ABORTO: ARRIBA LA CELESTE

Los invito a hacer un repaso por la experiencia uruguaya sobre abortos inseguros y la mortalidad materna, en donde la interrupción voluntaria del embarazo es legal desde 2012. El mejor ejemplo está cruzando el río.

Uruguay se encuentra según los datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el segundo lugar con la menor mortalidad materna en el continente americano. Es el segundo detrás de Canadá que tiene solo 11 muertes por 100.000 nacimientos. En tanto Uruguay cuenta con 14 cada 100.000. A nivel mundial la muerte materna es directamente proporcional a la tasa de abortos inseguros. El número es aun inaceptablemente elevado en el mundo. De acuerdo con la OMS, se producen aproximadamente 25 millones de abortos peligrosos por año.

En 2001 en Uruguay médicos del Centro Hospitalario Pereyra Rossel en Montevideo, decidieron iniciar una original intervención preventiva para resolver el problema de las muertes por la práctica de abortos inseguros. Una problemática inmutable en gran parte del mundo. Los profesionales de la salud movilizados por su obligación ética, de proteger la salud de las mujeres aplicaron al aborto inseguro el concepto de “reducción de riesgos y daños”.

Así se construyó un modelo de aborto de menor riesgo, informando a las mujeres con embarazos no deseados sobre los riesgos del aborto clandestino y compartiendo con ellas información de dominio público sobre el uso de misoprostol. Esta estrategia, aplicada entre 2001 y 2012, denominada “Iniciativas sanitarias contra el aborto provocado en condiciones de riesgo” acompañada por avances en educación sexual y reproductiva, más la universalización del acceso a la anticoncepción,  lograron reducir claramente la mortalidad materna asociada al aborto inseguro. Allanándole el camino a la ley.

La falta de información y de insumos para realizar la aspiración manual endouterina, la clara evidencia científica respecto a la seguridad y eficacia de la interrupción del embarazo con medicamentos hasta 9 semanas de gestación, la experiencia del manejo del aborto con medicamentos como parte de la estrategia ya mencionada, la mejor aceptación del método por las usuarias y la guía para el aborto seguro de la OMS que establece los fármacos como método recomendado, fueron puntos cruciales para definir el procedimiento regido por la ley.

La interrupción voluntaria del embarazo  (IVE) se legalizó en 2012, en los dos primero años se realizaron 15.996 interrupciones voluntarias de embarazo dentro del sistema de salud en todo el país. Solo el 1% no utilizó pastillas. En el año 2014 no hubo muertes maternas por abortos en Uruguay.  No se trata de estar de acuerdo con el aborto o no. El aborto existe, es un hecho fáctico. Las mujeres abortan con o sin ley. Se trata de que la ley se corresponda con el estado real de la problemática social.

Según datos del Ministerio de Salud en Argentina cada año hay alrededor de 500 mil abortos clandestinos en los que mueren en promedio 100 mujeres. Es la primera causa de mortalidad materna. En 57 países, permiten el aborto sin restricciones de ningún tipo, basta la voluntad de la mujer. La discusión que se está dando en Argentina ya se saldó en esos países con una legalización plena que no incrementó el número de abortos y redujo, casi hasta la desaparición, la muerte materna por aborto.

Los políticos deberán abstraerse de sus creencias y experiencias personales para analizar una problemática social que afecta a las mujeres. El Estado se tiene que hacer cargo porque es un problema de salud pública. El inspirador fundamentalismo ético de los profesionales uruguayos, que decidieron dejar de esperar indiferentes frente a las sucesivas muertes de mujeres sanas que se veían sin otra alternativa que recurrir a un aborto inseguro, en una actitud que podría haber sido una utopía condenada al fracaso. Nos obliga a reflexionar sobre cual es el rol de los profesionales de la salud en Argentina. ¿Aceptan seguir siendo parte del problema o quieren ser parte de la solución?.



PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA LEY 18.987.

  • Es un delito no punible en determinadas condiciones a saber: ser ciudadana uruguaya, tener menos de 12 semanas de embarazo cumplidas o antes de las 14 en caso de violación.
  • La guía clínica para la implementación de la ley prevía como primera opción (salvo excepciones) el uso de medicamentos : kit mifepristona–misoprostol.
  • No se permite la práctica privada lucrativa.
  • Se establece un equipo multidisciplinario de asesoramiento profesional.
  • Se determina un tiempo de reflexión obligatorio de 5 días.

¿COMO FUNCIONA LA LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO?

LATAPA-EMILIANO MARTÍN PICCININI


Fuente:

International Journal of GYNECOLOGY & OBSTETRICS. Reducción de la Mortalidad Materna. Mediante  Prevención del Aborto Inseguro: La Experiencia del Uruguay

 

 

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