todos recibieron, según su grado de participación en el crimen, la máxima pena para el delito imputado pero ninguno fue condenado a penas superiores a 5 años y 8 meses de prisión ya que ese es el límite previsto para la autoría del homicidio agravado y en exceso de legítima defensa.

Tal como sostuvieron desde el inicio de la causa las querellas de la APDH –en su carácter de organización de la sociedad civil- y la de la familia de la víctima, nunca se probó la necesidad de defensa de los prefectos con sus armas reglamentaria porque, en rigor, nunca existió agresión de los manifestantes.

No obstante, luego de la sentencia de 2023 existía la posibilidad de que, en instancia revisora, se revirtieran las condenas y se absolviera a los cinco integrantes del Grupo Albatros, tal como lo solicitaron ante la Cámara Federal de Casación Penal las defensas y en un contexto político propicio para el otorgamiento de beneficios a los agentes de seguridad involucrados en graves casos de violencia institucional.

De allí que la reciente confirmación de la condena por parte del máximo tribunal penal del país no deja de representar un avance porque, tal como sostiene el vicepresidente de la APDH nacional, Guillermo Torremare, “la justicia vuelve a ratificar que los imputados nunca debieron haber utilizado sus armas de fuego en aquellas circunstancias”.

“Hay que considerar el contexto histórico en el que se inició y desarrolló la causa por el asesinato de Rafael Nahuel, con Patricia Bullrich y Germán Garavano como ministros de Seguridad y de Justicia de la Nación, respectivamente, y con discursos políticos que diariamente planteaban la absoluta inocencia de los prefectos implicados”, agregó.

“Hoy es muy fácil encontrar artículos periodísticos de la época en los que se afirmaba la inocencia de los agentes de seguridad y el supuesto ejercicio de legítima defensa frente a las agresiones de los integrantes de la comunidad mapuche que resistían el desalojo, pero nunca se aportó una sola evidencia que diera cuenta de esa realidad. Más bien lo que ocurrió es una verdadera cacería en la que se efectuaron más de 150 disparos de armas de fuego reglamentarias mientras las personas intentaban alejarse”, amplió Torremare.

Y concluyó: “El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel, si bien no adoptó el criterio que pedíamos las querellas respecto a la calificación legal, es una crítica al accionar punitivo del estado”.


Fuente: https://www.andaragencia.org/el-fallo-de-casacion-sobre-el-asesinato-de-rafael-nahuel-es-una-critica-al-accionar-punitivo-del-estado/

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  • Detuvieron a un hombre por “amenazar” a Milei: sólo le encontraron libros del Che Guevara

     

    La excusa del Gobierno y sus aliados judiciales es que el hombre ejerció “intimidación pública” a través de un tuit. Pero ocultan el supuesto posteo y la identidad del detenido. Sólo hay “pruebas” de que lee libros. Escandaloso. Si Milei fuera juzgado por intimidar vía X, ¿qué pena le cabría? Por Daniel Satur (La Izquierda Diario).


    Según la escueta información oficial difundida por medios afines a La Libertad Avanza, este jueves por la noche un hombre de 37 años fue detenido en el partido bonaerense de Berazategui, acusado de supuestamente “amenazar” al presidente Javier Milei a través de un posteo en la red social X (ex Twitter).

    La versión dice que la División Conductas Tecnológicas Ilícitas de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires “investigó” supuestas amenazas virtuales contra Milei y pudo dar con el paradero de su autor, al que finalmente ubicaron en una vivienda de la calle Vergara de esa ciudad del sur del Gran Buenos Aires.

    La causa se tramita en Comodoro Py, más precisamente en el Juzgado Criminal y Correccional Federal 12 que conduce el juez Ariel Lijo, quien viene de fracasar en su intento de alcanzar la cúspide judicial como miembro de la Corte Suprema. Para lograr la detención del imputado también intervino el Juzgado Criminal y Correccional Federal de Quilmes, a cargo del juez Luis Armella. El cargo contra el detenido, siempre según la información difundida por las huestes de Patricia Bullrich, es por “intimidación pública” y el hombre quedó detenido (aunque no incomunicado).

    ¿Qué? ¿Quién? ¿Cuándo?

    Hay una regla básica del periodismo conocida como Las 5 W: toda noticia debe responder a las preguntas ¿qué? (de qué hecho se trata), ¿quién? (protagonistas), ¿dónde? (lugar del hecho), ¿cuándo? (en qué momento pasó) y ¿por qué? (causas concretas que llevaron al hecho). Las W hacen referencia a esas preguntas en inglés.

