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Abierta la inscripción al XXXVI Concurso Nacional de Cine Independiente de Cipolletti

El Concurso Nacional de Cine Independiente de Cipolletti cuenta con la curiosidad de ser el más antiguo del país con su próxima 36° edición. Lo sigue el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata con 35° Ediciones al completar noviembre próximo, pero más antiguo, ya que sus primeras ediciones datan del año 1954.

Comunican desde la organización que «En principio, se hará por streaming… pero si las condiciones cambian evaluaremos la posibilidad de pasar a modalidad presencial».

¡ATENCIÓN! El plazo para envío de trabajos es corto!!!

Se reciben cortometrajes de hasta 25 minutos
Categorías: ficción, documental y animación.

Calendario

1 de agosto: Lanzamiento Convocatoria
3 de septiembre: Cierre Convocatoria
14 de octubre: publicación Selección Oficial
4 de noviembre: Función de apertura
7 de noviembre: Anuncio de Premios

Formato de presentación

Los trabajos deberán presentarse como archivo de video (.mov / .mp4), en resolución 1920 x 1080, compresión H264.

Deberán ir acompañados de la ficha de inscripción a la cual pueden acceder en el siguiente enlace: https://forms.gle/FzBYBpUbQ397Kqek9

Puntos de recepción

Por Internet:
Opción 1: subir archivo a la cuenta del Concurso https://festivals.festhome.com

Opción 2: enviar para descarga directa a [email protected] (solo por los siguientes medios: Google Drive, Dropbox, habilitación descarga en Vimeo o Youtube).

PREMIOS

– Gran Premio del Jurado ($15.000 + estatuilla + diploma)
– Premio Patagónico Alberto Vilanova (destinado a realizadorxs nacidxs o residentes al sur del río Colorado) ($10.000 + estatuilla + diploma)
– Premio al Mejor Ficción ($7.500 + estatuilla + diploma)
– Premio al Mejor Documental ($7.500 + estatuilla + diploma)
– Premio a la Mejor Animación ($7.500 + estatuilla + diploma)

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    La discapacidad bajo ajuste: qué esconde el decreto 942/2025 de Milei

     

    Bajo el discurso de la “eficiencia”, la “transparencia” y el “orden administrativo”, el decreto 942/2025 firmado por Milei elimina la Agencia Nacional de Discapacidad y concentra todas las políticas del sector dentro del Ministerio de Salud. Detrás del lenguaje técnico, la medida implica más controles, más auditorías y un riesgo concreto de recorte de derechos para las personas con discapacidad.

    Por Roque Pérez para NLI

    La publicación del DNU 942/2025 pasó casi inadvertida en medio del cierre de año, pero su contenido es de enorme gravedad para uno de los sectores más vulnerables de la sociedad argentina. El decreto no solo prorroga la emergencia sanitaria, sino que desmantela la estructura institucional que durante años tuvo a su cargo la política pública en discapacidad.

    La decisión central es clara: la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) deja de existir como organismo descentralizado y pasa a ser absorbida por el Ministerio de Salud bajo la figura de una Secretaría Nacional de Discapacidad. Lo que el texto presenta como una “reorganización” es, en los hechos, una fuerte centralización política y presupuestaria.

    El fin de la ANDIS y la pérdida de autonomía

    Hasta ahora, la ANDIS contaba con cierta autonomía funcional y administrativa. Eso le permitía tener un presupuesto propio, equipos técnicos especializados y un margen —limitado, pero real— para sostener políticas públicas específicas.

    Con el decreto de Milei, la discapacidad deja de ser una política integral de derechos y pasa a ser un área subordinada a las prioridades sanitarias y fiscales del Ministerio de Salud. Esto no es neutro: implica que las decisiones sobre discapacidad quedarán atravesadas por criterios de ajuste, “racionalización del gasto” y metas presupuestarias.

    En otras palabras, la discapacidad deja de ser un derecho humano garantizado y pasa a ser un costo a administrar.

    Pensiones por invalidez: auditorías, revisiones y posibles bajas

    Uno de los puntos más sensibles del decreto está en el nuevo inciso 39 del artículo 23 de la Ley de Ministerios. Allí se establece que el Ministerio de Salud tendrá a su cargo:

    “el otorgamiento, control, revisión y auditoría de las pensiones por invalidez”.

    La inclusión explícita de las palabras control, revisión y auditoría no es casual. El propio decreto justifica la medida hablando de “irregularidades”, “falencias” y “desorden administrativo”.

    La experiencia histórica en la Argentina es clara: cuando se anuncian auditorías masivas sobre pensiones por invalidez, lo que sigue son suspensiones, demoras y bajas, muchas veces injustificadas. Personas con discapacidad que dependen de ese ingreso quedan meses sin cobrar o deben atravesar procesos humillantes para volver a demostrar una condición que ya fue certificada.

    El decreto habilita legalmente ese escenario.

    El Certificado Único de Discapacidad, bajo la lupa

    El texto reconoce que existen problemas en la gestión del Certificado Único de Discapacidad (CUD): sistemas fragmentados, falta de interoperabilidad y demoras. Sin embargo, la solución que propone no es fortalecer el acceso, sino centralizar la información y endurecer los mecanismos de control.

    Esto puede traducirse en:

    • Trámites más lentos
    • Mayor discrecionalidad administrativa
    • Nuevos obstáculos para renovar o acceder al CUD

    Para miles de personas, sin CUD no hay prestaciones, transporte gratuito, medicamentos ni acompañamientos terapéuticos. Cualquier demora o restricción impacta directamente en su vida cotidiana.

    Prestaciones en riesgo y prestadores ahogados

    La Ley 24.901 garantiza un sistema de prestaciones básicas que incluye tratamientos, rehabilitación, transporte, apoyos y acompañantes terapéuticos. El decreto afirma que busca “transparentar contrataciones” y “optimizar el gasto”.

    En la práctica, este tipo de procesos suele derivar en:

    • Retrasos en los pagos a prestadores
    • Revisión de convenios
    • Reducción de coberturas
    • Prestadores que dejan de atender porque el Estado no paga

    No hace falta un recorte explícito: la asfixia administrativa también es una forma de ajuste.

    Mucha Convención, poca participación real

    El decreto cita reiteradamente la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pero no crea ningún mecanismo nuevo y concreto de participación de las organizaciones del sector. Todo queda concentrado en la estructura ministerial.

    Esto contradice el espíritu mismo de la Convención, que exige la participación activa de las personas con discapacidad en el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas públicas que las afectan.

    Emergencia sanitaria prorrogada: más discrecionalidad

    La prórroga de la emergencia sanitaria hasta diciembre de 2026 le otorga al Ejecutivo un margen extraordinario para tomar decisiones sin debate parlamentario. En ese marco, la política de discapacidad queda sujeta a resoluciones administrativas, reestructuraciones internas y cambios de criterio que pueden afectar derechos adquiridos.

    Menos Congreso, menos control, menos garantías.


    Un cambio de paradigma peligroso

    El decreto 942/2025 marca un giro claro: la discapacidad deja de ser abordada desde una perspectiva de derechos y pasa a ser tratada como un problema de gestión y gasto público.

    Detrás de palabras como “eficiencia”, “trazabilidad” y “orden”, se esconde un riesgo concreto de ajuste sobre quienes más necesitan del Estado. La eliminación de la ANDIS no es un hecho técnico: es una decisión política con consecuencias reales.

    En tiempos donde el gobierno de Milei repite que “no hay plata”, la pregunta es inevitable: ¿el ajuste también va a caer sobre las personas con discapacidad?

     

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