La Municipalidad de Villa Regina, a través del Área Mujer y Diversidad, llevó adelante un encuentro con Diana Arbelaiz, Coordinadora del Programa Acercar Derechos (PAD) Río Negro.
El objetivo es informar y poner en marcha el programa para fortalecer el acceso a derechos y al sistema de justicia de mujeres y LGBTI en situación de violencia a través de acompañamiento integral e intercultural en todo el país.
Además, implica trabajar de manera coordinada en los distintos niveles del Estado con organizaciones sociales y comunitarias reconociendo las particularidades y dinámicas que adquieren las violencias de género en los distintos territorios.
Participaron de la reunión la Secretaria de Desarrollo Social Luisa Ibarra, la responsable del Área Mujer y Diversidad Fabiola Parra, Cristina Bay en representación del Consejo Local de la Mujer y Fanny Nuñez en representación del Centro de la Mujer.
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El juez federal Ernesto Kreplak procesó a las ex funcionarias Agustina Bisio y Gabriela Mantecón Fumadó en la causa que investiga más de 120 muertes por la administración hospitalaria de fentanilo contaminado producido en los laboratorios HLB y Ramallo, ante la presunta corrupción de las autoridades, que debían controlar los medicamentos.
El magistrado impuso una inhibición y embargo sobre los bienes de la directora de la Anmat y la ex titular del Instituto Nacional de Medicamentos (Iname) hasta cubrir 500 mil millones de pesos, y también dictó una serie de medidas que las imputadas deberán cumplir para permanecer en libertad, mientras avanza la investigación.
El escrito del juez encierra un párrafo muy significativo que podría significar la desafectación del ministro Mario Lugones de la causa. «Si bien considero probado que el Ministro tenía conocimiento al menos de las generalidades relevantes de lo que ocurría con los laboratorios, no menos cierto resulta que todos los elementos de convicción apuntan a que su intervención, lejos de permitir un funcionamiento en tales condiciones, tendía lisa y llanamente a su cierre, esto es, a impedir su operación», sostuvo Kreplak.
Salvo que ante la situación de ser las únicas condenadas, las funcionarias se declaren arrepentidas y avancen en declaraciones probatorias de la responsabilidad de Lugones en la decisión de no clausurar los laboratorios, el párrafo citado parece anticipar el curso de acción del juez en favor del ministro de Milei.
Para la investigación penal que lleva adelante Kreplak, Bisio y Mantecón Fumadó fueron «partícipes necesarias penalmente responsables del delito de adulteración de sustancias medicinales». Es decir, sin su concurso que básicamente consistió en no clausurar los laboratorios pese a los informes y testimonios de inspectores que pedían tomar esa medida -hasta con argumentos dramáticos-, el fentanilo envenenado no hubiera llegado a la calle.
«A partir de las probanzas colectadas a lo largo de la pesquisa, es posible concluir que las imputadas Mantecón Fumadó y Bisio realizaron un aporte concreto y necesario a la lesión del bien jurídico salud pública protegido por los artículos. 200 y 201 bis CP así como al bien jurídico integridad personal resguardado por el delito de lesiones leves previsto por el art. 89 CP, a raíz de su decisión de no adoptar las medidas preventivas y correctivas oportunas y eficaces contempladas por la normativa aplicable ya explicadas», argumenó Kreplak en su resolución, a la que accedió LPO.
Si bien considero probado que el Ministro tenía conocimiento al menos de las generalidades relevantes de lo que ocurría con los laboratorios, no menos cierto resulta que todos los elementos de convicción apuntan a que su intervención, lejos de permitir un funcionamiento en tales condiciones, tendía lisa y llanamente a su cierre, esto es, a impedir su operación.
El fallo si bien favorece a Lugones no termina de sacarlo de los hechos investigados. «A lo largo de la investigación llevada adelante, diversos elementos de convicción permiten poner en escena al Dr. Lugones», destacó Kreplak en el auto de procesamiento y señaló que en los testimonios de Mantecón y Bisio asoman coincidencias respecto del rol del ministro.
