El hermano del gobernador de Chaco atropelló y mató a un peatón

El hermano del gobernador de Chaco atropelló y mató a un peatón

 

Horacio “Chuleta” Zdero, hermano del gobernador de Chaco, Leandro Zdero, protagonizó este sábado a la madrugada un fatal accidente en la localidad de Quitilipi, donde atropelló y mató a un hombre que caminaba por la zona.

El hecho ocurrió cerca de las 5 de la mañana, cuando la Ford Ranger blanca que conducía Zdero embistió a un peatón, un obrero de 40 años conocido como “Pinta”, quien murió en el acto como consecuencia del impacto. En las inmediaciones funcionaba un boliche, un dato que podría aportar elementos para reconstruir el contexto del siniestro. 

La Fiscalía N° 3, a cargo de Marcelo Soto, intervino en el caso y dispuso que Horacio Zdero fuera notificado de la imputación por “supuesto accidente de tránsito fatal”, aunque ordenó que permanezca en libertad mientras avanza la investigación.

El gobernador Leandro Zdero se pronunció públicamente a través de la red social X: “Ante el accidente de tránsito en el que se ve involucrado mi hermano, acompaño con profundo dolor a la familia afectada en esta pérdida irreparable”.

Y agregó: “Como corresponde con cualquier ciudadano, este hecho debe cumplir con los procedimientos legales de rigor, sin distinción alguna”.

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  • Explosiones en Ezeiza: 380 bomberos trabajan para contener las llamas

     

    El viernes por la noche el Polo Industrial Spegazzini, en Ezeiza, fue escenario de un incendio de enorme magnitud que provocó una serie de explosiones y generó alarma en toda la zona.

    El siniestro ocurrió el viernes por la noche y obligó a un operativo de emergencia sin precedentes. Más de 380 bomberos, junto a personal de salud, policía y Defensa Civil, trabajaron durante horas para intentar controlar el fuego mientras se investigan sus causas.

    El intendente de Ezeiza, Gastón Granados, confirmó que la explosión inicial fue tan fuerte que rompió los vidrios de viviendas cercanas y obligó a evacuar preventivamente a los vecinos. El funcionario aseguró que primero debieron enfocarse en contener las llamas y luego en determinar qué originó la explosión. También remarcó que la situación generó mucha confusión debido a la intensidad del fuego y a la falta de información sobre los materiales involucrados.

    Durante esta madrugada y el trascurso de la mañana se actualizó el estado de salud de las personas afectadas. La Clínica Monte Grande atendió a 17 heridos, la mayoría con golpes e insuficiencia respiratoria leves. Solo un hombre de más de 50 años, directivo de una empresa del polo industrial, permanece internado en terapia intensiva tras sufrir un infarto. También fue asistida una embarazada con dificultades respiratorias, quien ya recibió el alta.

    El director provincial de Defensa Civil, Fabián García, destacó que, pese a la espectacularidad del incendio, la situación “nunca estuvo fuera de control”. Explicó que se monitoreó la calidad del aire y que no se detectó la presencia de una nube tóxica, aunque sí partículas producto del humo. Las autoridades ya levantaron la recomendación de permanecer en las viviendas, aunque mantienen restringido el acceso al perímetro afectado.

    García informó que el fuego está contenido, aunque no completamente extinguido, y que alrededor de siete galpones fueron alcanzados por las llamas. Entre ellos había uno con caucho y neumáticos, lo que generó la densa columna de humo negro visible desde varios kilómetros. También se identificaron sustancias que intensificaron la combustión, como agua oxigenada concentrada, y se trabajó especialmente para evitar que el fuego llegara a una planta frigorífica con depósitos de amoníaco. El aeropuerto de Ezeiza no sufrió afectaciones, pero la autopista Ezeiza–Cañuelas permanece totalmente cortada.