    En Argentina y el mundo ya es normal que las corporaciones dedicadas a la información y el entretenimiento ni se preocupen por responder con certeza a esas preguntas elementales. Ni siquiera apelan a compartir la incertidumbre con sus audiencias cuando las respuestas son esquivas. En este caso, se repite la historia.

    En una (nueva) muestra de precariedad periodística y apología de la represión a la disidencia que encara La Libertad Avanza, empresas como Clarín Infobae difundieron la versión prearmada por el Ministerio de “Seguridad Nacional”, sin siquiera hacerse preguntas básicas como cuál fue la supuesta amenaza del usuario de X contra Milei que habría “justificado” su detención.

    ¿Qué amenaza realizó el hombre de 37 años contra Milei? Hasta ahora ninguna fuente oficial lo dijo. Alcanzaría con compartir una captura del posteo en cuestión, pero ni siquiera eso.

    ¿Quién es el detenido? Sólo lo saben sus perseguidores, aunque es mayor de edad y el hecho por el que se lo acusa (un posteo en redes sociales) es demasiado menor como para pretender ocultar su identidad.

    ¿Cuándo y en qué contexto cometió esa supuesta “intimidación pública”? Nada por aquí, nada por allá.

    Persecusión política

    De lo que sí se ocuparon las “fuentes” oficiales es de difundir qué “elementos de interés para la investigación” fueron secuestrados en el domicilio donde se detuvo al acusado. Sin dudas, habría sobradas pruebas de que el hombre lee. Y no sólo eso, sino que entre sus lecturas favoritas están los libros de Ernesto “Che” Guevara. Un sujeto muy peligroso.

    Además de los libros del “zurdo”, se mostraron otras evidencias de la “criminalidad” del imputado: un teléfono celular, dos CPU y una notebook . Y se difundió un video del momento de la detención, donde se ve un amplio despliegue policial y el rostro del hombre está bruleado para que nadie lo pueda reconocer.

    La puesta en escena sería para coleccionar memes si no significara una amenaza directa de parte de las más altas esferas del Estado a libertades democráticas elementales. No sólo es un ataque a la libertad de expresión de un usuario de redes sociales, sino que se avanza más aún en la persecución a quien no piensa como el Gobierno y sus cómplices desean.

    La denuncia por “intimidación pública” está motorizada por Patricia Bullrich, quien parece estar más abocada a armar causas penales sin pruebas contra ciudadanas y ciudadanos que opinan por redes sociales o en las calles, que a terminar con el narcotráfico o la trata de personas.

    La misma figura de “intimidación pública” la usó este gobierno el año pasado, vía el fiscal federal Carlos Stornelli, para acusar a 33 personas detenidas arbitrariamente durante una manifestación frente al Congreso en repudio a la Ley Bases. Al poco tiempo, todos fueron sobreseídos y hasta la jueza María Servini le sugirió al fiscal bullrichista que investigue seriamente.

    Algo similar pasó en marzo de este año con decenas de detenidos en una de las regulares protestas de jubiladas y jubilados, también frente al Congreso. En aquella represión la Gendarmería de Bullrich intentó matar al joven fotorreportero Pablo Grillo. Este diario relató el caso de uno de los detenidos, el médico psiquiatra Alejandro Todaro, profesional del Hospital Bonaparte, a quien la ministra y sus secuaces acusaron de “barrabrava” para justificar su detención e imputación. Siempre sin la más mínima prueba, claro.

    Hay que pararles la mano

    A la ministra de “seguridad” le exita armar shows mediáticos, cargando todo el peso represivo del Estado con detenciones y causa penales contra quienes supuestamente “intimidan” al poder o, incluso, cometen actos rayanos con el “terrorismo”.

    En 2017, cuando ocupaba el mismo sillón ministerial, Bullrich mandó a detener a un joven que había difundido por Twitter un cantito de cancha muy entonado por entonces, que decía “(Mauricio) Macri te vamos a matar, no te va a salvar ni la Federal”. Mientras se ocupaba de esas persecusiones, bancaba a los criminales de uniforme que acabaron con las vidas de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel.