En efecto,, Bisio afirmó que «Lugones hacía reuniones de gabinete y de los institutos venían todos los que de él dependíamos. Allí contábamos las situaciones. Esto era un tema que fue llevado permanentemente, de la situación de los laboratorios e incumplidores. En este caso, estos se llevaban. Y la idea fue siempre que Lugones me daba la instrucción y yo daba la instrucción de cerrar».
Al ser indagada respecto de una reunión realizada en la sede de la Anmat el 14 de enero pasado, Bisio dijo: «Yo le avisé al Ministro, ‘van a venir, ¿qué hago?, ¿sigo con lo mismo?’, ‘sí, cerrá, cerrá’, me dijo». Ese testimonio puede favorecer al ministro.
Ese día, Bisio y Fumadó mantuvieron un encuentro con Ariel García Furfaro y otras dos personas de la empresa en «Avenida de Mayo», tal como se la denomina a la sede de la Anmat. Para esa fecha, Bisio y Fumadó contaban con un informe realizado por inspectoras de la Anmat en los últimos días de 2025. En el texto alertaban sobre la situación del laboratorio y recomendaban prohibir la producción y retirar del mercado las drogas elaboradas. Por alguna razón, el Ministerio de Salud desoyó esas advertencias y la tragedia se consumó. Hubo alertas institucionales que se eligió no escuchar.
Según consta en el expediente, luego de hablar con el ministro Lugones las dos funcionarias ofrecen no avanzar contra los laboratorios a cambio que presenten un plan de acción para subsanar sus incumplimientos. Esa es la parte más delicada para Lugones de los testimonios.
Lugones hacía reuniones de gabinete y de los institutos venían todos los que de él dependíamos. Allí contábamos las situaciones. Esto era un tema que fue llevado permanentemente, de la situación de los laboratorios e incumplidores. En este caso, estos se llevaban. Y la idea fue siempre que Lugones me daba la instrucción y yo daba la instrucción de cerrar.
En el gobierno existe extrema preocupación por el caso. Temen que Lugones sea procesado porque hay varios testimonios que estaba al tanto de los hechos y tenía la última decisión. Incluso trascendió que su hijo, Rodrigo Lugones, le habría sugerido que renuncie a su cargo, decisión que el ministro rechazó.
En la Casa Rosada buscan culpar a los ex ministros de Salud del gobierno de Alberto Fernández -Carla Vizzoti y Ginés González García, ya fallecido- argumentando que tanto Bisio como Mantecón Fumadó ya eran funcionarias bajo se gestión. El problema es que los hechos ocurrieron durante la gestión de Lugones. Es un principio básico del derecho penal que no se puede juzgar a las personas por hechos que no cometieron.
De hecho, Cristina Kirchner está presa en la causa Vialidad porque era la responsable última de las objetadas concesiones de rutas realizadas bajo su gestión, aunque no firmó nada. El mismo criterio aplica en el caso de Lugones, pero más grave: según los testimonios de las funcionarias el ministro sí fue alertado sobre la gravedad de la situación.
El empresario García Furfaro.
Mantecón Fumadó declaró que antes de firmar la carta de advertencia dirigida a los laboratorios la consultó a Bisio. «Como todas las decisiones que se toman en esta gestión, hay que consultarlas, porque no había independencia resolutiva de parte de la administración nacional, sin consultar con el Ministerio. Le pedí a Agustina (Bisio) que consultara con el Ministro cómo quería manejar esta situación, en función de si se inhibe por carta de advertencia todo el laboratorio o si inhibían otras líneas productivas. Y el Ministro, después de unos días, informó a Agustina que contestó ‘vaya para adelante pero con cautela'».
Bisio contó además que en las reuniones de gabinete convocadas por Lugones intervenían activamente abogados penalistas.
