Lali Espósito rompió el silencio y habló sobre su enfrentamiento con Javier Milei

Lali Espósito rompió el silencio y habló sobre su enfrentamiento con Javier Milei

 

La cantante Lali Espósito habló sobre su enfrentamiento con el presidente argentino Javier Milei, al que describió como una persecución mediática que surgió tras un tuit crítico suyo.

En la entrevista con el conductor español David Broncano para su talk show “La Revuelta”, Espósito relató cómo se convirtió en blanco de calumnias e injurias por parte de los seguidores del mandatario y criticó el accionar de Milei hacia los artistas que expresan opiniones públicas.

El conflicto se originó luego de las elecciones primarias (PASO) en Argentina, cuando Espósito publicó un mensaje breve en Twitter que alertaba sobre el peligro del entonces candidato presidencial.

La cantante detalló que la situación se manifestó a través de redes sociales y medios de comunicación, y recordó que el presidente incluso la mencionó en televisión pública cambiándole el nombre. A pesar de la presión, Espósito afirmó que se mantiene firme en sus opiniones y continuará expresándose tanto en entrevistas como a través de su música.

Lali Espósito y su pelea con el mandatario  

Lali comenta su enfrentamiento con Milei | #LaRevuelta 30.09.2025.

La cantante comenzó explicando al conductor, «el tipo que hoy es nuestro presidente gana las PASO en Argentina, las primarias, y yo pongo un tuit muy concreto, muy cortito que decía, ‘qué peligroso, qué triste’. Y a partir de ese momento se vino una persecución con sus trolls en redes sociales. Calumnias, injurias...».

«Por un rato, quizá hasta hoy, pero con menos fuerza por suerte, fui el centro del hate del mismísimo presidente de la Nación«, agregó Espósito.

«¿Pero sigue hasta el día de hoy?», quiso saber el conductor. “Y no hace nada, se ve”, le respondió filosa.

Además, recordó como el presidente habló de ella en televisión pública: «me cambió el nombre. Lali depósito […] Porque, bueno, él cree que los artistas opinan porque les pagan o una boludez así». 

Ante la consulta de si se vio afectada por la situación, Lali se sinceró: «No, estoy bárbara. Me quebré, pero ahora estoy acá divina».

Lejos de soltar el guante, la cantante criticó el accionar de Milei con respecto a las distintas opiniones que tienen las figuras del mundo del espectáculo en Argentina: “y si no soy yo, es otro artista. Está raro el tema de la libre expresión”.

Opiné como persona, parte de la sociedad, como artista que tiene un micrófono enfrente, por supuesto que opiné, y lo voy a seguir haciendo. Si no, lo hago con música y, si no, lo hago cuando lo siento. Un beso a mi país, que tanto quiero”, cerró.

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  • Río Negro: ratifican condena contra cinco prefectos por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel

     

    La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena contra Sergio Cavía, Francisco Javier Pinto, Juan Obregón, Carlos Sosa y Sergio García, los cinco efectivos del Grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina acusados de haber asesinado a tiros por la espalda al joven mapuche de 22 años Rafael Nahuel cuando escapaba de una brutal represión en la Lof Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi (Bariloche), el 25 de noviembre de 2017. La cámara consideró que «cometieron el delito de homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa». Tras el fallo, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), querellante en la causa, afirmó que si bien «aprecia el fallo condenatorio, la sentencia no alcanzó a las autoridades de entonces, claramente involucradas en el hecho y, por tanto, responsables últimos de aquella acción criminal», en referencia a quien fuera en esos años la titular del Ministerio de Seguridad, Patricia Bullrich. Por ANRed.


    El fallo de Sala III de la Cámara Federal de Casación confirmó la condena dictada en diciembre de 2023 por el Tribunal Oral Federal de General Roca contra Sergio Cavía, Francisco Javier Pinto, Juan Obregón, Carlos Sosa y Sergio García, los cinco prefectos del Grupo Albatros acusados por haber asesinado a tiros por la espalda al joven mapuche de 22 años cuando escapaba de una brutal represión en la Lof Lafken Winkul Mapu, en Villa Mascardi (Bariloche), el 25 de noviembre de 2017, en el marco de un operativo para desalojar un predio de Parques Nacionales recuperado por la comunidad mapuche.

    La cámara consideró que «cometieron el delito de homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego con exceso en la legítima defensa«. La condena también implicó la inhabilitación de los cinco condenados para ejercer cargos públicos.

    Rafael Nahuel en una manifestación el jueves 23 de noviembre en Bariloche. Foto: Eugenia Neme, Colectivo al Margen.