    En 2024, cuando apenas llevaba un mes como ministra de Milei, la funcionaria mandó a detener a tres hombres en el marco de una “investigación” contra una supuesta “célula terrorista” que buscaba “atentar” contra edificios de la comunidad judía en Buenos Aires. A los pocos días fueron quedaron libres de culpa y cargo. No sólo no tenían nada que ver con algo de tamaña envergadura, sino que ni siquiera se conocían entre ellos.

    Son sólo algunos ejemplos de las burradas protagonizadas por Patricia Bullrich y sus falderos del Ministerio, como el mediocre abogado Fernando Soto. Pero no por bizarros dejan de ser peligrosos. Quien ejerce una verdadera “intimidación pública” permanente e impune es el propio Gobierno. Y sus víctimas, potencialmente, somos los millones que opinamos contra sus políticas de ajuste, hambre y miseria.

    Si expresarse libremente por las redes sociales fuera un delito merecedor de la condena implacable de la “Justicia”, ¿entonces qué pena les cabría a Javier Milei y su cohorte de trolls liberfachos, dedicados minuto a minuto a lanzar odioamenazas y demás ataques contra todo aquello que les molesta, lo que incluye el aval a las agresiones físicas protagonizadas por sus seguidores? De mínima, perpetua.

    Fuente: https://www.laizquierdadiario.com/Detuvieron-a-un-hombre-por-amenazar-a-Milei-solo-le-encontraron-libros-del-Che-Guevara

     

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  • Alerta extrema en el Caribe por la llegada del huracán Melissa

     

    El huracán Melissa, que actualmente avanza por el Caribe, alcanzó la categoría máxima, informó el Centro Nacional de Huracanes de Estados Unidos, que advirtió de posibles “inundaciones catastróficas” en Jamaica.

    “Melissa es ahora un huracán de categoría 5”, escribió el organismo en su último aviso. “Los vientos destructivos, las marejadas ciclónicas y las inundaciones catastróficas empeorarán en Jamaica a lo largo del día y durante la noche”, reportó el sitio RFI.

    Al menos cuatro personas murieron esta semana por el huracán en Haití y República Dominicana, donde provocó fuertes lluvias y deslizamientos de tierra.

    La tormenta se mueve a un ritmo preocupantemente lento, lo que significa que las zonas que se encuentran en su trayectoria pueden sufrir condiciones adversas durante mucho más tiempo.

    El Centro Nacional de Huracanes de Estados Unidos (NHC) indicó que Melissa alcanza vientos máximos de casi 260 kilómetros por hora.

    Las autoridades pronostican hasta cerca de un metro de lluvia, con diluvios que podrían provocar inundaciones repentinas.

    “Esta posibilidad de lluvias extremas, debido a la lentitud del movimiento, va a provocar una catástrofe aquí en Jamaica”, afirmó Jamie Rhome, subdirector del NHC, en una rueda de prensa transmitida por Internet.

    “Solo tienes que estar donde vayas a estar y prepararte para pasar varios días aquí”, dijo Rhome. “Las condiciones empeorarán muy, muy rápidamente aquí en las próximas horas. No salgas después del atardecer”, añadió.

    Después de pasar por Jamaica, se pronostica que la tormenta continúe hacia el norte y cruce el este de Cuba el martes por la noche, mientras siga impactando en Haití y República Dominicana.

    Melissa es la decimotercera tormenta con nombre de la temporada de huracanes del Atlántico, que se extiende desde principios de junio hasta finales de noviembre.

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  • Francia: trabajadores portuarios bloquean 14 toneladas de armamento que iban a abastecer al ejército israelí

     

    Estibadores franceses se negaron el pasado miércoles a cargar armas de la empresa Eurolinks en un puerto en el golfo de Fos, al considerar que serían utilizadas “por el ejército israelí para continuar la masacre del pueblo palestino”. Hoy, los trabajadores del puerto de Génova, el próximo destino del barco, anunciaron lo mismo. Su siguiente parada sería en Salerno antes de regresar a Haifa. La acción se suma a muchas otras impulsadas por el Movimiento Boicot y Sanciones (BDS) que internacionalmente llama al bloqueo comercial contra el ente sionista con el objetivo de desfinanciar el accionar genocida. Por ANRed. 


    El secretario general de la Confederación General del Trabajo, una de las principales federaciones sindicales de Francia, dijo a la prensa: “Es inaceptable que [los trabajadores portuarios sindicalizados] sean quienes se vean obligados a defender los principios fundamentales del derecho internacional y los valores franceses. El Gobierno debe bloquear de inmediato todas las entregas de armamento al Estado de Israel”.

