El Concurso Nacional de Cine Independiente de Cipolletti cuenta con la curiosidad de ser el más antiguo del país con su próxima 36° edición. Lo sigue el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata con 35° Ediciones al completar noviembre próximo, pero más antiguo, ya que sus primeras ediciones datan del año 1954.
Comunican desde la organización que «En principio, se hará por streaming… pero si las condiciones cambian evaluaremos la posibilidad de pasar a modalidad presencial».
¡ATENCIÓN! El plazo para envío de trabajos es corto!!!
Se reciben cortometrajes de hasta 25 minutos Categorías: ficción, documental y animación.
Calendario
1 de agosto: Lanzamiento Convocatoria 3 de septiembre: Cierre Convocatoria 14 de octubre: publicación Selección Oficial 4 de noviembre: Función de apertura 7 de noviembre: Anuncio de Premios
Formato de presentación
Los trabajos deberán presentarse como archivo de video (.mov / .mp4), en resolución 1920 x 1080, compresión H264.
Opción 2: enviar para descarga directa a [email protected] (solo por los siguientes medios: Google Drive, Dropbox, habilitación descarga en Vimeo o Youtube).
PREMIOS
– Gran Premio del Jurado ($15.000 + estatuilla + diploma) – Premio Patagónico Alberto Vilanova (destinado a realizadorxs nacidxs o residentes al sur del río Colorado) ($10.000 + estatuilla + diploma) – Premio al Mejor Ficción ($7.500 + estatuilla + diploma) – Premio al Mejor Documental ($7.500 + estatuilla + diploma) – Premio a la Mejor Animación ($7.500 + estatuilla + diploma)
Desde 2015 las abejas aparecen en las búsquedas más populares de Google ¿Qué pasaría si se extinguieran? o ¿Cuál es la función preponderante de las abejas para el ecosistema y la cadena alimenticia? Son las preguntas más realizadas al buscador más usado del mundo, respecto a esta problemática existente a nivel global, poco visible por…
Con gran éxito la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Regina llevó adelante “Escuela Abierta” el espacio dedicado a difundir los talleres que la Escuela de Arte llevará adelante durante el corriente año. En esta oportunidad los vecinos pudieron disfrutar de canto, piano, ukelele, guitarra, árabe y escultura para niños. Los interesados pueden…
El gobierno llevó la guerra con Victoria Villarruel al campo de la logística y le negó un helicóptero para que sobrevolara las zonas incendiadas en Chubut.
LPO explicó que la vicepresidenta viajó al Parque Nacional de Los Alerces para acompañar a los brigadistas en una de las áreas del siniestro que arruinó miles de hectáreas.
Ese acto dejó expuesto a Javier Milei, que no sólo no viajó a la Patagonia sino que compartió en sus redes una foto hecha con inteligencia artificial en la que aparece junto a los bomberos en medio de un incendio.
En la Rosada cayó muy mal que Villarruel se hiciera presente en el Sur y por eso le negaron el helicóptero que pidió a la Agencia Federal de Emergencia con el objeto de sobrevolar las zonas afectadas. Esa agencia depende del ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Alejandra Monteoliva, la delegada de Patricia Bullrich.
La ex ministra tiene una guerra personal con Villarruel, con quien ya tuvo sus primeros chispazos en el Senado, y buscó congraciarse con los hermanos Milei, enfrentados sin retorno a la compañera de fórmula del presidente.
Milei se hizo presente en la zona incendiada pero en el metaverso
El enfrentamiento entre la vicepresidenta y la Rosada es frontal: el secretario de Comunicación, Javier Lanari, que responde a Manuel Adorni, salió a pegarle directamente a Villarruel en las redes. «Todas las herramientas que dispone el Estado están destinadas exclusivamente a combatir el fuego. No están al servicio de la ‘alta política’. Parece mentira. Pero hay quienes todavía no lo entienden…», tuiteó Lanari.
