“La acción es el poder que el individuo tiene para que todos los mecanismos y aparatos del Estado preocupados por la vigencia del sistema normativo se pongan en marcha para proteger el derecho vulnerado”
Giuseppe Chiovenda
En estos días se publicó la Ley 27.455 que prevé una modificación al Código Penal en materia de acciones dependientes de instancia privada. Dicho texto modifica precisamente el artículo 72 del libro primero, título XI de dicho Código.
La acción de los delitos contra la integridad sexual, como el abuso sexual simple o la violación, siguen siendo dependientes de instancia privada (la víctima tiene la responsabilidad de iniciar el proceso penal), pero con la modificación hay que poner atención, que en el caso que la víctima de abuso o violación, sea un niño, niña, adolescente o incapaz, la acción se convertirá en una acción pública (el Estado tiene la facultad de ejercer por sí mismo), cuando antes era de instancia privada.
Esto implicaría que cualquier persona, ante el conocimiento de un caso de abuso o violación a menores pueda acercarse a la policía o a la fiscalía a denunciar el hecho.
También, significa que el Estado deberá actuar, intervenir, investigar e impulsar el proceso penal ante el conocimiento del hecho delictivo.
Antes, la necesidad
de que un familiar de la víctima ratificara la denuncia terminaba por ser un
obstáculo para que se haga justicia, por que lamentablemente el 90% de los
casos el abusador es un familiar directo y como consecuencia de eso solo se
denuncia el 10% de los casos. Bien sabemos que estos hechos son muy delicados y
a su vez difíciles de afrontar para el círculo familiar, más aún si el abuso es
intrafamiliar, además que impacta e influye en toda la sociedad en general.
La ventaja que
presenta ésta modificación está relacionada con el respaldo por parte del
estado que recibiría la víctima y la familia de ésta, a la hora de afrontar el
engorroso trámite del proceso penal; además la posibilidad de hacer valer sus
derechos, ya que el estado cuenta con muchos más recursos y posibilidades para
poder llegar a la solución que espera la víctima y su familia.
Con una batería de decretos publicados este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno puso en marcha algunos de los capítulos más controvertidos de la reforma laboral. La medida alcanza a las indemnizaciones, la actividad sindical, los convenios colectivos y los mecanismos de registración laboral. Mientras se promociona como una modernización del mercado de trabajo, la oposición y los gremios denuncian un nuevo avance sobre derechos conquistados durante décadas.
Por Ramiro C. Ferrante para NLI
La publicación de los decretos reglamentarios de la reforma laboral marca un nuevo capítulo en la ofensiva de Milei contra el entramado de protección construido por el movimiento obrero argentino a lo largo de más de un siglo. Aunque el Gobierno intenta presentar los cambios como simples adecuaciones administrativas, la letra fina de las normas revela transformaciones profundas en la relación entre trabajadores, empleadores y organizaciones sindicales.
Entre los puntos más sensibles aparece la creación del denominado Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que permitirá a las empresas constituir fondos específicos para afrontar indemnizaciones futuras. La Casa Rosada sostiene que el sistema no elimina la indemnización por despido, pero en los hechos abre la puerta a un esquema que se asemeja al fondo de cese laboral que históricamente impulsaron los sectores empresariales para reducir el impacto económico de los despidos.
La medida no es menor. Durante décadas, la indemnización funcionó como una herramienta de protección frente a despidos arbitrarios. Con la nueva reglamentación, el Gobierno introduce una lógica financiera en un terreno que hasta ahora estaba vinculado directamente a la responsabilidad patronal. Para los sindicatos, se trata de un cambio estructural que podría debilitar uno de los principales instrumentos de defensa de los trabajadores.
La mira puesta sobre los sindicatos
Si las indemnizaciones constituyen el frente económico de la reforma, la actividad sindical aparece como su principal objetivo político.
La reglamentación incorpora mecanismos de control sobre la estructura de las organizaciones gremiales y habilita verificaciones permanentes respecto de la cantidad de dirigentes y afiliados. También introduce nuevas condiciones para el uso de las horas gremiales, una herramienta fundamental para el funcionamiento cotidiano de los sindicatos dentro de los lugares de trabajo.
Detrás del lenguaje técnico se esconde una orientación política evidente. Desde su llegada al poder, Milei convirtió a las organizaciones sindicales en uno de los blancos predilectos de sus discursos. La nueva normativa busca limitar márgenes de acción y aumentar los controles estatales sobre estructuras que históricamente fueron actores centrales de la vida política y social argentina.
La ofensiva se produce en un contexto de fuerte deterioro salarial, caída del empleo industrial y conflictos laborales en distintas regiones del país. En ese escenario, el intento de disciplinar a los sindicatos adquiere una dimensión que trasciende ampliamente la discusión administrativa.
Convenios colectivos bajo presión
Otro aspecto central de la reglamentación afecta a los convenios colectivos de trabajo.
El Gobierno habilitó mecanismos para revisar acuerdos vigentes y avanzar en procesos de renegociación en actividades donde los convenios permanecieron estables durante años. Además, estableció nuevas condiciones para aportes y contribuciones incluidos en esos acuerdos.
Para el oficialismo, estas modificaciones apuntan a reducir costos laborales y fomentar la contratación. Sin embargo, para especialistas en derecho laboral y referentes sindicales, el verdadero objetivo es avanzar sobre instrumentos que permitieron garantizar derechos específicos en cada actividad económica.
La disputa no es solamente jurídica. Los convenios colectivos constituyen uno de los pilares históricos del modelo laboral argentino y representan una de las herramientas más importantes para equilibrar la relación de fuerzas entre trabajadores y empleadores. Cualquier modificación en ese terreno tiene consecuencias directas sobre millones de asalariados.
Menos regulaciones para las empresas, más exigencias para los trabajadores
La reglamentación también incluye beneficios para empleadores que regularicen personal no registrado. Bajo el argumento de combatir la informalidad, el Gobierno ofrece amplias condonaciones de deudas previsionales a empresas que blanqueen trabajadores.
La paradoja es evidente. Mientras se endurecen controles sobre sindicatos y se flexibilizan mecanismos vinculados a despidos y convenios colectivos, se otorgan ventajas económicas a empresas que durante años incumplieron obligaciones laborales y previsionales.
Al mismo tiempo, la normativa incorpora nuevos sistemas digitales de control, recibos de sueldo con información ampliada sobre costos patronales y mecanismos de registración electrónica que incrementan la capacidad de monitoreo estatal sobre la relación laboral.
La combinación de todas estas medidas permite observar una dirección clara. La reforma no se limita a modificar aspectos técnicos del mercado de trabajo: redefine el equilibrio de poder entre empresarios, trabajadores y sindicatos. Por eso la publicación de los decretos de este lunes puede convertirse en uno de los movimientos políticos más trascendentes del Gobierno en materia laboral desde su llegada a la Casa Rosada.
Detrás del discurso de la modernización y la eficiencia, Milei acaba de poner en marcha una transformación que impactará sobre indemnizaciones, negociación colectiva, organización sindical y empleo registrado. El verdadero alcance de esos cambios comenzará a medirse cuando las nuevas reglas lleguen a las fábricas, oficinas y lugares de trabajo de todo el país.
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