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  • Denuncian a la SIDE por habilitar tareas de espionaje ilegal sobre opositores y grupos sociales

     

    Una denuncia penal presentada por el Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) contra los jefes de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) los acusa de abuso de autoridad por aprobar un Plan de Inteligencia Nacional que habilita tareas de espionaje sobre grupos vulnerables, actores sociales y voces críticas, en abierta violación a la Ley de Inteligencia Nacional. Desarticular la protesta social a partir de la agudización de la crisis ecónomica y particularmente aplacar la resistencia en las provincias es uno de los principales objetivos luego de la aprobación de la Ley de Bases. Por ANRed.


     

    Hace unos días se filtro parte del Plan de inteligencia para el 2025 (PIN). Las denuncias se hicieron concretas a partir de la públicación de la Revista Crisis. El PIN, elaborado por la SIDE bajo la administración de Javier Milei, instala un esquema de vigilancia y control que apunta directamente contra voces disidentes, opositores políticos, movimientos sociales, ambientalistas, pueblos originarios, periodistas, sindicalistas y referentes opositores. Lejos de tratarse de un plan técnico o preventivo, el PIN operará como una herramienta política de persecución, basada en definiciones vagas y arbitrarias que habilitan el espionaje interno y la criminalización de la protesta.

    Con el pretexto de proteger el “orden constitucional” o el “desarrollo de la infraestructura estratégica”, el gobierno utilizaría la inteligencia estatal para catalogar como amenazas a quienes cuestionen sus políticas.El plan incluso se atreve a identificar el “anarquismo” como forma de terrorismo, en un intento evidente de criminalizar. Detrás se guardan desafios que sabe el gobierno que enfrentará. Todavía están frescas las rebeliones del 2020 contra la instalación de la megaminería en Chubut y el Mendozazo en el 2019 a penas asumido Alberto. Incluso en Jujuy también una rebelión que duró varias semana hasta se realizó un acampe en el centro de CABA (El tercer malón de la paz) . También las jornadas de protesta en toda la costa bonaerense contra las petroleras offshore.

    Hoy organismos de derechos humanos y actores sociales presentaron una denuncia penal contra las máximas autoridades de la SIDE, Sergio Neiffert y Diego Kravetz, por abuso de autoridad. La acusación se centra en un Plan de Inteligencia Nacional y una orden secreta recientemente revelada, que habilitan a los servicios de inteligencia a vigilar y monitorear a grupos sociales, opositores, periodistas, académicos y ambientalistas bajo definiciones amplias y vagas. El plan amplía de forma riesgosa el concepto de terrorismo y legitima la persecución ideológica, incluyendo el espionaje sobre protestas y reclamos históricos. También apunta al seguimiento de conflictos socioambientales y a pueblos originarios. Todo esto contraviene la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, por lo que se exige una investigación judicial para determinar si ya se realizaron acciones ilegales y quiénes son los responsables.

    El texto fue publicado hoy por el CELS:

    «Denunciamos penalmente por abuso de autoridad a Sergio Neiffert, jefe de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), y a Diego Kravetz, director general de Operaciones de la SIDE. La denuncia apunta a sus responsabilidades en la aprobación de un Plan de Inteligencia Nacional (PIN) y el dictado de una orden secreta que habilita a la SIDE a “identificar y monitorear” a todos los “grupos sociales vulnerables” de la Argentina y a actores que puedan capitalizar la “creciente polarización política para expandir su influencia” en el electorado local.

    Una parte sustancial de las tareas de inteligencia, que son esencialmente secretas, estaría volcada a vigilar y caracterizar la conversación pública: lo que se dice y cómo se dice en medios y en redes sociales. Las opiniones comienzan a adquirir las características de una amenaza para el PIN cuando “promuevan la conflictividad” -una práctica de autoridades y grupos afines al gobierno, por otra parte- o cuando erosionen “la confianza” en las instituciones económicas o la reputación de empresas asentadas en el país.