    A las medidas anunciadas, aunque algunas con desconfianza sobre su implementación definitiva, de gobiernos como España, Inglaterra o Chile, las acciones por parte de sindicatos continúan con el fin de implementar de hecho los bloqueos y que no lleguen mas armas al ente genocida.

    Desde el BDS celebran lo sucedido mientras continúan llamando a diversos tipos de acciones, cada vez mas urgentes, con el fin de frenar el genocidio y continuar enfrentando al régimen de apartheid instalado en todo el territorio Palestino por parte del régimen israelí desde mucho antes de octubre de 2023.

    Hace algo mas de un mes el BDS difundió un llamado de sindicatos palestinos a trabajadores de todo el  mundo a redoblar esfuerzos para frenar este genocidio. Este accionar, junto a muchos otros, es parte de la respuesta que está llegando desde la clase trabajadora organizada.

    Compartimos comunicado del  Movimiento BDS

    ¡BDS funciona!

    Los estibadores han bloqueado la salida de 14 toneladas de suministros militares de Francia para alimentar la industria militar de Israel, mientras este intensifica su genocidio retransmitido en directo contra 2,3 millones de palestinos en Gaza.

    Los medios de investigación revealed.ngo y The Ditch revelaron que el Contship Era, un carguero de la compañía naviera israelí ZIM, llegó la mañana del 5 de junio a Fos-sur-Mer (Francia) para cargar 19 pallets con 14 toneladas de piezas para cartuchos de ametralladora.

    Fueron producidos por la empresa francesa Eurolinks y pedidos por Israel Military Industries (IMI), una subsidiaria de Elbit Systems, la empresa militar líder de Israel.

    Pero ha sido bloqueado.

    Aplaudimos a todos los trabajadores portuarios que hicieron esto posible.

    Los estibadores de Fos-sur-Mer que conocieron el contenido y el destino de los contenedores se negaron a cargarlos en el buque ZIM.

    Mientras investigaban, los estibadores también encontraron y bloquearon otro envío de cañones de armas fabricados por la empresa francesa Aubert et Duval que también fueron comprados por Elbit Systems.

    En un comunicado emitido por el sindicato de trabajadores portuarios, destacan que:

    Los estibadores y trabajadores portuarios del Golfo de Fos no participarán en el genocidio en curso orquestado por el gobierno israelí.

    y que:

    Tras encontrar la carga adicional, advirtieron que responderán de forma diferente en los próximos días y semanas, movilizando a todos los estibadores y puertos del Golfo de Fos, en caso de que se produzcan nuevos intentos de transferir carga militar o de doble uso a Israel a través de estos puertos.

    El Contship Era se trasladará desde Fos-sur-Mer a Génova y Salerno (Italia) en su camino de regreso al puerto israelí de Haifa.

    En Génova, los estibadores se movilizaron inmediatamente y organizaron una protesta en el puerto para mañana, cuando está previsto que llegue el buque, para garantizar que su puerto y su trabajo no sean utilizados por el buque Contship Era de ZIM debido a su participación en la transferencia ilegal de suministros militares a Israel.

    Afirman: “Reiteramos enérgicamente que no queremos ser cómplices del genocidio que continúa en Gaza y que nos oponemos firmemente a todas las guerras”.

    El Contship Era está gestionado por la empresa griega Contship Management, una de las empresas operadoras de barcos más grandes de Grecia.

    Disclose.ngo también reveló que este ya es el tercer envío de este tipo desde principios de 2025.

    3 de abril: El buque portacontenedores Era transportaba 26 pallets, o casi 20 toneladas de carga militar, con destino a IMI en Haifa.

    22 de mayo: El Contship Era transportaba dos millones de piezas para cartuchos de ametralladora:

    Un millón de eslabones M9, utilizados para equipar armas pesadas, Un millón de eslabones M27, diseñados para rifles automáticos ligeros, como el Negev 5, utilizados por las fuerzas israelíes durante el genocidio en curso en Gaza.

    El derecho internacional es claro:

    Basta de armar el genocidio.

    ¡Detengan todas las transferencias de suministros militares y artículos de doble uso a Israel ahora!