La mención a la «alta política» fue una referencia a una frase que pronunció la propia Villarruel en una entrevista en la que dijo que en el Senado podía ver la alta política. A Milei le molestó esa frase, hecha hace casi un año y medio, y se encarga de demostrarlo cada vez que puede.
Villarruel devolvió el dardo con un posteo en el que anticipó que les pedirá a los senadores que endurezcan las penas para quienes inician el fuego. «Sin distinción de nacionalidad, origen étnico o ideología, quien delinque debe responder», dijo en una chicana contra Bullrich, que volvió a acusar a los mapuches de haber incendiado la Patagonia.
LPO explicó que el fiscal de Lago Puelo, Carlos Díaz Mayer, descartó de manera tajante la posibilidad de que haya una acción coordinada de parte de los mapuches, aunque reconoció que la principal línea de investigación es que el fuego fue intencional.
Nuestra Patagonia se incendia año tras año. Parques nacionales y tierras fiscales y privadas son arrasadas por el fuego iniciado con dolo, por negligencia o en forma fortuita. Todos los años se repite esta tragedia que nos duele a todos los argentinos, por eso voy a proponer a… pic.twitter.com/KdjHTfc06n
Y si la casa es una aulaYEl gesto los pliegues de otra máscara Y si el invierno una primavera que avanzaYUn mundo reconvertido en miedo y esperanza Y si el abrazo se perdió entre la añoranza y las defensas de un tiempo retenido en las fronteras del albaYNo encontramos la salida de un laberinto lleno…
El virus mutó y se transformó en un medio masivo de comunicación que no para de propagarse monotemáticamente. Un medio masivo de comunicación que está a la espera de un nuevo anónimo contagiado, un nuevo muerto que desfilará por sus indiferentes venas de transmisión de pura catástrofe. La morbosidad devorando nuestras miradas atrapadas en un…
En 1929, durante la segunda presidencia de , el Congreso sancionó la Ley 11.544, que estableció por primera vez en todo el país la jornada máxima de 8 horas diarias o 48 semanales. El texto legal recogía una demanda histórica del movimiento obrero argentino y colocaba a la Argentina, al menos formalmente, dentro del mapa de las legislaciones laborales modernas.
Sin embargo, entre 1929 y 1945, la distancia entre la ley y la realidad fue abismal. La jornada de 8 horas existía en los códigos, pero no organizaba la vida cotidiana de la mayoría de los trabajadores.
La sanción de la ley no implicó automáticamente su cumplimiento. El Estado argentino carecía —y en muchos casos no tenía voluntad— de los mecanismos necesarios para garantizarla. Las inspecciones laborales eran escasas, las sanciones simbólicas y la justicia tendía a fallar en favor de los empleadores. En los hechos, el límite horario seguía siendo una decisión patronal.
En algunos sectores urbanos e industrializados la situación fue diferente. Grandes empresas, talleres visibles y actividades con fuerte organización sindical —gráficos, ferroviarios, portuarios— lograron imponer, no sin conflictos, la jornada legal. Aun allí, el cumplimiento era parcial: horas extras obligatorias no pagadas, jornadas partidas que extendían el tiempo total de trabajo y mecanismos de evasión salarial eran prácticas habituales.
Pero fuera de esos núcleos organizados, la ley simplemente no existía en la práctica. En el campo, donde la relación laboral estaba atravesada por el aislamiento, la dependencia personal y la ausencia casi total de inspección estatal, las jornadas de sol a sol siguieron siendo la regla. En las economías regionales, la situación era aún más evidente. En los ingenios azucareros de Tucumán, la jornada se organizaba en torno al ritmo de la zafra: turnos extensos, calor extremo y trabajo continuo mientras durara la molienda, sin límites horarios reales. En los yerbatales de Misiones, los mensúes cobraban por cantidad de kilos transportados, lo que los obligaba a prolongar indefinidamente la jornada para alcanzar un ingreso mínimo. El tiempo de trabajo no se medía en horas, sino en desgaste físico.