    La extensión de las tareas de inteligencia es enorme y tiene definiciones vagas. Pueden vigilar, según su plan, a “actores de interés”, “actores estratégicos”, “actores no estatales”, actores que tengan la capacidad de “manipular la percepción” de las personas, que promocionen la fragmentación social, sin una explicación de qué significan esos adjetivos y si tienen límites. La definición concreta y operativa queda en manos de los funcionarios de la SIDE: son quienes van a definir quiénes encarnan una amenaza. El PIN habilita la vigilancia secreta de la expresión política opositora en el espacio público, pero también de referentes sociales, economistas, periodistas, académicxs, artistas y cualquier voz crítica.

    Todas estas actividades son abiertamente contrarias a la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520. Por eso en la denuncia pedimos, además de una serie de medidas de prueba para esclarecer estos hechos, que se determine si ya hubo acciones concretas basadas en la orden secreta y el PIN, para poder definir las responsabilidades penales.

    El PIN contiene “Lineamientos Estratégicos” y “Objetivos Generales de Inteligencia”, del que se desprenden “Objetivos Particulares de Inteligencia” y de ellos “Necesidades de Inteligencia”.

    Las Necesidades de Inteligencia del Objetivo Particular de Inteligencia 5 del Lineamiento Estratégico 3, por ejemplo, habilitan la vigilancia de actividades y expresiones políticas y sociales que consideren amenazas o en proceso de radicalización. Si nos remitimos a medidas o declaraciones de funcionarios para entender cuáles podrían ser esas amenazas podemos remontarnos al año pasado, cuando el gobierno usó ese tipo de calificativos para hablar de manera prejuiciosa y estigmatizante de manifestantes, de grupos anarquistas o antifascistas. El Objetivo Particular de Inteligencia 6 del mismo Lineamiento Estratégico apunta a los “potenciales impactos negativos en el desarrollo del sistema de Defensa Nacional” y allí los sospechosos podríamos ser los organismos de derechos humanos.

    El PIN amplía el concepto de terrorismo de una forma muy peligrosa. Podrían quedar bajo vigilancia actividades y personas por su orientación ideológica o por sus reclamos históricos. El paraguas es tan amplio que habilitaría la vigilancia de manifestaciones públicas y de protestas que pudieran ser “oportunidad” para acciones terroristas. El plan identifica al “terrorismo anarquista” como blanco principal, lo que puede derivar en persecución ideológica: expresar ideas anarquistas sería suficiente para entrar en una lista de vigilancia.

    El Plan de Inteligencia se enfoca también en seguir la conflictividad socioambiental y vigilar tanto al activismo ambientalista como a los pueblos indígenas –grupos que pretendan proteger patrimonios culturales y/o sagrados–. La mirada está puesta en situaciones y actores con capacidad de incidencia política o de obstruir proyectos extractivos, que puedan afectar la “extracción, transporte y/o comercialización” de recursos naturales estratégicos. También incorpora como objetivo el seguimiento de instancias internacionales –sistemas de protección de derechos, cooperación internacional pública y privada– que intervengan frente a “eventos climáticos extremos, la degradación del ecosistema y pérdida de biodiversidad”. Quienes promuevan acciones para evitar estas consecuencias de la matriz productiva extractivista son considerados actores “adversos al interés nacional”.

    Aunque el Estado Nacional lo haya negado en un comunicado breve, está habilitando a los organismos que integran el Sistema de Inteligencia Nacional a desplegar tareas de identificación, seguimiento, monitoreo, búsqueda, producción y acopio de información sobre personas y grupos por razones políticas. Es ilegal y tiene que rendir cuentas.»

     

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  • Histórico en Argentina: una playa patagónica introduce una bandera verde

     

    Playa Unión, uno de los destinos más elegidos del verano patagónico, inaugurará una temporada histórica con una innovación inédita en el país: la implementación de la bandera verde fluo para coordinar la convivencia entre bañistas y practicantes de deportes náuticos.

    La medida comenzará a aplicarse a partir del sábado 6 de diciembre, cuando se inicie oficialmente la temporada de verano, que se extenderá hasta el 8 de marzo de 2026.

