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ABUSO SEXUAL INFANTIL: DELITO DE INSTANCIA PÚBLICA

“La acción es el poder que el individuo tiene para que todos los mecanismos y aparatos del Estado preocupados por la vigencia del sistema normativo se pongan en marcha para proteger el derecho vulnerado”

Giuseppe Chiovenda

En estos días se publicó la Ley 27.455 que prevé una modificación al Código Penal en materia de acciones dependientes de instancia privada. Dicho texto modifica precisamente el artículo 72 del libro primero, título XI de dicho Código.  

La acción de los delitos contra la integridad sexual, como el abuso sexual simple o la violación, siguen siendo dependientes de instancia privada (la víctima tiene la responsabilidad de iniciar el proceso penal), pero con la modificación hay que poner atención, que en el caso que la víctima de abuso o violación, sea un niño, niña, adolescente o incapaz, la acción se convertirá en una acción pública (el Estado tiene la facultad de ejercer por sí mismo), cuando antes era de instancia privada.

Esto implicaría que cualquier persona, ante el conocimiento de un caso de abuso o violación a menores pueda acercarse a la policía o a la fiscalía a denunciar el hecho.

También, significa que el Estado deberá actuar, intervenir, investigar e impulsar el proceso penal ante el conocimiento del hecho delictivo.

Antes, la necesidad de que un familiar de la víctima ratificara la denuncia terminaba por ser un obstáculo para que se haga justicia, por que lamentablemente el 90% de los casos el abusador es un familiar directo y como consecuencia de eso solo se denuncia el 10% de los casos. Bien sabemos que estos hechos son muy delicados y a su vez difíciles de afrontar para el círculo familiar, más aún si el abuso es intrafamiliar, además que impacta e influye en toda la sociedad en general.

La ventaja que presenta ésta modificación está relacionada con el respaldo por parte del estado que recibiría la víctima y la familia de ésta, a la hora de afrontar el engorroso trámite del proceso penal; además la posibilidad de hacer valer sus derechos, ya que el estado cuenta con muchos más recursos y posibilidades para poder llegar a la solución que espera la víctima y su familia.   

Datos Estadísticos e imagen: Red por la Infancia
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    Mario Ishii presentó un proyecto en la Legislatura bonaerense para declarar la emergencia alimentaria por un plazo de 18 meses. Su proyecto de ley surgió a partir de la decisión de Andrés Larroque de recortar el programa Mesa, una asistencia de módulos alimentarios que reciben familias de estudiantes en situación de vulnerabilidad.

    El proyecto de Ishii no escapa a la interna. No apunta a la situación de ajuste que enfrenta la provincia de Buenos Aires por parte del gobierno de Javier Milei. De hecho, no menciona al presidente en ningún párrafo de los fundamentos.

    «La provincia atraviesa un escenario de extrema gravedad social, caracterizado por el deterioro acelerado de las condiciones de vida y el aumento sostenido de la vulnerabilidad», dice el texto de Ishii. Además insta al gobierno de Kicillof a reasignar sus recursos «con criterios de estricta prioridad social» y pide que el acceso a la alimentación «prevalezca por sobre la ejecución de obras o erogaciones que no resultan esenciales o urgentes».

    Mario Ishii.

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    Hemos presentado un reclamo formal a la ministra de Capital Humano de la Nación Sandra Pettovello, instando a saldar la deuda acumulada que mantiene el Estado nacional con la Provincia desde el 2024 por el Servicio Alimentario Escolar que asciende a más de $220.000 millones…. pic.twitter.com/ZcQERAw90P

    — Andrés Larroque (@larroqueandres) April 20, 2026

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