     

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  • Prisión preventiva para Facundo Jones Huala

     

    El juez de Bariloche Ezequiel Andreani dictó la prisión preventiva por 90 días al referente y lonko mapuche, Facundo Jones Huala. Alrededor de las 17 horas será trasladado a la Unidad 6 de Rawson, a más de mil kilómetros. La acusación está centrada en el contenido de un libro de poesía escrito por su autoría y también por algunas palabras que habría dicho en una presentación. Tanto el lonko como la familia Jones Huala tiene un largo historial de persecusión por su encendido discurso contra el Estado argentino y contra las multinacionales y empresarios que explotan la Patagonia. Como explicó el medio alternativo Prosa Urgente “esta decisión de neto corte fascista se da a pocas horas de conocerse el fallo proscriptivo a Cristina Fernández de Kirchner”. Por ANRed


    Facundo Jones Huala había sido detenido de forma irregular el pasado domingo. Los efectivos que lo arrestaron no presentaron orden judicial. La denuncia fue realiaza por el Ministerio de Seguridad Nacional a cargo de Patricia Bullrich y se basaba la acusación por «incitación a la violencia» en palabras que el lonko había expresado durante una presentación de un libro de poesía que el propio Facundo escrito el pasado verano.

    La Gremial de abogados que lleva adelante su defensa judicial ya había emitido un comunicado alertando sobre la audiencia que se realizó esta mañana y las irregularidades del proceso que hoy dicto prisión preventiva:

    EN UN MARCO DE INNUMERABLES Y GRAVES IRREGULARIDADES AVANZA EL PROCESO A FACUNDO JONES HUALA, FINALMENTE, LOS ABOGADOS DEFENSORES DE LA GREMIAL PUDIMOS ACCEDER A ALGUNA INFORMACIÓN (INSUFICIENTE) SOBRE LA AUDIENCIA FIJADA PARA MAÑANALA GRAVEDAD DE LA PRETENSIÓN FISCAL EN BASE A UN CÓDIGO “MODERNO”

    Para que quede claro: Facundo fue detenido irregular e ilegalmente, sin orden judicial.

    No se nos permitió hablar con él cuando nos llamó el oficial “de inteligencia de la Policía Federal” (sic) que era parte del grupo que lo detuvo y que nos informó de un número de causa hasta ahora inexistente y de una intervención del juez federal Andreani y la fiscal Pagano Mata.

    Más de 6 horas después “apareció” una orden y más de 40 horas después, finalmente, los defensores fuimos notificados por la autoridad judicial, y en forma confusa, de los delitos que se le imputan.

    También ahora nos enteramos de las cuestiones que la Fiscalía pretende tratar en esta audiencia “multipropósito”.

    Mientras tanto, todas las conversaciones que Facundo tuvo con sus defensores fueron con teléfonos en altavoz y en presencia (y atenta escucha) de personal de la Policía Federal.Con lo cual afectan el derecho de privacidad entre Defensor e Imputado.

    Ahora se nos informa que no está previsto el acceso por medio de videoconferencia (zoom, youtube, etc.) a todo aquel interesado en presenciar la audiencia, violando el principio de publicidad que supuestamente es uno de los ejes del Código de procedimientos vigente.

    Nosotros, en cumplimiento de lo que la norma mencionada manda informamos los datos de acceso a la plataforma zoom que se nos han enviado: ID. de reunión: 833 7803 0426 / Clave de acceso: 4607.

    La audiencia tiene hora de inicio prevista a las 9:00 de mañana 11 de junio.

    Por último queremos destacar algo que creemos de máxima gravedad (dentro de un panorama de hechos de por sí graves): nos acabamos de enterar, como dijimos, que la Fiscalía pedirá en la audiencia de mañana que el proceso contra Facundo se desarrolla según lo previsto en el Título IV del Libro Segundo (arts. 334 a 336) del Código Procesal Penal Federal vigente.A él nos remitimos y cualquiera que lo lea podrá apreciar la gravedad de esa pretensión.

    Somos conscientes que a muchos ni les interesará la suerte de Jones Huala.Algunos aplaudirán su detención.

    Sepan siempre que estas barbaridades que hacen con Facundo les puede tocar a cualquiera.

    Nadie se salva sólo.

     

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  • Conmoción en Picún Leufú: investigan el crimen de un joven de 27 años

     

    La localidad de Picún Leufú vivió una mañana conmocionante tras el asesinato de Gustavo Amaro Villar Santos, un joven de 27 años oriundo de Paso Aguerre, que murió camino al hospital de Cutral Co luego de recibir un disparo a corta distancia.

