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81 inscriptos en el Rally de Villa Regina

Durante este viernes, sábado y domingo, Regina será escenario de la tercera fecha del Campeonato Regional de Rally denominada ‘Ciudad de Villa Regina’, prueba que contará con 81 corredores.

El jueves a las 19 horas se realizará la asignación de los números a los participantes y el viernes a partir de las 11 horas se entregarán los libros de ruta y la verificación administrativa en el Galpón de las Artes. A partir del mediodía se iniciará el reconocimiento de los caminos y por la tarde se realizará la ceremonia de rampa de largada en Plaza de los Próceres.

El sábado comenzará la competencia plena: se correrá la etapa 1 ’61 años Moño Azul’ por caminos de Cervantes y Villa Regina.

La etapa 2 que lleva el nombre de ‘Horacio Santángelo’ se desarrollará el domingo por caminos de Huergo, Godoy y Regina.

La característica de los caminos que poseen variaciones de piso, el emplear las subidas Mario Franco y Parque Industrial en competencia, son algunos de los factores que llevaron a que un importante número de binomios se hayan inscripto para garantizar una nueva exitosa edición.

“Vamos a tener un gran Rally de Villa Regina”

El lunes se realizó la conferencia de prensa de presentación de lo que será la 8° edición del Rally Ciudad de Villa Regina con la presencia del Intendente Marcelo Orazi, el presidente del Concejo Deliberante Edgardo Vega, el presidente de la Asociación Volantes General Roca (AVGR) Jorge ‘Goyo’ Martínez, el presidente de la Federación 11 Raúl Ginóbili y los pilotos Miguel Ángel Nonnemacher, Rauly Martínez y Leandro Paulovich.

Participaron también el Secretario de Gobierno de Godoy Raúl García y el Director de Deportes de esa localidad Damián Fernández.

En la oportunidad, Orazi manifestó que “es un momento especial para Regina, para mí como intendente y fanático del Rally, nos ha costado muchísimo confirmar esta fecha, la pandemia nos complicaba. Hoy con mucha satisfacción y después de tener la aprobación del Ministerio de Salud de Río Negro podemos estar haciendo esta conferencia”.

“En Villa Regina tenemos un prime muy bueno, las dos subidas de ida y vuelta son un atractivo especial, esperamos al público recomendando siempre las medidas preventivas y disfrutar de un gran espectáculo. Desde el municipio vamos a aportar todo lo necesario para que la prueba se desarrolle con normalidad”, señaló.

Agradeció además a los intendentes de Cervantes, Huergo y Godoy por ser parte de la organización.

En tanto, el presidente de la AVGR Jorge ‘Goyo’ Martínez indicó que “es muy importante el apoyo que hemos recibido del Municipio de Regina, todos sabemos que transitamos un momento difícil, después de un 2020 complicado arrancamos con muchas ansias la primera y segunda fecha, después volvimos a suspenderla y hoy tenemos la posibilidad de retomar el campeonato en Villa Regina”.

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    El DNU 34/2026 no es una reforma administrativa neutra: es la llave que le permite a Carlos Presti poblar el Ministerio de Defensa con personal militar en actividad sin que eso tenga costo para sus carreras. Un cambio legal hecho a medida de una nueva conducción, que diluye el límite entre mando civil y estructura castrense.

    Por Roque Pérez para NLI

    Desde hpy, con la publicación del Decreto 34/2026, el gobierno de Milei modificó por DNU la Ley para el Personal Militar N° 19.101. El cambio central es claro: los militares designados para cumplir funciones dentro del Ministerio de Defensa pasan a ser considerados en “servicio efectivo”, algo que hasta ahora no ocurría.

    Hasta este decreto, cualquier oficial superior que aceptara un cargo en Defensa que no fuera estrictamente operativo veía afectada su carrera: quedaba en situación de disponibilidad o pasiva, el tiempo no computaba plenamente para ascensos y se resentía el cálculo del haber de retiro. En los hechos, ir al Ministerio era un freno profesional.

    Ese obstáculo acaba de ser removido.

    Un decreto funcional a una nueva conducción

    La modificación legal encaja de manera perfecta con el desembarco de Carlos Alberto Presti como ministro de Defensa. Con origen militar y sin una estructura civil propia consolidada, Presti necesitaba una herramienta concreta para traer oficiales en actividad al corazón del Ministerio sin que eso implicara sacrificar trayectorias ni generar resistencias internas.

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    El cambio no es menor desde el punto de vista institucional. Se reduce de hecho la frontera entre conducción civil y estructura militar, una línea que fue cuidadosamente trazada en la Argentina desde el retorno democrático.

    Aunque el decreto aclara que no se pueden ejercer cargos simultáneos en las Fuerzas Armadas y en el Ministerio, el efecto político es evidente: militares en actividad pasan a ocupar funciones administrativas y políticas dentro de Defensa como parte normal de su carrera.

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     El juez federal de Rosario, Román Lanzón, sobreseyó a dos empresarios de la construcción que estaban acusados de evasión tributaria, tras condenar a uno de ellos en 2024, a partir de la entrada en vigencia de la ley de inocencia fiscal. Es una de las primeras aplicaciones de la nueva norma impulsada por Javier Milei que mandará al archivo causas penales por delitos económicos.

