Neuquén avanza con una ley que impedirá a deudores alimentarios ingresar a recitales

Neuquén avanza con una ley que impedirá a deudores alimentarios ingresar a recitales

 

La Legislatura de Neuquén comenzó a debatir una propuesta que apunta a sancionar a los deudores alimentarios morosos y a las personas registradas por violencia familiar o de género. La medida, impulsada por el oficialismo de Rolando Figueroa, establece que estas personas no podrán acceder a recitales ni espectáculos pagos organizados en la provincia.

El proyecto ingresó a la comisión de Desarrollo Humano, donde recibió el visto bueno de todos los bloques políticos. Si consigue despacho el próximo jueves, pasará a las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Hacienda, con la posibilidad de llegar al recinto a principios de septiembre.

En la primera reunión, participó Mario Jordán Díaz, director provincial de Gobierno y Justicia, quien explicó el funcionamiento de los registros oficiales. Detalló que actualmente existen 65 acuerdos firmados con entidades privadas para utilizar como referencia las bases de datos de deudores y que las altas y bajas solo pueden ser ordenadas por sentencia judicial firme.

Cómo funcionará la restricción

Neuquén ya tiene convenios con otras jurisdicciones como CABA, Río Negro, Tierra del Fuego y Santa Cruz, lo que permite detectar deudores cuando realizan trámites en esas provincias. Ahora, la idea es trasladar ese mismo control al acceso a eventos locales.

El legislador Francisco Lepore (Avanzar), autor del proyecto, fundamentó la iniciativa en que “una persona que incumple con la cuota alimentaria no puede destinar dinero a pagar una entrada”. Señaló además que esta práctica representa una forma de violencia económica contra las madres, quienes suelen tener a cargo la crianza y además deben afrontar la falta de aportes.

Puntos pendientes

La discusión en comisiones dejó abiertos algunos aspectos clave:

  • Alcance de los eventos: se analiza si la prohibición regirá solo para espectáculos con más de mil asistentes o si se aplicará a un número menor.
  • Multas a organizadores: quienes permitan el ingreso de personas inscriptas en los registros podrían ser sancionados con el 10% de la recaudación total y hasta sufrir suspensiones temporales para realizar eventos.
  • Destino de las sanciones: aún no se definió si lo recaudado se destinará a un fin específico.

La aplicación de la ley implicará que las empresas organizadoras accedan a las bases de datos oficiales, de modo que al momento de la entrada puedan verificar si el espectador se encuentra en los listados.

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