    El jefe del Cuerpo de Guardavidas, Luis Torres, confirmó la novedad en medios regionales y explicó que se trata de una “prueba piloto” diseñada para ordenar los espacios y prevenir accidentes entre quienes disfrutan del mar.

    Cómo funcionará la bandera verde

    La bandera verde fluo se izará solo en determinados momentos y sectores, para indicar cuándo los deportistas —surfistas, kayakistas o kitesurfistas— pueden realizar sus actividades sin riesgo para los bañistas.

    Si la bandera verde está puesta, se podrá practicar la actividad; si se retira, el deportista deberá ir a la zona específica”, detalló Torres.

    El sistema apunta a descomprimir las zonas de alta concentración de bañistas, garantizando mayor seguridad y convivencia en una costa que recibe miles de visitantes cada temporada.

    Un modelo inspirado en playas europeas

    La iniciativa surge del trabajo conjunto entre el Cuerpo de Guardavidas y las asociaciones de deportistas náuticos, que buscaron una alternativa a las prohibiciones rígidas de años anteriores.

    Torres explicó que el sistema se inspiró en playas de Italia, Portugal y España, donde este tipo de banderas ya es habitual: “Es la primera vez que se implementa algo así en Argentina, y esperamos que sea un modelo para otras costas del país”.

    Además, se amplió la zona exclusiva para deportes náuticos, que ahora se extenderá desde la Plaza de los Inmigrantes hasta la escollera del puerto, abarcando los puestos 21 al 25. En esa franja, durante la marea alta, el baño estará restringido por razones de seguridad y erosión costera.

    Operativo de seguridad: guardavidas, horarios y recomendaciones

    El operativo de seguridad incluirá entre 76 y 79 guardavidas, distribuidos en 25 puestos a lo largo de la playa.
    El servicio funcionará de 10 a 19 horas de lunes a viernes y de 10 a 20 los fines de semana y feriados.

    Entre las recomendaciones para los visitantes, el cuerpo de guardavidas insistió en:

    • Evitar la exposición al sol entre las 13 y las 15,
    • Hidratarse constantemente, especialmente niños y adultos mayores,
    • Asegurar las sombrillas por el viento y respetar las zonas demarcadas.

    El año pasado atendimos varios casos de deshidratación y desmayos, así que este año reforzaremos la cartelería informativa y las campañas de prevención”, adelantó Torres.

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  • Expulsaron del país a dos chilenos por delitos en su país y en Estados Unidos

     

    Dos hermanos de nacionalidad chilenaquienes habían ingresado al país de manera ilegal y tenían antecedentes penales, fueron expulsados en el marco de un operativo supervisado  por el Ministerio de Seguridad, y que contó con la participación de agentes del Departamento Federal de Investigaciones (DFI) de la Policía Federal Argentina (PFA).

    Precisamente, efectivos de la PFA arrestaron a los dos sujetos, quienes vivían en un hotel de la localidad de Ezeiza, en el sur bonaerense. Y tras la detención, ya fueron enviados a su país de origen, donde habían cometido diversos delitos, al igual que en Estados Unidos.

    La investigación se inició a raíz de un pedido de colaboración de Sonia Harms, directora de Control de Permanencia de la Dirección Nacional de Migraciones, solicitando pesquisas para establecer el paradero de los acusados, uno de ellos tenía pedido de captura por secuestro extorsivo en Chile y el otro había sido deportado de Estados Unidos, por el robo a lujosos inmuebles.

    Con esta información, a la que tuvo acceso Noticias Argentinas, los efectivos de la Comisaría de Asuntos Migratorios iniciaron un operativo y detectaron que los mismos se ocultaban en un hotel en el partido bonaerense de Ezeiza, donde finalmente fueron detenidos, tras un operativo en conjunto con personal de la Dirección Nacional de Migraciones y la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE).