     

    El asesinato de Rafael Nahuel había sido juzgado en debate oral y público a instancias del Tribunal Oral Federal de General Roca – con la integración de los magistrados Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava – durante los últimos meses de 2023.

    Según su grado de participación en el crimen, todos recibieron la máxima pena para el delito imputado, pero ninguno fue condenado a penas superiores a cinco años y ocho meses de prisión, ya que ese es el límite previsto para la autoría del homicidio agravado con exceso de legítima defensa.

    La causa estuvo plagada de irregularidades y manipulaciones de parte de los propios prefectos y los medios comerciales masivos, que intentaron plantar pruebas y culpar a los/as manifestantes, incluso a quienes asistieron a Rafael Nahuel cuando fue herido con las balas de plomo de los prefectos, como Fausto Jones Huala y Lautaro González Curruhuinca.

    «La sentencia no alcanzó a las autoridades políticas»

    Tras la noticia, en un comunicado la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), querellante en la causa, afirmó que si bien «aprecia el fallo condenatorio, la sentencia no alcanzó a las autoridades de entonces, claramente involucradas en el hecho y, por tanto, responsables últimos de aquella acción criminal«, en referencia a Patricia Bullrich, en ese momento también ministra de Seguridad del gobierno de Mauricio Macri.

    Foto: Roxana Sposaro.

    En la misma línea, señaló que el fallo de la Cámara «estableció inequívocamente el obrar delictivo de esa fuerza de seguridad al mando de Bullrich» y «desmiente las afirmaciones que al momento de los hechos formulasen Patricia Bullrich y Mauricio Macri para encubrir y justificar la brutal acción represiva del Grupo Albatros», que fue realizada el 25 de noviembre de 2017, le costó la vida a Rafael Nahuel y dejó heridas de gravedad a Johana Micaela Colhuan y Gonzalo Coña.

    «Bullrich sigue incitando a quienes integran las fuerzas a su mando a que mantengan conductas violentas, violatorias del orden jurídico vigente, a sabiendas de que son ellos los únicos que terminan respondiendo ante los jueces por hechos execrables, que parecen desconocer que delinque no sólo quien cumple órdenes inmorales e ilegales sino también quien las ordena», agregó la APDH.

    En tanto, en declaraciones a ANDAR, el abogado Guillermo Torremare, miembro de la CPM y vicepresidente de la APDH agregó: «hay que considerar el contexto histórico en el que se inició y desarrolló la causa por el asesinato de Rafael Nahuel, con Patricia Bullrich y Germán Garavano como ministros de Seguridad y de Justicia de la Nación, respectivamente, y con discursos políticos que diariamente planteaban la absoluta inocencia de los prefectos implicados».

    «Lo que ocurrió es una verdadera cacería en la que se efectuaron más de 150 disparos de armas de fuego reglamentarias mientras las personas intentaban alejarse. El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel, si bien no adoptó el criterio que pedíamos las querellas respecto a la calificación legal, es una crítica al accionar punitivo del Estado», consideró.

     

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  • Allen: detienen a mujer por violar la prohibición de acercamiento a su ex

     

    Una mujer de 34 años fue detenida en Allen por desobedecer medidas judiciales y violar el domicilio de su ex pareja. El arresto se concretó este martes pasadas las 13:30 en una vivienda de la calle Los Aromos, luego de que el hombre denunciara que su expareja había ingresado sin autorización a su hogar, que contaba con reja perimetral pero estaba sin llave.

    La víctima mostró a la Policía una resolución judicial emitida por la Unidad Procesal Nº 17, que le otorgaba medidas de protección, incluyendo la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros de su domicilio, lugar de trabajo, estudio y otros espacios que frecuentara la mujer. La fiscalía dispuso que la acusada permanezca detenida hasta nuevas directivas, y la audiencia de formulación de cargos se realizará este miércoles a las 11.

    Antecedentes del conflicto

    Según la denuncia, el hombre admitió que había mantenido una relación sentimental con la mujer, reconociendo que desde el inicio presentaba actitudes conflictivas. A pesar de las promesas de cambio y varias reconciliaciones, los enfrentamientos continuaron, llegando incluso a que ella ingresara a su casa en su ausencia y le sustrajera pertenencias.

    El juez de Paz Antonio Barrera Nicholson advirtió que en la declaración del hombre surgían “indicadores de violencia”, por lo que adoptó medidas para resguardar a la víctima y prevenir riesgos mayores.

    Medidas judiciales

    Además de la prohibición de acercamiento, se estableció que la mujer no podía generar actos molestos o perturbadores, ni personalmente ni a través de llamadas, mensajes o redes sociales. La normativa advierte que el incumplimiento de estas pautas constituye delito de desobediencia a la autoridad, con penas que van de quince días a un año de prisión.

