¡vivimos-un-aniversario-a-pleno!

¡Vivimos un aniversario a pleno!

Llegó el último día de festejos, nada más y nada menos que el día del cumple de la ciudad. Regina comenzó a celebrar sus 97 años por la mañana con un emotivo acto protocolar en el que se rindió homenaje a los primeros pobladores y, luego, por la tarde con el desfile aniversario, que marcó el reencuentro, la posibilidad de disfrutar después de tanto tiempo y de agasajar a quienes día a día con su trabajo aportan al desarrollo de la ‘Perla del Valle’.

Y la última noche en el anfiteatro ‘Cono Randazzo’ fue el gran broche de la Fiesta. El escenario vibró al ritmo de los artistas que desplegaron su profesionalismo y calidad artística: Marea, Luz de Luna y Zule Vega, quienes dejaron preparado al público para el cierre de la noche.

El show de Karina la Princesita fue disfrutado de principio a fin no sólo por los reginenses, sino también por fans que llegaron desde distintos puntos de la región.

Así se bajó el telón de los festejos pero, sin dudas, el calor, la intensidad y las emociones vividas en estos días quedarán en el recuerdo de todos los reginenses.

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    Tasers en la Ciudad: un nuevo instructivo refuerza el uso policial sin sumar controles reales

     

    La Ciudad aprobó un nuevo instructivo para el uso de armas eléctricas D.E.I.M., derogando la versión de 2023. El texto incluye pautas internas para la Policía de la Ciudad, pero mantiene amplias zonas de discrecionalidad, sin controles externos ni límites técnicos definidos. La normativa se apoya en criterios de organismos internacionales, aunque omite las advertencias más fuertes sobre riesgos y abusos documentados en el mundo.

    Por Roque Pérez para NLI

    Un instructivo que promete precisión, pero deja amplios márgenes de decisión policial

    La Resolución 1546/MSEGC/25 publicada hoy en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires deroga la normativa anterior y aprueba una nueva guía para el uso de los Dispositivos Electrónicos de Inmovilización Momentánea, las conocidas “Tasers”. El Ministerio de Seguridad afirma que el instructivo busca garantizar legalidad, proporcionalidad, gradualidad y rendición de cuentas, alineándose —al menos en el discurso— con los principios que mencionan las leyes 5.688 y 6.684.

    Sin embargo, el texto no fija límites técnicos concretos sobre:

    • duración máxima de descargas,
    • cantidad de aplicaciones permitidas,
    • distancia recomendada para minimizar lesiones,
    • parámetros para personas en estado de vulnerabilidad fisiológica.

    Son aspectos que otros países sí incorporaron. En Reino Unido, por ejemplo, hay reglas operativas que establecen tiempos máximos de impulso eléctrico y prohíben múltiples descargas consecutivas salvo casos excepcionales. En Canadá, muchas jurisdicciones exigen reportes públicos trimestrales con datos desagregados de cada uso.

    En contraste, el instructivo porteño deja estos puntos enteramente a criterio del operador, dentro de fórmulas generales como “riesgo cierto e inminente”.


    La capacitación obligatoria es un avance, pero sin auditoría independiente

    La resolución encomienda al Instituto Superior de Seguridad Pública la formación de instructores y operadores, algo que sí aparece como un punto positivo frente a otras provincias donde estas armas se incorporaron sin entrenamiento previo obligatorio.

    Pero el esquema de capacitación queda cerrado hacia adentro, sin participación de organismos de derechos humanos ni de instituciones externas, un aspecto que la ONU recomienda explícitamente en sus orientaciones de 2021.

    El Alto Comisionado de las Naciones Unidas —citado incluso por la propia resolución— también advierte que las armas eléctricas pueden generar lesiones graves, especialmente en:

    • personas con afecciones cardíacas,
    • personas reducidas en el piso,
    • personas expuestas previamente a otros métodos de control,
    • situaciones de estrés intenso o consumo de sustancias.

    El instructivo porteño menciona la necesidad de brindar atención médica inmediata, pero no establece cómo se verificará, quién lo controlará ni si se difundirá información pública sobre estos procedimientos. Sin ese componente, la posibilidad de opacidad se mantiene intacta.


    Baja letalidad no es sinónimo de bajo riesgo

    En la región, ciudades como Bogotá o Montevideo solo permiten estos dispositivos bajo estrictas reglas de disparo, y en muchos casos obligan a activar mecanismos de supervisión civil para cada incidente. Algunas incluso prohíben completamente su uso en contextos de protesta social.

    El instructivo del gobierno de Jorge Macri no incorpora estos resguardos. Tampoco establece la obligación de publicar reportes periódicos sobre cada uso, lo que impide conocer cuántos disparos se realizan, en qué contextos y con qué consecuencias. Sin datos públicos, la ciudadanía queda sin herramientas para evaluar el impacto real.

    El propio ACNUDH remarca que la “baja letalidad” solo es efectiva cuando existe supervisión externa, transparencia y límites verificables. En ausencia de esos elementos, estas armas tienden a expandirse hacia situaciones donde no existe peligro grave, especialmente en controles rutinarios y detenciones selectivas.


    Una regulación que ordena la herramienta, pero no soluciona el riesgo estructural

    El nuevo instructivo aporta organización interna para la Policía de la Ciudad, pero no resuelve el problema de fondo: la falta de controles públicos, límites precisos y garantías para prevenir abusos.

    Sin mecanismos independientes de auditoría, sin datos públicos y sin participación civil, la regulación aprobada corre el riesgo de consolidar un uso más extendido y discrecional de las armas eléctricas, bajo un marco que formalmente habla de proporcionalidad pero que no incorpora los resguardos que sí aplican otras ciudades del mundo.

    La verdadera modernización no llega con equipamiento, sino con transparencia, controles externos y responsabilidad estatal. Nada de eso aparece con claridad en el instructivo porteño.

     

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