    De esta manera, la Dirección Nacional de Migraciones ordenó la inmediata expulsión del país de los sindicados. Posteriormente, ambos fueron trasladados bajo custodia policial en un vuelo de Aerolíneas Argentinas con destino a Santiago de Chile, donde al llegar fueron detenidos por la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), para continuar la prosecución judicial.

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  • Inflación neuquina: qué subió, qué bajó y cuáles fueron las divisiones que más pesaron en octubre

     

    Neuquén cerró octubre con una inflación del 2,7 por ciento, un registro levemente inferior al del mes anterior pero que volvió a ubicarse por encima del promedio nacional. El ritmo inflacionario provincial mostró nuevamente comportamientos dispares dentro de la canasta, con aumentos considerables en productos frescos y variaciones moderadas o incluso negativas en otros rubros esenciales.

    El análisis desagregado de la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos dejó en evidencia que las frutas y verduras marcaron el mayor impacto del mes. El limón encabezó las subas con un salto del 41 por ciento, mientras que la cebolla avanzó 33,1 por ciento. Entre las frutas, la banana tuvo un ajuste del 4,7 por ciento. También se registraron incrementos por encima del promedio en cortes de carne como la nalga, además del aceite de girasol, el azúcar, galletitas, jamón cocido y el yogurt firme.

    Otros alimentos subieron pero se mantuvieron por debajo del índice general, como la harina común, el asado, el pollo entero, distintos tipos de quesos, gaseosas y embutidos. En contraste, hubo productos que registraron bajas, entre ellos la leche entera en sachet, el pan, el arroz, los fideos, las hamburguesas congeladas, la manteca y varios vegetales de estación como papa, lechuga y zanahoria.

    Las variaciones más fuertes del mes no provinieron solo de la canasta alimentaria. La división Bienes y servicios varios lideró el incremento con un 4,9 por ciento impulsado por alzas en cuidado personal y seguros. Le siguieron Prendas de vestir y calzado, con 4,4 por ciento, y Educación, con un 3,8 por ciento debido a aumentos en niveles primario y secundario.

    Vivienda, agua, electricidad y otros combustibles fue la división que tuvo mayor incidencia sobre el índice general, con un aporte de 0,67 puntos porcentuales, producto de subas en alquileres y, sobre todo, en el gas natural por red. Transporte también pesó en el resultado mensual con una variación del 3,4 por ciento a partir de los incrementos en combustibles, reparaciones de vehículos y vuelos de cabotaje.

    Dentro del rubro Alimentos y bebidas no alcohólicas, la variación fue del 1,9 por ciento, empujada por frutas frescas, productos de panificación, aceites y carne bovina. En el balance general, los bienes aportaron 1,19 puntos porcentuales a la inflación de octubre y los servicios 1,51, con aumentos vinculados a vivienda, educación, gastronomía y mantenimiento automotor.

    Las categorías de análisis mostraron también comportamientos diferenciados: los bienes y servicios Núcleo aumentaron 2,4 por ciento, los Estacionales 3,5 y los Regulados 3,2. En términos interanuales, las subas se ubicaron entre el 18,9 y el 43,8 por ciento según la categoría evaluada, reflejando un escenario de correcciones constantes que continúa presionando sobre el bolsillo de los neuquinos.

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  • Río Negro: ratifican condena contra cinco prefectos por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel

     

    La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena contra Sergio Cavía, Francisco Javier Pinto, Juan Obregón, Carlos Sosa y Sergio García, los cinco efectivos del Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina acusados de haber asesinado a tiros por la espalda al joven mapuche de 22 años Rafael Nahuel cuando escapaba de una brutal represión en la Lof Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi (Bariloche), el 25 de noviembre de 2017. La cámara consideró que «cometieron el delito de homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa». Tras el fallo, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), querellante en la causa, afirmó que si bien «aprecia el fallo condenatorio, la sentencia no alcanzó a las autoridades de entonces, claramente involucradas en el hecho y, por tanto, responsables últimos de aquella acción criminal», en referencia a quien fuera en esos años la titular del Ministerio de Seguridad, Patricia Bullrich. Por ANRed.