En los viñedos cuyanos y los algodonales del norte, la lógica era similar: trabajo estacional, pago por rendimiento y jornadas que se extendían mientras hubiera luz natural. La ley de 8 horas era irrelevante frente a un sistema productivo que organizaba el trabajo por campaña y no por jornada.
En los pequeños talleres urbanos de ciudades como Buenos Aires o Rosario, especialmente en rubros como la confección, el calzado o la metalurgia liviana, eran habituales las jornadas de 10 a 12 horas, justificadas como “aprendizaje” o compensadas con salarios miserables. El trabajo a destajo permitía al empleador exigir una producción diaria fija que solo podía alcanzarse extendiendo el horario real de trabajo.
El comercio minorista reproducía una lógica similar. Empleados de almacenes, tiendas y casas de ramos generales abrían temprano y cerraban de noche, muchas veces con descanso parcial o inexistente, bajo la excusa de la atención al público. En el servicio doméstico, directamente excluido de toda protección efectiva, la jornada carecía de límites: vivir en la casa del empleador implicaba disponibilidad permanente, sin distinción clara entre tiempo de trabajo y tiempo de descanso.
La ley estaba vigente, pero no tenía ejecutores. El Estado carecía de un cuerpo de inspectores con presencia territorial, las sanciones eran irrisorias y la justicia laboral —cuando intervenía— tendía a legitimar las prácticas patronales. En ese contexto, la jornada de 8 horas no era un derecho exigible sino una declaración abstracta, desconocida para amplios sectores del mundo del trabajo. Para millones de trabajadores, la jornada legal era una promesa distante, ajena a su vida cotidiana y subordinada a una realidad donde el poder de fijar el tiempo de trabajo seguía en manos del patrón.
La clave no estaba en el texto legal sino en la correlación de fuerzas. Donde había sindicatos fuertes, comisiones internas y capacidad de huelga, la jornada de 8 horas se defendía. Donde no, el trabajador quedaba librado a su patrón. Durante esos años, el cumplimiento de un derecho laboral dependía más de la organización colectiva que del Estado.
En los últimos años, sectores libertarios repiten como argumento que el peronismo “miente” porque la jornada de 8 horas no fue creada por Perón, sino sancionada en 1929. El señalamiento es formalmente correcto, pero históricamente falaz. Confunde deliberadamente legislar con garantizar. La Ley 11.544 existía desde hacía más de una década, pero fue incumplida de manera sistemática por amplios sectores del empresariado, con un Estado ausente o complaciente. Reducir la historia social a una fecha en el Boletín Oficial implica borrar la diferencia central entre un derecho escrito y un derecho vivido.
Ese divorcio entre la ley y la realidad empieza a romperse recién a partir de 1943–1945, cuando el Estado deja de mirar para otro lado y decide intervenir de manera directa en la relación entre capital y trabajo. No se trató de crear nuevos derechos, sino de hacerlos cumplir. Bajo la acción del Estado y el impulso político de , la jornada de 8 horas dejó de ser una recomendación abstracta y pasó a convertirse en una norma exigible. El límite al tiempo de trabajo ya no lo fijó el patrón, sino el Estado. Ese fue el verdadero punto de inflexión.
La experiencia deja una enseñanza incómoda pero fundamental: los derechos laborales no existen solo porque estén escritos. Existen cuando hay un Estado dispuesto a garantizarlos y una sociedad organizada para defenderlos. Entre 1929 y 1945, la jornada de 8 horas fue una conquista legal sin poder. Su historia demuestra que la legislación social, sin voluntad política, puede convertirse en una promesa vacía.
La jornada de 8 horas no nació plena. Fue primero una letra, después una pelea y recién más tarde una realidad. Y esa diferencia —entre ley y vida— explica buena parte de la historia social argentina.
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