    El caso benefició al empresario Norberto Fandes y su hijo Diego Fandes quienes son responsables de la firma Baimín Construcciones de la localidad de Pergamino. El magistrado interviniente ya había previamente considerado que Fandes hijo no tenía mérito para ser investigado pero la Cámara Nacional de Casación Penal le impuso seguir adelante con la imputación.

    La nueva ley aprobada a fin del año pasado subió de modo considerable los montos para que considerar un delito tributario. La evasión simple pasó a considerarse a partir de los 100 millones de pesos y la evasión agravada a partir de los mil millones. También se redujeron los plazos de prescripción de estos ilícitos de cinco a tres años.

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    Los tributaristas y legisladores que criticaron el nuevo marco tributario indican que este debilita la capacidad de persecución fiscal y desmonta la función disuasoria del Derecho Tributario. El economista rosarino Cristian Módolo refiere que con los cambios un contribuyente que en diciembre podía ser imputado por un delito agravado por evadir 20 ahora podría evadir 80 millones sin que eso siquiera fuera tipificado como delito simple sino como una falta administrativa.

     Los tributaristas y legisladores que criticaron el nuevo marco tributario indican que este debilita la capacidad de persecución fiscal y desmonta la función disuasoria del Derecho Tributario. 

    Como integrante unipersonal del Tribunal Federal Oral 2, el juez Lanzón sobreseyó a los empresarios por el principio de aplicabilidad de la ley más benigna que supone la nueva norma.

    Según dijo a LPO un funcionario con acceso al caso, en 2024 el mismo magistrado había condenado a Fandes padre a tres años y seis meses de prisión, lo que suponía una aplicación efectiva que cumpliría en modo domiciliario por ser mayor de 70 años. Fue por los delitos de evasión agravada del IVA por tres millones de pesos y por el impuesto a las ganancias por ocho millones de pesos, ambos en el período fiscal 2016/2017, y por evasión simple del IVA en el período 2019 por 1.776.000 pesos. El juez consideró, basado en los testigos que declararon en el juicio oral, que su hijo pese a figurar en la nómina de la empresa no tenía poder de administración ni manejo alguno en la compañía por lo que lo absolvió.

    El ex titular de ARCA, Juan pazo, fue uno de los impulsores de la inocencia fiscal.

    Como Casación obligó a revisar esta absolución el caso debía asignarse a otro tribunal. Pero mientras Norberto Fandes cumplía prisión domiciliaria entró en vigencia la ley de Inocencia Fiscal. Con ello el abogado Norberto Scoponi pidió el sobreseimiento de su cliente porque los montos por los que había sido sentenciado eran más bajos que los que ahora la nueva norma señala como umbral para promover una acción penal.

    «Hasta ahora, ese piso estaba fijado en $1,5 millones por año y por impuesto, un valor establecido en 2017 que, con el paso del tiempo y la inflación, quedó completamente desactualizado», le dijo Scoponi al sitio I-Profesional. «Con esos montos, hasta un pequeño quiosco podía quedar atrapado en una causa penal. Se produjo una distorsión total del sistema», abundó.

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    La nueva norma se publicó en el boletín oficial el 2 de enero pasado. El fallo del juez Lanzón, el primero en Rosario y uno de los primeros en el país, fue dictado el 13 de este mes. El fallo cita los precedentes Cristalux y Vidal para la aplicación universal del principio de la ley más benigna cuando una causa no tiene sentencia firme.

    En la resolución a la que accedió LPO, el juez Lanzón indica que de la lectura de la flamante ley «se observa que la norma modificó el régimen penal tributario, elevando el piso de los montos previstos para los delitos como los que se investigan en la causa, esto es, evasión simple del impuesto al valor agregado y evasión agravada, de lo que se desprende que las conductas investigadas han quedado fuera del ámbito de las evasiones penalmente punibles, motivo por el cual corresponde hacer lugar al planteo efectuado por la defensa y, en consecuencia, dictar el sobreseimiento de ambos imputados».

     Se observa que la norma modificó el régimen penal tributario, elevando el piso de los montos previstos para los delitos como los que se investigan en la causa, esto es, evasión simple del impuesto al valor agregado y evasión agravada, de lo que se desprende que las conductas investigadas han quedado fuera del ámbito de las evasiones penalmente punibles

    El fiscal Mariano Barabani que intervino en el caso rechazó la decisión y pidió que el trámite prosiga porque la aplicación de la ley más benigna no puede ser automática y la enmienda no alteró la valoración del delito sino que solo actualizó los montos. De hecho cuando Lanzón condenó en el juicio oral en 2024 remarcó que nunca la defensa discutió el encuadre legal del caso y que el contribuyente nunca explicó ni cuestionó la fiscalización de la ex AFIP que motivó la apertura del expediente.

    La controversia sobre el impacto de la ley es fuerte. El gobierno la defendió con el argumento de que busca promover el cumplimiento voluntario y reducir la presión fiscal sobre contribuyentes cumplidores. Para otros la ley consolida un sistema de doble estándar. Módolo le dijo al sitio Suma Política que «mientras los contribuyentes pequeños y medianos continuarán sometidos a controles automáticos y sanciones inmediatas, las grandes evasiones -aquellos que operan mediante entramados contables y estructuras societarias complejas- verán reducida de manera significativa la probabilidad de enfrentar consecuencias penales. No se trata de una modernización del sistema, sino de un blindaje selectivo».

     

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