    El fallo de Sala III de la Cámara Federal de Casación confirmó la condena dictada en diciembre de 2023 por el Tribunal Oral Federal de General Roca contra Sergio Cavía, Francisco Javier Pinto, Juan Obregón, Carlos Sosa y Sergio García, los cinco prefectos del Grupo Albatros acusados por haber asesinado a tiros por la espalda al joven mapuche de 22 años cuando escapaba de una brutal represión en la Lof Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi (Bariloche), el 25 de noviembre de 2017, en el marco de un operativo para desalojar un predio de Parques Nacionales recuperado por la comunidad mapuche.

    La cámara consideró que «cometieron el delito de homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa«. La condena también implicó la inhabilitación de los cinco condenados para ejercer cargos públicos.

    Rafael Nahuel en una manifestación el jueves 23 de noviembre en Bariloche. Foto: Eugenia Neme, Colectivo al Margen.

     

    El asesinato de Rafael Nahuel había sido juzgado en debate oral y público a instancias del Tribunal Oral Federal de General Roca – con la integración de los magistrados Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava – durante los últimos meses de 2023.

    Según su grado de participación en el crimen, todos recibieron la máxima pena para el delito imputado, pero ninguno fue condenado a penas superiores a cinco años y ocho meses de prisión, ya que ese es el límite previsto para la autoría del homicidio agravado con exceso de legítima defensa.

    La causa estuvo plagada de irregularidades y manipulaciones de parte de los propios prefectos y los medios comerciales masivos, que intentaron plantar pruebas y culpar a los/as manifestantes, incluso a quienes asistieron a Rafael Nahuel cuando fue herido con las balas de plomo de los prefectos, como Fausto Jones Huala y Lautaro González Curruhuinca.

    «La sentencia no alcanzó a las autoridades políticas»

    Tras la noticia, en un comunicado la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), querellante en la causa, afirmó que si bien «aprecia el fallo condenatorio, la sentencia no alcanzó a las autoridades de entonces, claramente involucradas en el hecho y, por tanto, responsables últimos de aquella acción criminal«, en referencia a Patricia Bullrich, en ese momento también ministra de Seguridad del gobierno de Mauricio Macri.

    Foto: Roxana Sposaro.

    En la misma línea, señaló que el fallo de la Cámara «estableció inequívocamente el obrar delictivo de esa fuerza de seguridad al mando de Bullrich» y «desmiente las afirmaciones que al momento de los hechos formulasen Patricia Bullrich y Mauricio Macri para encubrir y justificar la brutal acción represiva del Grupo Albatros», que fue realizada el 25 de noviembre de 2017, le costó la vida a Rafael Nahuel y dejó heridas de gravedad a Johana Micaela Colhuan y Gonzalo Coña.

    «Bullrich sigue incitando a quienes integran las fuerzas a su mando a que mantengan conductas violentas, violatorias del orden jurídico vigente, a sabiendas de que son ellos los únicos que terminan respondiendo ante los jueces por hechos execrables, que parecen desconocer que delinque no sólo quien cumple órdenes inmorales e ilegales sino también quien las ordena», agregó la APDH.

    En tanto, en declaraciones a ANDAR, el abogado Guillermo Torremare, miembro de la CPM y vicepresidente de la APDH agregó: «hay que considerar el contexto histórico en el que se inició y desarrolló la causa por el asesinato de Rafael Nahuel, con Patricia Bullrich y Germán Garavano como ministros de Seguridad y de Justicia de la Nación, respectivamente, y con discursos políticos que diariamente planteaban la absoluta inocencia de los prefectos implicados».

    «Lo que ocurrió es una verdadera cacería en la que se efectuaron más de 150 disparos de armas de fuego reglamentarias mientras las personas intentaban alejarse. El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel, si bien no adoptó el criterio que pedíamos las querellas respecto a la calificación legal, es una crítica al accionar punitivo del Estado», consideró.

     

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