“La acción es el poder que el individuo tiene para que todos los mecanismos y aparatos del Estado preocupados por la vigencia del sistema normativo se pongan en marcha para proteger el derecho vulnerado”
Giuseppe Chiovenda
En estos días se publicó la Ley 27.455 que prevé una modificación al Código Penal en materia de acciones dependientes de instancia privada. Dicho texto modifica precisamente el artículo 72 del libro primero, título XI de dicho Código.
La acción de los delitos contra la integridad sexual, como el abuso sexual simple o la violación, siguen siendo dependientes de instancia privada (la víctima tiene la responsabilidad de iniciar el proceso penal), pero con la modificación hay que poner atención, que en el caso que la víctima de abuso o violación, sea un niño, niña, adolescente o incapaz, la acción se convertirá en una acción pública (el Estado tiene la facultad de ejercer por sí mismo), cuando antes era de instancia privada.
Esto implicaría que cualquier persona, ante el conocimiento de un caso de abuso o violación a menores pueda acercarse a la policía o a la fiscalía a denunciar el hecho.
También, significa que el Estado deberá actuar, intervenir, investigar e impulsar el proceso penal ante el conocimiento del hecho delictivo.
Antes, la necesidad
de que un familiar de la víctima ratificara la denuncia terminaba por ser un
obstáculo para que se haga justicia, por que lamentablemente el 90% de los
casos el abusador es un familiar directo y como consecuencia de eso solo se
denuncia el 10% de los casos. Bien sabemos que estos hechos son muy delicados y
a su vez difíciles de afrontar para el círculo familiar, más aún si el abuso es
intrafamiliar, además que impacta e influye en toda la sociedad en general.
La ventaja que
presenta ésta modificación está relacionada con el respaldo por parte del
estado que recibiría la víctima y la familia de ésta, a la hora de afrontar el
engorroso trámite del proceso penal; además la posibilidad de hacer valer sus
derechos, ya que el estado cuenta con muchos más recursos y posibilidades para
poder llegar a la solución que espera la víctima y su familia.
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Los jueces Pablo Bertuzzi y Eduardo Farah anularon este jueves una serie de allanamientos y embargos dispuestos por el juez Sebastián Casanello en la causa que investiga la contratación de una empresa de Martín Aguirre, socio de Martín Menem, para la prestación de servicios a la intervención de Osprera, la obra social de los peones rurales.
Aguirre, comparte el paquete accionario de TR Nutrition, dedicada a la venta complementos nutricionales, con el presidente de la Cámara de Diputados, pero también es dueño de la firma de consultoría informática HTECH Innovation. En efecto, Casanello y el fiscal Guillermo Marijuan indagan la empresa de tecnología por dos facturas que rondan los 260 millones de pesos.
Tal como informó LPO, el socio de Menem fue citado a indagatoria junto a los interventores que designó el gobierno, Virginia Montero y Marcelo Petroni, un abogado ligado a Lule Menem.
Las defensas de los imputados apelaron y la causa llegó a la Sala II de la Cámara Federal porteña, donde se desempeñan Roberto Boico y Farah. Como Martín Irurzun cumplió 75 años el pasado 18 de julio sin que Javier Milei mandara su pliego de prórroga al Senado, los camaristas tuvieron que sortear un tercer juez entre los tres integrantes de la Sala I, Mariano Llorens, Pablo Yadarola y Bertuzzi, nombrados en sus cargos después de una traumática votación para el kirchnerismo en la Cámara Alta.
Por azar en el sorteo, Bertuzzi terminó siendo el magistrado que desempató a favor de los interventores y Aguirre, todos cercanos a los primos Menem.
Bertuzzi anudó con este fallo, una seguidilla de cuatro definiciones a favor del gobierno a una semana de que el decreto de su nombramiento se publicara por Boletín Oficial con las firmas de Javier Milei y Juan Bautista Mahiques.
Eduardo Farah.
Primero confirmaron el apartamiento de las querellas en la causa LIBRA, dejando el caso al borde del archivo porque el fiscal Eduardo Taiano mantiene la investigación planchada. Luego, votó junto a Llorens para enterrar la pesqiusa por el endeudamiento perpetrado por Mauricio Macri y Luis Toto Caputo en 2018, con un dictamen contundente del fiscal Franco Picardi. Y el lunes pasado votó también el archivo de la causa por el espionaje que se instrumentó desde la AFI y que descubrió la ex interventora Cristina Camaño en los discos rígidos de las computadoras de la central de inteligencia.
En Comodoro Py, señalan que Bertuzzi «se está apurando a pagar al contado su designación», en referencia a los favores que le está haciendo al gobierno de Milei y su antiguo promotor, el ex presidente Mauricio Macri.
Bertuzzi se está apurando a pagar al contado su designación, dicen en referencia a los favores que le está haciendo al gobierno de Milei.
Más extraño es el caso de Farah, que ingresó a la cámara por impulso del peronismo, responde al auditor Javier Fernández y viene desmarcándose de los compromisos que el kirchnerismo le reclamaría. Auditor de la Nación desde 2001, Fernández solía decir que su conducción era Cristina Kirchner y que ejercía ascendencia sobre Farah.
El voto del camarista es otro elemento más en el desconcierto de los peronistas. «Hay un vínculo entre Javier Fernández y Cristina pero juega para él mismo y Farah está ahí gracias a nosotros, que lo repusimos, pero en la mayoría de los casos jugó para el orto», resumió una fuente del Congreso.
El único que votó contra Montero, Petroni y Aguirre fue Boico. Farah justificó su decisión diciendo que tenía a la vista razones suficientes para proponer al acuerdo la nulidad de las órdenes de allanamiento realizadas.
Con todo, el único que votó contra Montero, Petroni y Aguirre fue Boico. Farah justificó su decisión diciendo que tenía «a la vista razones suficientes para proponer al acuerdo la nulidad de las órdenes de allanamiento realizadas en el marco del legajo de investigación N° 1, y de lo obrado en su consecuencia, porque la actividad procesal que las integra, fundamenta y ejecuta se llevó a cabo con exclusión de la intervención de las defensas, sin que existiera una justificación legal para ello».
Bertuzzi, por su parte, consideró los procedimientos dispuestos por Casanello como «inadmisibles». «Aun si este accionar fue efectuado con el objetivo de perseguir un delito o de aportar pruebas que den cuentan de su comisión, resulta inadmisible el resultado de un procedimiento ilegal o contrario a derecho», planteó.
El 30 de agosto de 2025 LPO había revelado la escandalosa vinculación del socio de Martín Menem con la intervención de la obra social de los peones rurales. «Petroni es el que firmaba los acuerdos pero quien manejaba atrás era Sergio Aguirre, que es socio de Martín Menem», afirmó en ese momento un abogado al tanto de la situación de Osprera.
Este medio también reveló que Marijuan había accedido a mensajes de Whatsapp entre Petroni y Aguirre. En uno de ellos, el interventor escribió: «Eso lo tienen que saber Martín y Lule», y en otro fue más directo: «Nosotros somos Lule y Karina».
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