    Según relató su madre, Mary Villar, en redes sociales, su hijo había regresado del boliche y se preparaba para ir a trabajar. “Vino a buscar su moto y al salir del portón, una persona le disparó a quemarropa”, escribió la mujer, expresando el dolor de la familia ante el brutal ataque.

    El hecho ocurrió cerca de las 8 de la mañana del sábado, cuando la Comisaría Novena recibió un llamado que alertaba sobre una pelea entre dos hombres en plena vía pública. Al llegar al lugar, los agentes encontraron a un hombre tirado sobre la Avenida Maestro Sosa y, a pocos metros, a otro sujeto armado con un arma de fuego y un cuchillo, que fue demorado sin oponer resistencia.

    La víctima murió durante el traslado

    El joven herido fue trasladado de urgencia al hospital local y luego derivado a Cutral Co, pero murió en el trayecto. El comisario Cristian Velázquez confirmó que el deceso fue constatado por el médico de guardia. Por orden de la Fiscalía de Cutral Co, se realizó la autopsia en el Cuerpo Médico Forense, que determinó que la causa de muerte fue un shock hipovolémico provocado por una herida de bala en el abdomen.

    El presunto autor del crimen, un hombre de 38 años oriundo del paraje Santo Tomás, presentaba lesiones graves en ambos brazos producto de machetazos recibidos durante la pelea. Fue sometido a una cirugía por fracturas en las extremidades y permanece internado con custodia policial en el hospital de Cutral Co.

    Avance de la investigación

    El comisario Velázquez informó que la Policía preservó una zona de aproximadamente 150 metros entre la casa de los padres de la víctima y el punto final del conflicto, sobre Avenida Maestro Sosa y calle Sarmiento. Allí se secuestraron varias armas: una escopeta recortada y un cuchillo pertenecientes al agresor, además de un machete encontrado junto al cuerpo de la víctima.

    La Fiscalía de Cutral Co, encabezada por el fiscal jefe Gastón Leotard y el fiscal Matías Alonso, continúa tomando declaraciones a testigos presenciales para reconstruir la secuencia exacta del hecho y determinar si existía un conflicto previo entre ambos hombres.

    Mientras tanto, los restos de Gustavo Amaro Villar Santos serán entregados a su familia para el sepelio en Paso Aguerre.

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  • Autorizaron la compra de fusiles semiautomáticos en Argentina

     

    El gobierno de Javier Milei aprobó la resolución que permite a los civiles adquirir y poseer fusiles semiautomáticos bajo condiciones estrictas. La medida, publicada en el Boletín Oficial, reemplaza la antigua prohibición que regía sobre este tipo de armamento. El Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, será el organismo responsable de autorizar, fiscalizar y controlar el nuevo régimen.

    Hasta ahora, la compra de fusiles semiautomáticos estaba prácticamente vedada a los civiles, salvo excepciones concedidas por el Ministerio de Defensa. Con la nueva normativa, se habilita la adquisición de armas con cargadores removibles como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares para usuarios y entidades de tiro que cumplan con los requisitos legales. Este cambio busca reemplazar la prohibición por un modelo de control más riguroso y transparente, centrado en la trazabilidad y el uso deportivo.

    Requisitos estrictos para los usuarios

    Para acceder al permiso, los solicitantes deberán identificar el arma con precisión (marca, modelo, calibre y número de serie), contar con un sistema de almacenamiento seguro tipo G2, y presentar una declaración jurada que justifique el uso del fusil. Además, deben demostrar experiencia deportiva comprobada, no poseer antecedentes sancionatorios, y tener al menos cinco años de antigüedad como legítimos usuarios de armas. También se exige abonar tasas administrativas y presentar documentación que respalde la necesidad del arma para actividades deportivas o didácticas.

    La resolución también transforma la estructura administrativa del control de armas. La Agencia Nacional de Materiales Controlados vuelve a denominarse RENAR y pasa a depender del Ministerio de Seguridad Nacional. Este organismo concentrará toda la aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N.º 20.429, derogando antiguas disposiciones que generaban superposición normativa. Así, se busca consolidar un sistema único de registro, fiscalización y trazabilidad de armamento en el país.

    AEl nuevo régimen redefine las condiciones para la adquisición y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional. Las armas permitidas incluyen fusiles, carabinas y subametralladoras con cargadores desmontables y calibre superior al .22 LR.

    Solo podrán acceder quienes cumplan con los requisitos y cuenten con la autorización del RENAR.

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