El testimonio confirma que en marzo de 2025 Lugones ya estaba al tanto de los incumplimientos de HBL. La titular del Iname envió un informe sobre el laboratorio y en un chat, Bisio le consultó si ese informe era suficiente para cerrar las instalaciones. «Solo en dos palabras decime si esto da para cierre porque Mario pregunta. ¿Sólo eso o aún falta?», pregunta la titular de la Anmat.
Como todas las decisiones que se toman en esta gestión, hay que consultarlas, porque no había independencia resolutiva de parte de la administración nacional, sin consultar con el Ministerio. El ministro contestó que vayamos para adelante, pero con cautela.
A fines de marzo, Mantecón Fumadó mantiene otra reunión con Furfaro. Tras ese encuentro Bisio le pide información precisa sobre la situación del laboratorio: «¿Podrías mandarme para que le dé al Ministro cuál es la implicancia de esto? Traducción a la práctica. Ej: No puede vender más. Insistir o informarnos sobre el retiro de mercado».
Kreplak advierte en el auto de procesamiento d elas funcionarias la discrepancia entre la supuesta decisión política que bajaba del Ministerio con lo que efectivamente ocurría en la Anmat y el Iname. «Si bien considero probado que el Ministro tenía conocimiento al menos de las generalidades relevantes de lo que ocurría con los laboratorios, no menos cierto resulta que todos los elementos de convicción apuntan a que su intervención, lejos de permitir un funcionamiento en tales condiciones, tendía lisa y llanamente a su cierre, esto es, a impedir su operación», dice el juez en su resolución.
El magistrado destaca que distinta es la situación de Bisio, quien «tenía la responsabilidad máxima sobre el cumplimiento de los cometidos legales y reglamentarios de Anmat y sus órganos internos y, además, había sido investida políticamente como polea de transmisión de esas directrices políticas».
Según el juez el obrar de la funcionaria fue el contrario. A pesar de que tenía conocimiento de las irregularidades de los laboratorios y que habría recibido la decisión política de obrar, mantuvo una actitud pasiva y permisiva que culminó favoreciendo el accionar criminal de los laboratorios.
No sólo eso, sino que participó activamente en algunas de las acciones decisivas que permitieron al laboratorio continuar operando cuando lo correcto hubiese sido impedirlo.
El juez federal de Mar del Plata Santiago Inchausti fue denunciado en el Consejo de la Magistratura y recusado en la causa 16.997/2023 por Guillermo Pinarello, uno de los imputados en una investigación por explotación de juego online clandestino y lavado de activos.
Pinarello acusó al juez Inchausti de difundir información de la causa cuando regía el secreto de sumario, aplicar tratos diferenciados a distintos imputados y la manera en que se ejecutó una resolución de la Cámara Federal que le había concedido la prisión domiciliaria a un imputado.
También recusó al juez y solicitó formalmente que sea apartado de la causa en la que lo investiga, al considerar que existen elementos como «enemistad manifiesta» y «pérdida objetiva de la imparcialidad» que ponen en duda su competencia para continuar interviniendo en el expediente.
Pinarello está siendo investigado de ser el presunto organizador de una asociación ilícita dedicada a operar casinos online sin autorización y a introducir las ganancias en el circuito financiero mediante distintos mecanismos, entre ellos cuentas y billeteras virtuales.
Entre los principales ejes que justifican el pedido de recusación, se destaca un episodio que, según Pinarello, se remonta a 2016 y tuvo como protagonistas al magistrado y al padre del imputado, Elías Guillermo Pinarello, quien por entonces se desempeñaba como Director de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de Mar del Plata. Según el escrito, ambos mantuvieron una fuerte discusión durante una reunión en el despacho de Inchausti por diferencias de criterio institucional.
Pinarello asegura que en aquel encuentro el magistrado le manifestó a su padre que en la ciudad se investigaría aquello que él dispusiera y que, si no se adecuaba a sus directivas, «duraría poco tiempo en el cargo», con una referencia expresa a las consecuencias que podría sufrir su carrera profesional.