    Las medidas permanecerán vigentes hasta que el Juzgado de Familia de General Roca determine modificaciones, con la obligación de presentarse asistida por abogado o contar con asesoramiento legal gratuito de la Defensoría de Pobres y Ausentes.

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  • Caso Andrés Nuñez: niegan la prisión domiciliaria a uno de los policías condenados

     

    Se trata del excomisario Luis Raúl Ponce Peralta, condenado por el secuestro, tortura y desaparición seguida de muerte de Andrés Núñez, ocurrida en septiembre de 1990. A 35 años de los hechos, se aguarda el nuevo juicio contra sus encubridores. «Yo seguiré luchando por Andrés y todas las causas», sostuvo su compañera Mirna Gómez. Por Valeria Jasper (La Izquierda Diario).


    A 35 años de la desaparición de Andrés Núñez, la Cámara Penal de la ciudad denegó el pedido de prisión domiciliaria que había solicitado el ex comisario Luis Raúl Ponce Peralta, condenado en 2017 a reclusión perpetua por ser responsable de los delitos de “privación ilegal de la libertad calificada en concurso real con torturas seguidas de muerte”.

    A Andrés Núñez lo secuestró, mató e hizo desaparecer una patota de la ex Brigada de Investigaciones (actual DDI) la madrugada del 27 al 28 de septiembre de 1990.

    «Estoy muy contenta con lo que decidieron los jueces. Son 35 años de lucha, a pesar de que siguen encubriendo cosas en la causa», manifestó Mirna Gómez, compañera de Núñez, una gran referente en la lucha por los derechos humanos en la región. Y agregó: «Yo seguiré luchando no solo por Andrés, seguiré acompañando todas las luchas, mientras mi salud me lo permita. Agradezco el acompañamiento de todos estos años».

    Desde octubre de 2018 la familia de Núñez espera que se ponga fecha al juicio contra otro grupo de policías, acusados de encubrimiento y otros delitos dentro del “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Se trata de los exoficiales Ernesto Zavala, César Carrizo y Gustavo Veiga. Había otros dos en la lista, los excomisarios Oscar Silva y Pedro Costilla, pero ambos murieron impunes.

    La familia siempre denunció el encubrimiento del Estado a los criminales, entre ellos PAblo Martín GErez Duhalde, sobrino de Eduardo Duhalde que lleva tres décadas prófugo. Esperan que alguna vez el Estado se digne a encontrarlo y entregarlo para su juzgamiento. Es quien comandó el operativo en el que se llevaron a Núñez y proveyó el campo de General Belgrano (a unos 100 kilómetros de La Plata) donde se enterraron los restos incinerados de la víctima.

    Fuente: https://www.laizquierdadiario.com/Caso-Andres-Nunez-niegan-la-prision-domiciliaria-a-uno-de-los-policias-condenados

     

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  • ¿Qué pasará con el descuento por Zona Fría en Neuquén?

     

    El proyecto de ley de Presupuesto 2026 presentado por el Poder Ejecutivo encendió las alarmas en varias provincias del país. Entre sus artículos se incluye la eliminación de los principales puntos de la Ley 27.637, sancionada en 2021, que amplió el beneficio de la denominada Zona Fría a millones de usuarios fuera de la Patagonia.

    La propuesta, que deberá debatirse en el Congreso, dispone la derogación de los artículos 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la normativa vigente. Según confirmaron desde el Gobierno, de aprobarse, los descuentos en las facturas de gas volverían a regir únicamente en la Patagonia, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe, tal como lo establecía el régimen original de 2002.

    Actualmente, la Ley 27.637 garantiza un descuento del 30% en la tarifa para usuarios residenciales y de hasta el 50% para beneficiarios de planes sociales e instituciones de bien público. La ampliación aprobada hace cuatro años incorporó a sectores del interior bonaerense, Córdoba, Santa Fe, Mendoza y otras regiones de clima frío. La derogación implicaría que millones de hogares queden fuera de ese beneficio y vean un incremento inmediato en sus facturas.

    La discusión legislativa se anticipa intensa: las provincias incorporadas en 2021 —muchas de ellas gobernadas por mandatarios opositores— serían las más afectadas. En cambio, las provincias patagónicas y las zonas de temperaturas extremas conservarían el régimen diferencial.

    El anuncio se da en un contexto de cambios previos en el esquema de subsidios. En mayo pasado, el gobierno nacional ya había ajustado la Zona Fría para concentrar la ayuda en hogares en situación de vulnerabilidad socioeconómica. Además, se redujeron descuentos para usuarios con más de un medidor, como propietarios de countries o de viviendas en barrios de alto poder adquisitivo.

    Según datos oficiales, 137.842 usuarios con múltiples conexiones de gas habían accedido al beneficio máximo del 50%, por lo que fueron recategorizados con un descuento menor. Sin embargo, la eliminación total para las provincias recientemente incorporadas marcaría un giro de mayor impacto: millones de hogares quedarían expuestos a subas en el costo del gas justo antes del invierno de 2026.

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  • Las Ferrari pisaron fuerte en Baku, con Colapinto muy lejos

     

    Las Ferrari de Lewis Hamilton y Charles Leclerc se ubicaron en los primeros dos lugares en la segunda tanda de pruebas realizadas este viernes en el circuito de Baku, Azerbaiyán. Los Alpine se mantuvieron muy lejos de los mejores tiempos registrados, especialmente el argentino Franco Colapinto que quedó en la última posición.

    Todos los equipos dedicaron la segunda tanda de entrenamientos para realizar pruebas con distintos neumáticos y configuraciones aerodinámicas y casi en su totalidad sufrieron toques con los paredones del circuito callejero. En esos toques, algunos fueron más importantes como el de Lando Norris (McLaren) que provocó daños en la suspensión trasera derecha y quedó sin poder girar las últimas vueltas.

    En cuanto al desempeño de los Alpine, especialmente de Colapinto, mejoró el tiempo con el segundo compuesto de neumáticos, el amarillo que intermedio, lo que llamó la atención ya que todos tuvieron mejores registros con el rojo que es el más blando.

    Sobre el final de la tanda, su compañero Pierre Gasly mejoró notablemente su tiempo de vuelta para quedar en el lugar 16, lo que supone una configuración diferente que mejoró el resultado del auto y que podría ser también incorporado al 43 de Colapinto para la tercera práctica que se realizará este sábado a partir de las 5.30.

    La Qualy o clasificación se realizará a las 9 del sábado, mientras que la carrera del domingo será a las 8 de la mañana.  

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  • Cayó una banda narco en el Alto Valle: penas de prisión por traficar cocaína desde Bolivia

     

    El Tribunal Oral Federal de General Roca condenó a tres hombres por transportar más de 12,7 kilos de cocaína hacia el Alto Valle. El operativo que permitió descubrir el cargamento se realizó el 23 de enero de 2020 en la Ruta Provincial N° 6, a la altura de Casa de Piedra, cuando Máximo, el perro antinarcóticos de la Policía de Río Negro, marcó una camioneta Fiat Strada.

    En el interior del vehículo, los efectivos hallaron doce paquetes tipo ladrillo ocultos en la parte trasera, con un peso total de 12,728 kilos de cocaína. También se secuestraron teléfonos celulares, anotaciones y dinero en efectivo.

    Los principales acusados son Ariel Mendoza Mariscal (49) y Diego Lamas Cayo (39), ambos de origen boliviano y con domicilios en el conurbano bonaerense. Junto a ellos fue detenido Agustín Mario Barletta (28), argentino y yerno de Mendoza Mariscal, que acompañaba el traslado.

    De acuerdo con la investigación, Lamas Cayo cumplía un rol clave en la coordinación de la maniobra, mientras que Barletta actuaba como partícipe secundario.

    Una investigación con escuchas telefónicas

    El operativo no fue producto del azar, sino que surgió de una investigación previa sobre un grupo dedicado al comercio de drogas. Las escuchas telefónicas permitieron reconstruir las conversaciones entre los involucrados, en las que se planificaba el traslado desde Bolivia.

    Las grabaciones mencionaban a Jorge “Yorli” Zelaya como vendedor, y a los hermanos Alminteros como presuntos proveedores a gran escala. En diciembre de 2019, los diálogos ya anticipaban el movimiento de droga para enero de 2020.

    La pesquisa confirmó que Mendoza Mariscal y Barletta viajaron al norte del país para buscar los estupefacientes, y que emprendieron el regreso a través de Buenos Aires antes de ser interceptados en Río Negro.

    Juicio abreviado y condena

    La causa se resolvió mediante un juicio abreviado acordado entre las defensas y los fiscales Claudia Frezzini y Diego Paolini. El tribunal, a cargo del juez Alejandro Silva, homologó el acuerdo el 9 de septiembre.

    Las penas establecidas fueron:

    • Mendoza Mariscal y Lamas Cayo: 4 años y 3 meses de prisión, más el pago de multas y costas.
    • Barletta: 2 años y 6 meses de cárcel, con cumplimiento bajo pautas de conducta.

    Además, se dispuso el decomiso del dinero y del vehículo utilizado en el traslado, considerado instrumento del delito.

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