La recusación sostiene que aquel conflicto nunca fue superado y que terminó proyectándose sobre la causa que actualmente involucra a Pinarello. Como elementos para fundamentarlo, la presentación enumera distintas medidas adoptadas contra su padre, entre ellas una inhibición general de bienes ordenada en noviembre de 2025 que se extiende hasta el día de hoy y el bloqueo temporal de la cuenta sueldo en la que percibía sus haberes, pese a que hasta el 6 de agosto de 2026 no había sido citado a indagatoria.
Pinarello también cuestionó el tratamiento que recibió en comparación con otro de los imputados en la misma causa, Joaquín Otero Cao. Según señala la recusación, Inchausti había concedido en primera instancia la prisión domiciliaria a Otero Cao y rechazado la suya, decisión que posteriormente fue revocada por la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que terminó otorgándole ese beneficio.
Asimismo, Pinarello sostiene que, mientras Otero Cao había podido salir del penal sin que previamente le colocaran una tobillera electrónica, en su caso el juzgado condicionó la salida a la instalación del dispositivo. Esa situación provocó que permaneciera casi diez días adicionales en prisión pese a que la Cámara ya había dispuesto su domiciliaria. Además, denuncia que se le impuso una caución de $100 millones, el doble de los $50 millones establecidos para su coimputado.
Otro de los puntos cuestionados está vinculado a las circunstancias en las que Pinarello quedó a disposición de la Justicia. Él afirma que se entregó voluntariamente al tomar conocimiento del pedido de captura y que esa decisión había sido comunicada por escrito en el expediente. Sin embargo, sostiene que desde el Juzgado y la Fiscalía se construyó una narrativa según la cual había sido capturado cuando intentaba darse a la fuga, versión que luego fue reproducida por distintos medios de comunicación.
Las filtraciones periodísticas constituyen uno de los principales capítulos de la denuncia que Pinarello realizó ante el Consejo de la Magistratura. Allí señaló que el secreto de sumario fue levantado el 13 de noviembre de 2025 a las 14, pero que antes de ese momento distintos medios ya habían publicado detalles sobre la investigación, las hipótesis acusatorias y circunstancias personales de quienes estaban vinculados al expediente. Por ese motivo, pidió que se investigue específicamente el origen de esas filtraciones.
«La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado reiteradamente que la imparcialidad del juzgador no sólo debe existir en los hechos, sino que también debe ser objetivamente perceptible para los justiciables, de manera que no exista duda razonable sobre su ausencia. Los hechos descriptos constituyen, en su conjunto, una secuencia de circunstancias objetivas y verificables que revelan una continuidad de conductas que se proyectan desde el conflicto personal de 2016 hasta las decisiones adoptadas en la presente causa», expresó Pinarello en la presentación.
Los cuestionamientos se producen sobre un magistrado que ya había sido objeto de otras denuncias y críticas a lo largo de su trayectoria. Inchausti es titular del Juzgado Federal N° 3 de Mar del Plata y también se desempeña como subrogante del Juzgado Federal N° 1 (son los únicos 2 juzgados penales federales en Mar del Plata, es decir, tiene el monopolio de la justicia penal federal de la ciudad). A lo largo de sus 15 años como magistrado, ha sido blanco de acusaciones por abuso de autoridad, mal desempeño e imparcialidad, y se lo conoce como «el juez encarcelador» por su fama de primero encarcelar y luego investigar.
En esta oportunidad, Pinarello solicitó que Inchausti sea apartado de la causa «en resguardo de la garantía constitucional del juez imparcial». En caso de que el propio magistrado no considere procedente su apartamiento, el acusado pidió que las actuaciones sean elevadas inmediatamente al tribunal superior para que resuelva el planteo.
La Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Regina informa a pedido del público se agrega una nueva función del ensamble “Perla del Valle” para el próximo domingo a las 20,00 hs. en El Galpón de las Artes. Además recuerda que se agotaron las entradas para la presentación del día sábado a las 21,00…
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